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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de marzo de 2011 438665 Presidente de la República y Vicepresidentes obtuviese más de la mitad de los votos válidos, se procederá a una segunda elección entre los dos (2) candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta para el día domingo 5 de junio de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 37° de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, mediante Resolución Jefatural N° 048-2011-J/ ONPE, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 27 de febrero de 2011, se aprobó la relación de personas seleccionadas para desempeñar el cargo de Coordinador de Local de Votación durante el desarrollo de los procesos electorales citados precedentemente; así como sus accesitarios, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la misma; otorgándosele a la ciudadanía el plazo previsto en el artículo 49° de la Ley Orgánica de Elecciones, Ley N° 26859; para la interposición de las tachas respectivas; Que, mediante el ofi cio de vistos, el Jurado Nacional de Elecciones indica que no se ha interpuesto tacha alguna, respecto a los ciudadanos seleccionados a que se contrae la resolución antes mencionada; Que, en consecuencia, mediante acuerdo de fecha 7 de marzo de 2011, formalizado mediante el acta de vistos, la Comisión de Selección de Jefes, Asistentes Administrativos y Coordinadores de Local de Votación, aprobó la relación defi nitiva de las personas que ejercerán el cargo de Coordinador de Local de Votación para las Elecciones Generales y Parlamento Andino 2011; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como el literal cc) del artículo 9° de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; Con los visados de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votación de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios; a los ciudadanos consignados en el anexo de la Resolución Jefatural N° 048-2011-J/ONPE, quienes ejercerán funciones en el marco de las Elecciones Generales para la elección de Presidente de la República y Vicepresidentes, así como de los Congresistas de las República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2011. Artículo Segundo.- Precisar que la facultad delegada en el Gerente de la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, mediante el artículo segundo de la Resolución Jefatural N° 008-2011-J/ONPE, resulta aplicable a los ciudadanos que por la presente resolución se designan. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución, para los fi nes consiguientes. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa 611456-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionaria a Colombia para participar en la VIII Reunión del Comité Regional de América Latina del FOGAFIN RESOLUCIÓN SBS Nº 3006-2011 Lima, 8 de marzo de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.) VISTA: La invitación cursada por el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras (FOGAFIN) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), para participar en la VIII Reunión del Comité Regional de América Latina, la misma que se llevará a cabo del 9 al 11 de marzo de 2011, en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia. CONSIDERANDO: Que, la referida reunión está dirigida a Aseguradores de Depósitos, Bancos Centrales, Supervisores Bancarios y otras entidades que tengan responsabilidad en la supervisión de bancos, en su resolución, en la red de seguridad y en la estabilidad del sistema financiero; Que, el objetivo principal de la reunión será conocer los diferentes escenarios que enfrentan los Sistemas de Seguro de Depósito (SSD) de América Latina, de conocer los logros y retos de las agencias aseguradoras, así como identifi car retos e intereses comunes a los SSD de la región; Que, asimismo, se expondrán las estrategias de divulgación del seguro de depósito de cinco países de la región, los mecanismos de resolución de instituciones fi nancieras, medidas de riesgo sistemático y contagio entre bancos, la coordinación de la red de seguridad fi nanciera, la aplicación de los principios fundamentales de un asegurador de depósitos efectivo, así como el tema de la inclusión fi nanciera; Que, atendiendo la invitación cursada y por ser de interés para esta Superintendencia, se ha designado a la señora Giovanna del Pilar Prialé Reyes, Gerente de Productos y Servicios al Usuario, para que en representación de nuestra institución participe el citado evento en calidad de expositora sobre el tema de inclusión fi nanciera; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-14, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2011 estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de los funcionarios de la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el referido evento, cuyos gastos por concepto de alojamiento