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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de junio de 2011 443613 EsSalud; así como la realización de acciones de difusión, información y capacitación del contenido y alcances de la presente resolución a favor del personal operativo y del público usuario. Artículo 10°.- DISPONER que la presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS G. RUIZ GUEVARA Gerencia Central de Aseguramiento ANEXO N° 01 PROCEDIMIENTOS DE REGISTRO DE LA ENTIDAD, REGISTRO DEL AFILIADO TITULAR Y SUS DEPENDIENTES, Y PAGO DE APORTACIONES - MODALIDAD DE AFILIACIÓN COLECTIVA 1. OBJETIVO Defi nir los requisitos y procedimientos para el registro de entidades representativas así como los procedimientos para que éstas realicen la afi liación de los trabajadores independientes y sus dependientes, bajo la modalidad de afi liación colectiva al seguro EsSalud Independiente administrado por EsSalud. 2. FINALIDAD Implementar la modalidad de afiliación colectiva al seguro EsSalud Independiente, como un instrumento que garantice y viabilice el mayor acceso a las prestaciones respectivas, en base al Plan Esencial de Aseguramiento en Salud y de otras condiciones asegurables adicionales, en el marco del Aseguramiento Universal en Salud. 3. CONCEPTOS DE REFERENCIA Para efectos de la presente Resolución se considera: 1). Accidente: A toda lesión corporal producida por la acción imprevista, fortuita u ocasional de una fuerza externa repentina y violenta que obra súbitamente sobre la persona, independientemente de su voluntad y que puede ser determinada por los médicos de una manera cierta. 2). Acreditación: Al procedimiento de verifi cación de los requisitos que debe cumplir el afi liado titular y sus dependientes para tener derecho de cobertura. 3). Afi liado titular: A la persona natural registrada ante EsSalud que en virtud al contrato del seguro EsSalud Independiente, tiene derecho a la cobertura de salud establecida en dicho contrato. También se considera afi liado titular al benefi ciario de la Ley sobre Modalidades Formativas Laborales. 4). Aporte: A la retribución que debe ser abonada por la entidad a nombre del afi liado titular, como contraprestación del plan de salud contratado. 5). Cierre de Periodo: Al cierre de registro de los afi liados y/o dependientes en el Sistema de Aseguramiento - SAS por parte de la ENTIDAD. Éste se realiza de manera periódica en las condiciones que establezca ESSALUD.. 6). Cobertura: A la lista de condiciones asegurables a las cuales el afi liado titular y sus dependientes tendrán acceso en los Establecimientos de Salud. Comprende la lista de condiciones asegurables del PEAS, así como otras prestaciones adicionales a éste. 7). Copago y/o Deducible: A los costos enfrentados o compartidos por el afi liado titular o sus dependientes en la forma de una cantidad fi ja o proporcional, a ser pagado por cada atención o procedimiento. 8). Condiciones asegurables: A los estados de salud que se buscan mantener o recuperar, a través de la cobertura contratada por la entidad. 9). Consulta externa: Al conjunto de actividades médicas y no médicas, que permiten otorgar servicios de promoción, protección específi ca, diagnóstico y tratamientos de procesos mórbidos. 10). Continuidad de Cobertura: Al benefi cio que permite al afi liado titular y/o dependientes de los diferentes seguros que administra EsSalud, acceder a la cobertura contratada, sin aplicación del período de carencia, siempre que cumpla con determinadas condiciones. 11). Cronograma de pagos: Al documento emitido por ESSALUD en el cual se indican las fechas de pago de las aportaciones. 12). Derecho de Cobertura: Al derecho del afi liado titular y sus dependientes a acceder a la cobertura establecida en el contrato, dentro del territorio nacional. 13). Dependientes: A las siguientes personas inscritas por el afi liado titular : a) cónyuge o concubino(a); b) hijos(as) menores de edad; c) hijos(as) mayores de edad que se encuentren incapacitados en forma total y permanente para el trabajo. 14). Emergencia: A la alteración o compromiso del estado de salud de una persona, que se presenta súbitamente y que pone en peligro inmediato la vida o el funcionamiento de órganos y sistemas vitales. Los casos de emergencia son identifi cados y califi cados como tales exclusivamente por el profesional médico. 15). Entidad Representativa: A la entidad privada, pública o mixta, con personería jurídica o no, sin fi nes de lucro, que agrupa a personas que interactúan entre sí. Asimismo, se considera a la Empresa Patrocinadora que acoge a los benefi ciarios de la Ley N° 28518, Ley sobre Modalidades Formativas Laborales. 16). Establecimientos de Salud: A los centros asistenciales de EsSalud y centros de atención autorizados por EsSalud para prestar servicios que otorgarán las prestaciones de salud al afi liado titular y sus dependientes. 17). Exclusiones: Al conjunto de atenciones de salud no cubiertas por el contrato del Seguro EsSalud Independiente. 18). Formulario 1011 - Formulario de Registro de Entidad: A la fi cha de registro mediante la cual se inscribe ante EsSalud la Entidad sin personería jurídica. 19). Interconsulta: Al procedimiento asistencial administrativo mediante el cual, el médico tratante, solicita una evaluación especializada a un profesional de la salud para el afi liado titular y/o sus dependientes. 20). Liquidación de aportaciones: Al proceso de generación del monto total a pagar por concepto de los aportes, que corresponde al número total de afi liados titulares y dependientes registrados por la ENTIDAD. 21). Manual de Usuario: Al instrumento que presenta el detalle de la funcionalidad del Sistema de Aseguramiento – SAS, que se encuentra publicado en la página Web de EsSalud. 22). Página Web: A la página Web institucional de EsSalud: www.essalud.gob.pe. 23). Pago de aportaciones: Al pago que debe realizar la Entidad por encargo de la totalidad de afi liados titulares y dependientes registrados en cada cierre de período. 24). Período de carencia: Al período durante el cual el afi liado titular y sus dependientes no gozan de las prestaciones relacionadas con las condiciones asegurables señaladas en el Anexo 2 del contrato. 25). Período de espera: Al período durante el cual el afi liado titular y sus dependientes no podrán acceder a algunas de las prestaciones contenidas en el contrato. 26). Preexistencia: A cualquier condición de alteración del estado de salud del afi liado titular y sus dependientes, diagnosticada por un profesional médico colegiado, no resuelta y declarada al momento de su afi liación.. 27). Proceso de referencia: Al procedimiento asistencial administrativo mediante el cual el médico tratante traslada la responsabilidad del manejo médico y/ o ayuda al diagnóstico del afi liado titular y o dependiente, por un motivo específi co a otro establecimiento de salud. 28). Proceso de contrarreferencia: Al procedimiento asistencial administrativo, mediante el cual el médico tratante retorna la responsabilidad del manejo médico y/o ayuda al diagnóstico del asegurado y/o dependientes a su establecimiento de salud de origen, cuando está en condiciones de ser atendido en el mismo. 29). Representante: A la persona autorizada para actuar en representación de la ENTIDAD. 30). Seguros complementarios: A los seguros de riesgos humanos a los que se afi lia el titular, de manera voluntaria y complementaria al seguro de salud contratado. 31). Sistema de Aseguramiento - (SAS): Al aplicativo informático mediante el cual EsSalud realizará el registro al Seguro de Salud para Trabajadores