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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (01/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 94

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de junio de 2011 443626 Nombran, designan y dan por concluidos nombramientos de fiscales en los Distritos Judiciales de Huancavelica, Lambayeque, Loreto, Ancash, Apurímac, Ayacucho, Huánuco, Junín, Pasco, Del Santa, Ucayali, Lima Norte, Lima y Madre de Dios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 919-2011-MP-FN Lima, 31 de mayo de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Ofi cial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los Artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación; Que, mediante Ley N° 29574, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 17 de setiembre del 2010, se dispuso la entrada en vigencia a nivel nacional del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, sólo para los delitos tipifi cados en las Secciones II, III y IV, artículos 382º al 401º, del Capítulo II, del Título XVIII, del Libro II del Código Penal, y en el supuesto de delitos conexos; a los ciento veinte días de publicada la norma; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29648, de fecha 31 de diciembre del 2010, modifi có el numeral 4 de la Primera Disposición Complementaria y Final del Código Procesal Penal; estableciendo que el 01 de junio de 2011, entrará en vigencia el citado Código, para los delitos cometidos por funcionarios públicos en los Distritos Judiciales de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Junín, Loreto, Pasco, Del Santa y Ucayali; Que, por Resolución Nº 053-2011-MP-FN-JFS, de fecha 26 de mayo de 2011, la Junta de Fiscales Supremos creó y delimitó la competencia de los nuevos despachos fi scales acorde con la nueva estructura de organización fi scal, aprobado mediante Acuerdo Nº 457 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004; dictando las disposiciones sobre la organización fi scal en los Distritos Judiciales mencionados precedentemente, sólo respecto a los delitos cometidos por funcionarios públicos, a fi n de adecuarla para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creando Fiscalías Superiores Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que conocerán los procesos, las apelaciones y recursos en queja que se tramiten conforme al nuevo Código, así como los procesos de liquidación y adecuación; y las Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que se encargarán de los casos con el nuevo Código Procesal Penal, así como los procesos de liquidación y adecuación, a partir del 01 de junio del año en curso; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor LUIS FERNAN CISNEROS IBANA como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Huancavelica, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Segundo.- NOMBRAR a la doctora ROSMERY GALINDO TRIGOS como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de Huancavelica, designándola en el Despacho de la Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Huancavelica. Artículo Tercero.- NOMBRAR como Fiscales Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Huancavelica, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Huancavelica, a los siguientes doctores: - JOHANA BASTIDAS ALIAGA - EDWIN ZEA CARRION Artículo Cuarto.- NOMBRAR como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Huancavelica, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Huancavelica, a los siguientes doctores: - LUCELIA CASIA ORELLANA - CINTHIA VERONICA MANRIQUE PADILLA - ELIZABETH MARINA MORALES ROJAS - LAURA CLAUDENIT IVET SILVA SEMINARIO Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huancavelica, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales designados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 647418-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 920-2011-MP-FN Lima, 31 de mayo de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Ofi cial; Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los Artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación; Que, mediante Ley N° 29574, publicada en el diario ofi cial “El Peruano” el 17 de setiembre del 2010, se dispuso la entrada en vigencia a nivel nacional del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 957, sólo para los delitos tipifi cados en las Secciones II, III y IV, artículos 382º al 401º, del Capítulo II, del Título XVIII, del Libro II del Código Penal, y en el supuesto de delitos conexos; a los ciento veinte días de publicada la norma; Que, el Artículo 2º de la Ley Nº 29648, de fecha 31 de diciembre del 2010, modifi có el numeral 4 de la Primera Disposición Complementaria y Final del Código Procesal Penal; estableciendo que el 01 de junio de 2011, entrará en vigencia el citado Código, para los delitos cometidos por funcionarios públicos en los Distritos Judiciales de Ancash, Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Huánuco, Junín, Loreto, Pasco, Del Santa y Ucayali; Que, por Resolución Nº 053-2011-MP-FN-JFS, de fecha 26 de mayo de 2011, la Junta de Fiscales Supremos creó y delimitó la competencia de los nuevos despachos fi scales acorde con la nueva estructura de organización fi scal, aprobado mediante Acuerdo Nº 457 de Junta de Fiscales Supremos, de fecha 04 de noviembre de 2004; dictando las disposiciones sobre la organización fi scal en los Distritos Judiciales mencionados precedentemente, sólo respecto a los delitos cometidos por funcionarios públicos, a fi n de adecuarla para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creando Fiscalías Superiores Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que conocerán los procesos, las apelaciones y recursos en queja que se tramiten conforme al nuevo Código, así como los procesos de liquidación y adecuación; y las Fiscalías Provinciales Corporativas