Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

444732

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

General de Asesoria Juridica y el Memorandum Nº 1842-2011DGSP/MINSA e Informe Nº 042-2011-DGSP-DGS/MINSA de la Direccion General de Salud de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º de la Ley Nº 26842 "Ley General de Salud", establece que toda persona tiene derecho a exigir que los bienes destinados a la atencion de salud correspondan a las caracteristicas y atributos en su MORDAZA y a todas aquellas que se acreditaron para su autorizacion. Asimismo, tiene derecho a exigir que los servicios que se le prestan para la atencion de salud cumplan con los estandares de calidad aceptados en los procedimientos y practicas institucionales y profesionales; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 27657 "Ley del Ministerio de Salud", senala que el Ministerio de Salud, como organo del Poder Ejecutivo es el ente rector del Sector Salud que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, asimismo, en el literal j) del articulo 3º de la referida Ley Nº 27657 se establece como parte de las competencias de rectoria sectorial del Ministerio de Salud, a la evaluacion y control de tecnologias sanitarias; Que, en la Reunion de Ministros de Salud del Area MORDAZA - REMSAA XXVI, realizada en MORDAZA de MORDAZA durante los dias 30 y 31 marzo de 2005, las Ministras y Ministros de Salud y de la Proteccion Social emitieron como recomendacion en el tema de Tecnologia Sanitaria, la conformacion de una Red de Intercambio de informacion entre los paises miembros; Que, en la REMSAA XXVII realizada en Bogota Colombia, durante los dias 30 y 31 marzo de 2006, las Ministras y Ministros de Salud y de la Proteccion Social, aprobaron la Resolucion REMSAA XXVII/420, en la que resuelven conformar la Comision Tecnica Subregional de Evaluacion de Tecnologia Sanitaria, compuesta por los representantes de los paises miembros; Que, durante los dias 9 y 10 de MORDAZA de 2008 en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador, las Ministras y Ministros de Salud y de la Proteccion Social de los paises miembros de la Subregion MORDAZA, aprobaron la Resolucion REMSAA XXIX/448, mediante la cual, resuelven promover la Evaluacion de Tecnologias Sanitarias existentes y las que se incorporen en el Sistema de Salud de los paises de la Subregion MORDAZA a traves de la conformacion de la Unidad de Evaluacion de Tecnologias Sanitarias en cada uno de los paises de la Subregion MORDAZA, brindando el apoyo necesario para su generacion, desarrollo y permanencia; Que en la III Reunion de la Comision Tecnica Subregional de Evaluacion de Tecnologias Sanitarias, realizada en la MORDAZA de MORDAZA - Ecuador los dias 24 y 25 de agosto de 2009, se aprobo el Documento Tecnico denominado "Conformacion e Implementacion de la Unidad de Evaluacion de Tecnologias Sanitarias en paises de la Subregion Andina"; Que, de conformidad con el mencionado documento tecnico, la Evaluacion de Tecnologia en Salud - ETS es un MORDAZA de analisis dirigido a estimar el valor y la contribucion relativa de cada tecnologia sanitaria a la mejora de la salud individual y colectiva, teniendo en cuenta su impacto economico y social; asi, senala que la definicion adoptada por la Comision Tecnica Subregional va mas alla de la atencion medica e incorpora elementos de evaluacion del medio ambiente fisico y de la medicina tradicional; Que, en atencion a la opinion tecnica de la Direccion de Salud de las Personas, se considera viable conformar la "Comision Sectorial de Evaluacion de Tecnologias en Salud y Enfermedades de Alto Costo del Ministerio de Salud"; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud y en el articulo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º- Creacion y objetivos Crease la Comision Sectorial de Evaluacion de Tecnologias en Salud y Enfermedades de Alto Costo del Ministerio de Salud, que tendra como objetivos principales:

653975-1

SALUD
Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud y del cumplimiento de lo establecido en el D.S. Nº 042-2011-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 462-2011/MINSA
MORDAZA, 14 de junio de 2011 Vista la Resolucion Ministerial Nº 444-2011/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM se establece la obligacion de las entidades del sector publico de contar con un Libro de Reclamaciones, cuya finalidad es establecer un mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios en los tramites y servicios que se brindan. Que, el articulo 5º del mencionado Decreto Supremo, senala que mediante resolucion del titular se designara al responsable del Libro de Reclamaciones en la Entidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 3832011/MINSA se designo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Defensoria de la Salud y Transparencia como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud; Que, la Resolucion Ministerial Nº 444-2011/MINSA dio por aceptada la renuncia del referido funcionario al cargo de Director General de la Defensoria de la Salud y Transparencia, por lo que resulta necesario designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud; Con la visacion del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Viceministra de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto por el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657 y el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al Director General de la Defensoria de la Salud y Transparencia como responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Salud y del cumplimiento de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Registrese, comuniquese, publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

653316-1

Crean la Comision Sectorial de Evaluacion de Tecnologias en Salud y Enfermedades de Alto Costo del Ministerio de Salud
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 463-2011/MINSA
MORDAZA, 14 de junio del 2011 Vistos, los Expedientes Nº 09-106187-001 y 11-028907001, el Informe Nº 061-2011-OGAJ/MINSA de la Oficina

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.