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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (24/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de junio de 2011 445242 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Ejecutor Coactivo de la Intendencia Regional Ica RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 164-2011/SUNAT Lima, 22 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán cumplir los funcionarios de la Administración Tributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva en la Intendencia Regional Ica, resulta necesario efectuar la designación de un nuevo Ejecutor Coactivo que se encargará de la gestión de cobranza coactiva de dicho órgano de línea; Que la trabajadora propuesta ha presentado declaración jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del Artículo 7° de la Ley N° 269791, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingrese mediante concurso público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Ejecutor Coactivo encargada de la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia Regional Ica, a la trabajadora Julia Verónica Ramos Ramírez. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO TOMA OYAMA Superintendente Nacional (e) 1 Aprobado mediante el Decreto Supremo N° 018-2008-JUS. 656647-1 Aprueban reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 165-2011/SUNAT Lima, 23 de junio de 2011 VISTO: El Informe Nº 0015-2011-2C3100 emitido por la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento; así como el Memorándum Electrónico Nº 236-2011-2F4000 emitido por la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUNAT, el cual establece su estructura orgánica, así como sus funciones generales y específi cas, y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas; Que a través de la Resolución de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT y modifi catorias, se crea dentro de la estructura organizacional de la SUNAT, unidades jerárquicamente dependientes de las unidades organizacionales a que se refi ere el ROF de esta Entidad; Que con la Resolución Suprema Nº 071-2004-EF se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT, el cual ha sido modifi cado y actualizado por las Resoluciones Supremas Nºs. 100-2007-EF, 105-2008-EF, 139-2010-EF y Resolución de Superintendencia Nº 055- 2011/SUNAT; Que con las Resoluciones Supremas Nºs. 161-2007- JUS, 162-2007-JUS y 003-2011-JUS, se designaron en la SUNAT, al Procurador Público Ad Hoc, Procurador Público Ad Hoc Adjunto y Procuradores Públicos Adjuntos, respectivamente; Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 13° de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos contenido en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incida en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP, pudiendo aprobarse dicho reordenamiento de cargos por resolución del Titular de la Entidad; Que el artículo 9° de los citados Lineamientos, señala que los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad; Que en el Informe Nº 0015-2011-2C3100 la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, señala que al haberse designado Procuradores Públicos en la SUNAT, éstos no están contemplados como cargos en el CAP, por lo que resulta necesario su incorporación en dicho documento de gestión; Que el presente reordenamiento no incide en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la SUNAT, según lo indican la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento; la Gerencia Financiera de la Intendencia Nacional de Administración y la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, conforme se aprecia en los seguimientos del Memorándum Electrónico Nº 236- 2011-2F4000; por lo que de acuerdo con la propuesta presentada por la citada División de Organización y Procesos, corresponde su aprobación por el Titular de la Entidad; De conformidad con el artículo 13° de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, y en uso de las atribuciones conferidas por los incisos d) y u) del artículo 19° del ROF de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución Suprema Nº 071-2004-EF, modifi cado y actualizado por las Resoluciones Supremas Nºs. 100-2007-EF, 105-2008-EF, 139-2010-EF y Resolución de Superintendencia Nº 055-2011/SUNAT, por la incorporación de los cargos de Procurador Público y Procurador Público Adjunto, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución de Superintendencia entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO TOMA OYAMA Superintendente Nacional (e) 657221-1