Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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CONSIDERANDO

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 24 de marzo de 2010, declaro procedente la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica - Colusion Desleal, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 21-2010); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 012-2011/COE-TC, del 19 de enero de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA con fecha 5 de noviembre de 1932; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, formulada por el Tercer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la presunta comision del Delito contra la Administracion Publica Colusion Desleal, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 030-2011/ COE-TC, del 10 de febrero de 2011, sobre la solicitud de ampliacion de extradicion activa a la Republica de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI o MORDAZA FUJIMORI, formulada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 12 de diciembre de 2005, aclarada con Resolucion de fecha 23 de diciembre de 2005 e integrada con Resolucion de fecha 15 de marzo de 2010, declaro procedente la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI o MORDAZA FUJIMORI, por la presunta comision de los Delitos contra la Administracion Publica - Abuso de Autoridad y contra la Tranquilidad Publica - Asociacion Ilicita para Delinquir, en perjuicio del Estado peruano (Expediente Nº 02-2005); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 030-2011/COE-TC, del 10 de febrero de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar la solicitud de ampliacion de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI o MORDAZA FUJIMORI, formulada por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

653996-12

Deniegan solicitudes de ampliacion de extradicion activa de ex Presidente de la Republica formuladas por la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia y por el Primer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 121-2011-JUS
MORDAZA, 15 de junio de 2011

653996-13 RESOLUCION SUPREMA Nº 122-2011-JUS
MORDAZA, 15 de junio de 2011 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 071-2008/COE-TC, del 7 de MORDAZA de 2008, sobre la solicitud de ampliacion de extradicion activa a la Republica de MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, formulada por el Primer Juzgado Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima;

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