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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2011 (27/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 159

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de julio de 2011 447459 Transportes y Comunicaciones, al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y al Ministerio de Justicia, a otorgar por una única vez en el presente año, una Asignación Especial Extraordinaria por un monto de DOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 000.00), por persona, para todos los funcionarios y servidores de carrera comprendidos en el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276. Artículo 2º.- Característica de la Asignación Especial Mensual La Asignación Especial Extraordinaria señalada en el Artículo 1º del presente Decreto, no tiene carácter ni naturaleza remunerativa ni pensionable y no se encuentra afecta a cargas sociales. Asimismo, no constituye base de cálculo para el reajuste de la Compensación por Tiempo de Servicios o cualquier otro tipo de bonifi caciones, asignaciones o entregas. Todo acto administrativo que disponga lo contrario será nulo de pleno derecho. Artículo 3º.- Financiamiento El costo que irrogue el presente Decreto de Urgencia se fi nanciará con cargo a la asignación de la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales del Presupuesto Institucional autorizado de los Pliegos involucrados, por toda fuente de fi nanciamiento, debiendo utilizar los saldos de la genérica señalada para su habilitación y afectación en la específi ca de gasto 2.1.1.9.3.99 Otras Ocasionales, sin demandar recursos adicionales al tesoro público. Aquellos Pliegos que no cuenten con recursos en dicha genérica podrán habilitarla mediante modifi caciones presupuestales en el nivel funcional programático de la genérica de gasto 2.3 Bienes y Servicios, sin afectar las metas y objetivos institucionales de la entidad considerados en la Escala de Prioridades aprobada por el Titular del Pliego. Artículo 4º.- Pago de la Asignación Especial Extraordinaria La Asignación Especial Extraordinaria establecida en el Artículo 1º del presente Decreto de Urgencia será abonada en la planilla correspondiente al mes de agosto del presente año fi scal. Artículo 5º.- De la Programación de Compromisos Anual (PCA) El Ministerio de Economía y Finanzas autorizará las solicitudes de incremento de la Programación de Compromisos Anual (PCA), en la Genérica de Gastos 2.1. Personal y Obligaciones Sociales, que requieran los Pliegos 010: Ministerio de Educación, 035: Comercio Exterior y Turismo, 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, 012: Ministerio de Trabajo, y 006: Ministerio de Justicia, a través del Módulo de Procesos Presupuestarios, para el debido cumplimiento del presente decreto de urgencia. Artículo 6º.- Disposición derogatoria o de suspensión Deróguense o déjense en suspenso, según sea el caso, toda disposición legal o reglamentaria que se oponga al presente decreto de urgencia o limite su aplicación. Artículo 7º.- Refrendo El presente decreto de urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia, el Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, el Ministro de Educación y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas MANUELA GARCIA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo VICTOR RAUL DIAZ CHAVEZ Ministro de Educación ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 671568-1 CASA DE GOBIERNO Aceptan renuncia de Jefa de Protocolo de la Dirección General de Actividades y Protocolo del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DEL JEFE DE LA CASA DE GOBIERNO Nº 029-2011-DP/JCGOB Lima, 21 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución del Jefe de la Casa de Gobierno Nº 047-2006-DP/JCGOB se designó a la señora Mirtha Ariela Cunza Arana, en el cargo de Jefe de Protocolo de la Gerencia Central de Actividades, hoy Jefe de Protocolo de la Dirección General de Actividades y Protocolo del Despacho Presidencial; Que, dicha persona ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el literal q) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 066- 2006-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptación de renuncia Aceptar, a partir del 28 de julio de 2011, la renuncia presentada por la señora Mirtha Ariela Cunza Arana, al cargo de Jefe de Protocolo de la Dirección General de Actividades y Protocolo del Despacho Presidencial, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN RICARDO NEYRA LENCINAS Secretario General de la Presidencia de la República (e) 671569-14 Aceptan renuncia de Director General de Actividades y Protocolo del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DEL JEFE DE LA CASA DE GOBIERNO Nº 030-2011-DP/JCGOB Lima, 21 de julio de 2011