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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (24/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de junio de 2011 445254 del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 50. I.T.J. PERU E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley y el literal i) del numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 811-2011-TC-S3 del 16.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 51. JCO CONTRATISTAS E.I.R.L., Inhabilitación por ocho (8) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; según Resolución Nº 817-2011-TC-S3 del 16.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 52. COMPAÑÍA IMPORTADORA VAL S.A., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber contratado con el Estado pese a estar impedido, infracción tipifi cada en literal d) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley y el literal d) del numeral 1 del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184- 2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 822-2011- TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 53. CONSTRUCCIONES & FABRICACIONES JENCERPE E.I.R.L., Inhabilitación por dieciocho (18) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato y por la presentación de documentación falsa y/o inexacta, infracción tipifi cada en los literales b) e i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley en concordancia con los literales b) e i) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 823-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 54. CORPORACION H & C CONSTRUCTORES E.I.R.L., Inhabilitación por diecisiete (17) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del artículo 237 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 828-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 55. EMPRESA CONSTRUCTORA Y MANTENIMIENTO VIAL OMEGA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA., Inhabilitación por diecisiete (17) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado , por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del artículo 237 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 828-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 56. TITO CONDORI; VICTOR HUGO., Inhabilitación por diecisiete (17) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado , por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del artículo 237 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 828-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 57. PENTA GAS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución de contrato, infracción tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley en concordancia con el literal b) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 830-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 58. SAN MARTIN SERVICE S.A., Inhabilitación por catorce (16) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado , por dar lugar a la resolución de contrato, infracción tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley en concordancia con el literal b) del numeral 1) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008- EF; según Resolución Nº 830-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 59. HARDSOFT PERU S.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del artículo 237 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 831-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 60. GOMEZ FARIAS; WILFREDO, Inhabilitación por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el literal i) del numeral 1 del artículo 237 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; según Resolución Nº 831-2011-TC-S1 del 17.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 61.MUJICA MEDINA; MANUEL ANTONIO, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, infracción tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo Nº 1017; según Resolución Nº 834-2011- TC-S3 del 18.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 62. CRUZ GALVEZ; RONNIE DAVID, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipifi cada en el literal b) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley y literal b) del numeral 1) del artículo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; según Resolución Nº 842-2011-TC-S4 del 19.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 63. MUÑOZ FLORES; JOSE ALBERTO, Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa, infracción tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; según Resolución Nº 844-2011-TC-S4 del 19.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 64. SERVICIOS GENERALES Y VIGILANCIA S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por la presentación de documentación falsa o información inexacta, causal tipifi cada en el literal i) del numeral 51.1 del artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado; según Resolución Nº 846-2011-TC-S3 del 20.05.2011, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 65. FACE INVERSIONES S.R.L., Inhabilitación por quince (15) meses en sus derechos de participar en procesos