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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2011 (27/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 155

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de julio de 2011 447455 Aprueban el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos ORDENANZA MUNICIPAL N° 011-2011-CDB Bellavista, 25 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de junio de 2011, vista la propuesta de aprobación de la Ordenanza Municipal que Aprueba el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Bellavista 2011 - 2021; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; Que, mediante la misma Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se establecieron las funciones de las Municipalidades en materia de Saneamiento, Salubridad y Salud; Que, mediante, Ley N° 27314 Ley General de Residuos Sólidos; modifi cado por Decreto Legislativo N° 1065, establece que las Municipalidades distritales y las provinciales en lo que concierne a los distritos del Cercado, son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, mediante, Decreto del Consejo Directivo N° 004-2005-CONAM/CD, el Consejo Nacional del Ambiente – CONAM, aprobó el Plan Nacional de Gestión Integral de Residuos Sólidos; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2009- MINAM, se aprobó la Política Nacional del Ambiente en cuyo eje de Política 2, se establecieron los lineamientos de política para la gestión de los residuos sólidos a nivel nacional; y PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA; En uso de las facultades conferidas por el numeral 7 y 8 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL PLAN DE GESTIÓN Y MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS MUNICIPALES DEL DISTRITO DE BELLAVISTA 2011- 2021 Artículo 1º.- Aprobación del Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos.- Apruébese el Plan de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, contenida en el Anexo N° 1 de la presente Ordenanza, aplicable en la jurisdicción del distrito de Bellavista. Artículo 2º.- Publicación El referido Plan, aprobado por el Artículo 1° precedente, será publicado en el portal electrónico de la Municipalidad: www.munibellavista.gob.pe Artículo 3º.- Encárguese a la Dirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental la implementación del Plan en el plazo establecido y en estrecha coordinación con las otras dependencias de la Municipalidad. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 670539-2 Aprueban el Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2011-MDB-AL Bellavista, 13 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 80° que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, establece como función específi ca exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, la Ley N° 27314, Ley General de Residuos Sólidos, modifi cado por D.L. N° 1065 en el Título II, Capítulo III, Artículo 10° establece como rol, que, Las municipalidades distritales y las provinciales en lo que concierne a los distritos del Cercado, son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos municipales y de la limpieza de vías, espacios y monumentos públicos en su jurisdicción; Que, el Decreto Supremo N° 012-2009-MINAM, por el cual se aprobó la Política Nacional del Ambiente; en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la calidad ambiental; componente 4. Residuos Sólidos, establece como un Lineamiento de Política el Fortalecer la gestión de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar el Programa de Segregación en la Fuente como parte del Proceso de Recolección de Residuos Sólidos Domiciliarios, que se implementará en la Zona IV: Urbanización San José, San Joaquín y Santa Cecilia, la misma que debe extenderse gradualmente a todo el ámbito del Distrito. Artículo 2°.- Establecer que en un plazo de 30 días útiles, la Dirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental y la Dirección de Participación Vecinal efectúen las acciones y coordinaciones necesarias con todos los actores principales para implementar exitosamente el Programa. Artículo 3º.- La Dirección de Servicios Comunales y Protección Ambiental, deberá incluir anualmente el presupuesto requerido para la sostenibilidad del Programa y la ampliación del mismo en otras zonas del Distrito. Asimismo las funciones de educación y sensibilización ambiental estarán a su cargo y en estrecha coordinación con la Dirección de Participación Vecinal. Artículo 4º.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese y cúmplase. IVAN RIVADENEYRA MEDINA Alcalde 670539-3