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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 25 de julio de 2011 447218 del Estado, para la ejecución de proyectos de interés nacional o sectorial; Que, de acuerdo con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29151, los predios del Estado comprendidos en proyectos de interés nacional, permanecen bajo competencia de la SBN y/o de la entidad titular del bien o responsable del proyecto; Que, el artículo 14º literal f) de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece como una de las funciones y atribuciones exclusivas de la SBN, identifi car los bienes de carácter y alcance nacional y disponer su reserva para desarrollar proyectos de interés nacional; Que, en el presente caso la Resolución Ministerial Nº 123-2008-MEM/DM, de fecha 4 de marzo del 2008, expedida por el Ministerio de Energía y Minas, mediante la cual se resuelve “Declarar de interés sectorial a favor de la empresa Bio Agro Heaven del Sur S.A.C., el proyecto para la producción de biodiesel a través de la siembra de 50,000 Ha., de tierras eriazas con el cultivo oleaginoso denominado Jatropha Curcas”, se dio durante la vigencia del texto original del inciso b) artículo 77º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el cual autorizaba la adjudicación en venta directa de terrenos del Estado para la ejecución de proyectos de interés nacional, regional o local cuya viabilidad haya sido aprobada y califi cada por el organismo competente; en ese sentido la citada Resolución Ministerial Nº 123- 2008-MEM/DM, aprueba un proyecto que califi caba como de ámbito nacional pues se dio de manera especial con la fi nalidad de facilitar la adjudicación de terrenos del Estado a favor de la empresa responsable del proyecto aprobado por Energía y Minas; Que, consecuentemente, en el caso que nos ocupa, es competencia de la SBN la identifi cación y reserva de los predios estatales que han sido materia de aprobación en adjudicación en venta directa mediante la Resolución Nº 022-2011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 22 de marzo de 2011, así como los identifi cados por el Ministerio de Agricultura, mediante Resolución Ministerial Nº 0622- 2009-AG, de fecha 18 de agosto del 2009, para el desarrollo del proyecto para la “Producción de biodiesel a través de la siembra de 50,000 Ha., de tierras eriazas con el cultivo oleaginoso denominado Jatropha Curcas” a cargo de la empresa Bio Agro Heaven del Sur S.A.C.; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA de fecha 22 de diciembre de 2010, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN se señala entre las funciones específi cas de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario en su artículo 48º d) “disponer la reserva de bienes estatales identifi cados para proyectos de interés nacional”; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA; y, Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 375-2011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 15 de julio de 2011; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, el ROF de la SBN aprobado con Decreto Supremo Nº 016-2009-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 123-2008-MEM/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la reserva de dominio a favor del Estado del predio denominado “Huayuri Paraíso - Unidad Catastral 14617” con una extensión de 49,155.00 has; el cual fue identifi cado por el Ministerio de Agricultura mediante Resolución Ministerial Nº 0622-2009-AG, de fecha 18 de agosto del 2009, para la ejecución del proyecto para la “Producción de biodiesel a través de la siembra de 50,000 Ha., de tierras eriazas con el cultivo oleaginoso denominado Jatropha Curcas” a cargo de la empresa Bio Agro Heaven del Sur S.A.C. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XI Sede Ica de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, anotará en el rubro de Cargas y Gravámenes de las partidas correspondientes, la reserva dispuesta en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS REATEGUI SANCHEZ Subdirector de Desarrollo Inmobiliario 669507-2 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 136-2011-OS/CD Mediante Ofi cio Nº 0523-2011-GART el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 136-2011-OS/CD, publicada en la edición del 14 de julio de 2011. • En el noveno considerando (página 446488) DICE: “Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, se prepublicó mediante resolución N° 019-2001- OS/CD en el diario ofi cial El Peruano y en la página web del OSINERGMIN el proyecto de Norma “Procedimiento para el Cálculo de los Precios de Referencia de los Combustibles Derivados del Petróleo”;” DEBE DECIR: “Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, se prepublicó mediante Resolución OSINERGMIN N° 019-2011-OS/CD en el diario ofi cial El Peruano y en la página web del OSINERGMIN el proyecto de Norma “Procedimiento para el Cálculo de los Precios de Referencia de los Combustibles Derivados del Petróleo”;” 669311-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a la empresa Materiales de Construcción El Sol E.I.R.L. con inhabilitación temporal en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 1236-2011-TC-S2 Sumilla: Es pasible de sanción el Contratista por la causal de resolución de contrato por haber