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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (01/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de junio de 2011 443623 DEFENSORIA DEL PUEBLO Aprueban el “Decimocuarto Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República Enero - Diciembre 2010” y su presentación al Congreso de la República RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0010-2011/DP Lima, 31 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo señalado en el artículo 162° de la Constitución Política del Perú y en el artículo 27° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, el Defensor del Pueblo debe presentar anualmente al Congreso de la República, durante el año de una Legislatura Ordinaria, un informe que dé cuenta de la gestión realizada en el período, y las conclusiones correspondientes, el cual debe ser puesto en conocimiento del Presidente Constitucional de la República; Que, en cumplimiento de dicho mandato constitucional y legal, el Defensor del Pueblo (e) ha elaborado el Decimocuarto Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República, a fi n de presentarlo a éste, y por su intermedio, rendir cuentas a la sociedad de la gestión realizada por la Defensoría del Pueblo durante el período enero–diciembre 2010; Que, el Decimocuarto Informe Anual recoge la labor realizada por la Defensoría del Pueblo en defensa de los derechos fundamentales de la persona y la comunidad, así como de la supervisión del Estado y de los funcionarios y servidores públicos llevada a cabo en el último período, con el fi n de promover el cumplimiento de los deberes de función, transparencia y responsabilidad de sus actos; Que, uno de los objetivos del Informe Anual es contribuir a la labor legislativa y fi scalizadora del Congreso, así como al desarrollo de las funciones del Poder Ejecutivo; Que, conforme al artículo 94° del Reglamento del Congreso de la República, el Informe del Defensor del Pueblo debe ser presentado al Congreso de la República, por intermedio de su Presidente, debiendo efectuarse la sustentación ante la Comisión de Constitución y Reglamento y la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, reunidas en sesión conjunta. Posteriormente, el Informe Deberá ser presentado ante el Pleno del Congreso de la República en la primera sesión que se realice después de la presentación realizada ante la sesión conjunta de las referidas comisiones; Que, la difusión del Informe y del Resumen Ejecutivo de éste, de conformidad con el artículo 27° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, deberá ser publicado gratuitamente en el Diario Ofi cial El Peruano, permitirá que las instituciones estatales, las organizaciones representativas de la sociedad civil, la opinión pública y la ciudadanía en general tomen conocimiento del cumplimiento de las funciones asignadas al Defensor del Pueblo por la Constitución Política y las leyes; Que, mediante Resolución Defensorial N° 0009-2011/ DP, se encargó la atención del Despacho del Defensor del Pueblo (e), así como las funciones del Primer Adjunto, a la abogada Mayda Alejandrina Ramos Ballón, Adjunta para la Niñez y la Adolescencia del 30 de mayo al 4 de junio del 2011 inclusive; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú y estando a lo dispuesto por la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, y por el literal d) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por la Resolución Defensorial Nº 029-2008/DP, y su modifi catoria, aprobada por la Resolución Defensorial Nº 019-2009/DP y estando a lo dispuesto por Resolución Defensorial Nº 0009- 2011/DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el “Decimocuarto Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero–Diciembre 2010” y su presentación al Congreso de la República, según el procedimiento establecido. Dicho Informe desarrolla los siguientes capítulos: Capítulo 1: Presenta los aspectos institucionales, la visión y misión institucional, la organización de la Defensoría del Pueblo, los instrumentos de gestión de la actuación defensorial, los aspectos económicos y las relaciones internacionales; Capítulo 2: Incorpora las intervenciones defensoriales relevantes en lo concerniente a los derechos, como son los derechos civiles y políticos, los derechos económicos, sociales y culturales, y el derecho a un ambiente equilibrado y adecuado para la vida. Asimismo, presenta las intervenciones defensoriales respecto de las personas en condiciones de desigualdad o que requieren especial protección y las intervenciones defensoriales respecto de temas que inciden con la gobernabilidad, la paz y el diálogo; Capítulo 3: Contiene los datos estadísticos que muestran, entre otros aspectos, el número de casos recibidos en el período, clasifi cados por categoría (quejas, petitorios y consultas), el índice de concentración de atención de casos, la atención de usuarios en el ámbito nacional, el estado de ejecución de las quejas, petitorios y consultas, las instituciones que fueron objeto de mayor número de quejas y la relación de los hechos vulneratorios más frecuentes en el universo de quejas. Asimismo se presenta el número de casos atendidos por el Centro de Atención Virtual, e información correspondiente a cada una de las Ofi cinas Defensoriales y Módulos de Atención Defensoriales en el ámbito nacional; Capítulo 4: Presenta la actuación de las entidades que tienen un mayor número de hechos vulneratorios declarados fundados en lo referente al cumplimiento del deber de cooperación con la Defensoría del Pueblo en el ámbito nacional; Capítulo 5: Refl exiones fi nales de la actuación de la Defensoría del Pueblo; Anexos: Recogen la relación de las opiniones sobre normas en proceso de elaboración, los procesos constitucionales en los que intervino la Defensoría del Pueblo, las reseñas de las resoluciones defensoriales elaboradas en el período, las publicaciones defensoriales editadas durante el período informado y las relaciones con los medios de comunicación y la difusión de los derechos humanos. Artículo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO del señor Presidente Constitucional de la República el Informe mencionado en el artículo anterior. Artículo Tercero.- REMITIR el mencionado Informe al señor Presidente del Congreso de la República, así como a los señores presidentes de la Comisión de Constitución y Reglamento y de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del referido Congreso. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del “Decimocuarto Informe Anual de la Defensoría del Pueblo al Congreso de la República. Enero–Diciembre 2010” en el portal Web de la institución (www.defensoria.gob.pe). Artículo Quinto.- DISPONER la preparación del Resumen Ejecutivo a publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAYDA ALEJANDRINA RAMOS BALLÓN Encargada de la atención del Despacho del Defensor del Pueblo (e) 647408-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran Presidente del Jurado Electoral Especial de Huancavelica para el proceso de Elecciones Generales del año 2011 RESOLUCIÓN N° 0473-2011-JNE Lima, treinta y uno de mayo de dos mil once