Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2011 (07/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de marzo de 2011

dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 1 025,47 m², ubicado detras de la Manzana 27 del Barrio Fiscal MORDAZA MORDAZA (Calle MORDAZA Bolognesi), en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 1 096,00 m², ubicado detras de la Manzana 27 del Barrio Fiscal MORDAZA MORDAZA (Calle MORDAZA Bolognesi), en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 01 de setiembre de 2010, se encontro que el citado terreno es de topografia accidentada, con suelo de MORDAZA gruesa y MORDAZA y esta ocupado parcialmente por la Institucion Educativa MORDAZA E. Echenique R.; Que, mediante Oficio N° 3531-2010-SUNARPZ.R.N°IX/GPI del 09 de noviembre de 2010, la MORDAZA Registral N° IX ­ Sede MORDAZA, remite el Informe Tecnico N° 012876-2010-SUNARP-Z.R.N°IX-OC del 02 de noviembre de 2010, el cual senala que el predio en consulta, que involucra al terreno de 1 025,47 m², se ubica en ambito donde no se ha identificado informacion grafica de plano con antecedentes registrales; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyen propiedad privada, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 1 025,47 m², de conformidad con lo dispuesto en el articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolucion Nº 125-2010/SBN, de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0004-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 07 de enero de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 1 025,47 m², ubicado detras de la Manzana 27

del Barrio Fiscal MORDAZA MORDAZA (Calle MORDAZA Bolognesi), en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno MORDAZA descrito, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 609802-11 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 059-2011/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 28 de febrero de 2011 Visto el Expediente N° 021-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 6 469,49 m², ubicado en el Centro Poblado La MORDAZA, distrito de MORDAZA Imperial, provincia de Canete y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 6 469,49 m², ubicado en el Centro Poblado La MORDAZA, distrito de MORDAZA Imperial, provincia de Canete y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante Certificado Catastral de fecha 02 de diciembre de 2010, sustentado con Informe Tecnico Nº 13849-2010-SUNARP-Z.R.Nº.IX/OC, la Oficina Registral de Canete, senala que el terreno de 36 828,23 m², dentro del cual se encuentra el area indicada en el considerando precedente no cuenta con perimetro incorporado de un predio inscrito que involucre al mismo; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 20 de enero de 2011, se verifico que se trata de un terreno eriazo, de topografia variada conformado por zonas planas, ladera y cima de cerro, con suelo de textura arenosa; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 6 469,49 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 0112002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado;

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