Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra el Patrimonio - Robo Agravado, en perjuicio de MORDAZA Jhonn MORDAZA MORDAZA y otros (Expediente Nº 49-2011); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es funcion de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 076-2011/COE-TC, del 9 de junio de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradicion, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano KERWIN ROD MORDAZA MORDAZA, formulada por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

como Procuradora Publica Adjunta del Ministerio de Salud y que se designe en su reemplazo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru; el Decreto Ley Nº 25993, Ley Organica del Sector Justicia; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Juridica del Estado; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la senora abogada MORDAZA MORDAZA Anicama MORDAZA como Procuradora Publica Adjunta del Ministerio de Salud, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Procuradora Publica Adjunta del Ministerio de Salud. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia, y el Ministro de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Aprueban el Reglamento de la Ley N° 29524, Ley que reconoce la Sordoceguera como Discapacidad Unica y establece disposiciones para la atencion de las Personas Sordociegas
DECRETO SUPREMO Nº 006-2011-MIMDES
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29524, se reconoce a la sordoceguera como discapacidad unica y se establecen disposiciones para la atencion de personas sordociegas, siendo el Estado el que reconoce como sistemas de comunicacion oficial, la dactilologia, el sistema braille, las tecnicas de orientacion y movilidad, asi como aquellos otros sistemas de comunicacion alternativos que deberan ser validados por el Ministerio de Educacion; Que, el articulo 6 de dicha ley, senala que las entidades e instituciones publicas o privadas que brinden servicios publicos o de atencion al publico deben proveer a las personas sordociegas, en forma gratuita y progresiva, segun lo establezca el reglamento, el servicio de guia interprete cuando lo requieran; Que, la Unica Disposicion Final de la ley en mencion, indica que el Poder Ejecutivo debe aprobar su reglamento; Que, la Ley Nº 29597, Ley de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, en el articulo 8 literal d) establece que este Ministerio ejerce rectoria en materia de desarrollo, promocion y proteccion de las personas con discapacidad; Que, la Ley Nº 27050, Ley general de la persona con discapacidad, en los articulos 5 y 8 senala que el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS), es un organismo adscrito al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su funcion es supervisar el funcionamiento de todos los organismos que velan por las personas con discapacidad, respectivamente;

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Aceptan renuncia Procuradora Publica Ministerio de Salud

y designan Adjunta del

RESOLUCION SUPREMA Nº 125-2011-JUS
MORDAZA, 15 de junio de 2011 VISTO, el Oficio Nº 1049-2011-JUS/CDJE-ST del Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se creo el Sistema de Defensa Juridica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa juridica del Estado en el ambito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, organos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribucion del Consejo de Defensa Juridica del Estado, entre otras proponer la designacion de los Procuradores Publicos del Poder Ejecutivo; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 170-2009-JUS, se designo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA Anicama MORDAZA como Procuradora Publica Adjunta del Ministerio de Salud, quien ha formulado renuncia a dicho cargo; Que, conforme al Oficio de visto, el Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado informa que el citado Consejo ha propuesto aceptar la renuncia formulada por la senora abogada MORDAZA MORDAZA Anicama MORDAZA

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