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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (24/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de junio de 2011 445241 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Modifican el Reglamento para la Promoción de la Participación Privada en la infraestructura del Estadio Nacional RESOLUCIÓN Nº 020-2011-P/CD-IPD Lima, 20 de junio de 2011. Visto, el Informe Nº 001-2011-SG/IPD, de fecha 17 de junio de 2011, emitido por el Secretario General del Instituto Peruano del Deporte; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Peruano del Deporte es propietario del predio denominado “Estadio Nacional”, principal escenario deportivo del país, mérito a la Resolución Nº 153-2006/ SBN-GO-JAD, expedida por la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, que aprueba la transferencia predial interestatal del citado predio a favor del Instituto Peruano del Deporte, derecho real que se encuentra inscrito en el Registro de Predios de Lima; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 004-2009, publicado el 10 de enero de 2009, se crea el Programa Nacional de Recuperación de las Instituciones Educativas Públicas Emblemáticas y Centenarias, declarándose que, de acuerdo con lo informado por el Instituto Nacional de Defensa Civil y por excepción, resulta necesario considerar en dicho Programa la rehabilitación, remodelación y equipamiento de la infraestructura del Estadio Nacional – Lima, conforme a su Fe de Erratas publicada con fecha 12 de enero de 2009; Que, el referido proyecto de remodelación contempla no sólo la construcción de palcos y estacionamientos, sino también la Torre Norte y la Torre Sur, así como la Zona Reservada, que deben ser ofrecidos al sector privado y cuyos recursos serán utilizados para contribuir al fi nanciamiento de las actividades a cargo del Instituto Peruano del Deporte; Que, el Título Quinto de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modifi cada por la Ley Nº 29544, regula el régimen especial aplicable a la infraestructura deportiva, a través de la concesión de infraestructura deportiva; la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles; o la concesión de inmuebles; Que, mediante Resolución Nº 237-2011-P/IPD, de fecha 31 de marzo del 2011 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 7 de abril del 2011, se aprobó el Reglamento para la Promoción de la Participación Privada en la Infraestructura del Estadio Nacional, en adelante el Reglamento; Que, mediante Resolución Nº 309-2011-P/IPD del 28 de abril del 2011 y publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 30 de abril del 2011, se rectifi có el artículo 11º del Reglamento antes mencionado; Que, el artículo 3º del citado Reglamento, establece que las modalidades de asociación pública privada contempladas en el mismo serán de aplicación a los palcos y espacios de estacionamientos construidos en virtud de la remodelación del Estadio Nacional, así como respecto de otras áreas del referido estadio, cuyo uso comercial pueda ser ofertado al sector privado, por el Instituto Peruano del Deporte; Que, la Secretaría General del Instituto Peruano del Deporte, con Informe Nº 001-2011-SG/IPD, ha recomendado la modifi cación de los artículos 4º y 13º del Reglamento para la Promoción de la Participación Privada en la Infraestructura del Estadio Nacional, aprobado mediante Resolución Nº 237-2011-P/IPD, en el sentido de incluir dentro de las modalidades de asociación público privada a la Torre Norte y en la Torre Sur del Estadio Nacional, y la Zona Reservada del Estadio Nacional, a través de la modalidad de Cesión en Uso; Que, de conformidad con el numeral 14) del artículo 11º de la Ley Nº 28036, modifi cada por la Ley Nº 29544, es función del Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte aprobar las propuestas de cesión en uso de los bienes del IPD; Que, en atención a lo señalado en el considerando que antecede, la Alta Dirección elevó a consideración del Consejo Directivo la propuesta para que la Torre Norte y en la Torre Sur, y la Zona Reservada del Estadio Nacional, sean otorgados bajo la modalidad de cesión en; Que, en Sesión Ordinaria de Consejo Directivo del Instituto Peruano del Deporte, de fecha 20 de junio de 2011, se acordó por unanimidad aprobar la propuesta de la Alta Dirección, disponiendo además que la Presidencia en uso de sus facultades conferidas por el numeral 11) del artículo 13º de la Ley Nº 28036, modifi cada por la Ley Nº 29544, adopte las acciones necesarias para viabilizar los procedimientos correspondientes; Que, resulta necesario efectuar las precisiones en el mencionado Reglamento, respecto de la modalidad de asociación pública privada que podrá ser de aplicación para la Torre Norte del Estadio Nacional y para la Zona Reservada del Estadio Nacional, y respecto de la presentación de propuestas; En uso de las facultades conferidas por el numeral por el numeral 11) del artículo 13º de la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modifi cada por la Ley Nº 29544; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2004-PCM, y; Con las visaciones de la Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 4º y el Artículo 13º del Reglamento para la Promoción de la Participación Privada en la Infraestructura del Estadio Nacional, aprobado mediante Resolución Nº 237-2011-P/IPD, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 4º.- Modalidades de asociación público privada 4.1. La participación privada en los palcos del Estadio Nacional, se realiza a través de la modalidad de Cesión en Uso. 4.2. La participación privada en los espacios de estacionamiento del Estadio Nacional, se realiza a través de la modalidad de Concesión. 4.3. La participación privada en la administración de la infraestructura del Estadio Nacional, se realiza a través de la modalidad de Concesión. 4.4. La participación privada en la Torre Norte y en la Torre Sur del Estadio Nacional, se realiza a través de la modalidad de Cesión en Uso. 4.5. La participación privada en la Zona Reservada del Estadio Nacional, se realiza a través de la modalidad de Cesión en Uso” “Artículo 13º.- Presentación de propuestas El proceso competitivo de oferta pública deberá iniciarse con el precio base aprobado por el Instituto Peruano del Deporte. En caso de no presentarse ofertas o que éstas no alcancen el precio base, o que el proceso se declare desierto por cualquier razón, el Comité Especial podrá señalar fechas extraordinarias para la realización de la oferta pública.” Artículo 2º.- Incorpórese al Reglamento para la Promoción de la Participación Privada en la Infraestructura del Estadio Nacional, aprobado mediante Resolución Nº 237-2011-P/IPD, en calidad de Disposición Complementaria, lo siguiente: “Disposición Complementaria Única.- Aplicación del procedimiento de cesión en uso a la Torre Norte y de la Torre Sur, y la Zona Reservada del Estadio Nacional La cesión en uso de la Torre Norte, de la Torre Sur y de la Zona Reservada del Estadio Nacional se realizará bajo las disposiciones establecidas en el Sub Capítulo I del Capítulo II del presente Reglamento.” Regístrese, comuníquese y publíquese. ARTURO WOODMAN POLLITT Presidente Instituto Peruano del Deporte 656736-1