Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2011 (30/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 075,52 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolucion N° 125-2010/SBN de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0069-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 22 de febrero de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 1 075,52 m², ubicado entre la MORDAZA Arqueologica de Huascata y la Urbanizacion MORDAZA Cobian, a la altura del cruce de las Calles Via Crucis y Los Jazmines, distrito de Chaclacayo, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX -Sede MORDAZA - de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios del Lima. Registrese, comuniquese y publiquese.EDDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales 620862-1 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 075-2011/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 23 de marzo de 2011 Visto el Expediente N° 006-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 4 385,42 m², ubicado entre los Pasajes La Cantuta y Los Jardines colindante a los sub lotes 6 y 7 que formaron parte del Potrero Sauce Grande del Fundo Chosica, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema

Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno de 4 385,42 m², ubicado entre los Pasajes La Cantuta y Los Jardines colindante a los sub lotes 6 y 7 que formaron parte del Potrero Sauce Grande del Fundo Chosica, distrito de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 03 de junio de 2010, se verifico que el terreno presenta un cerco perimetrico de aproximadamente 4 metros de altura con una malla metalica en la parte superior, asi como se encuentra ocupado por terceros; Que, mediante Informe Tecnico N° 7690-2010SUNARP-Z.R.N° IX-OC de fecha 02 de MORDAZA de 2010, la MORDAZA Registral IX ­ Sede MORDAZA, senala que el terreno materia de consulta, se encuentra en MORDAZA que en las bases no se tienen anotaciones con antecedentes registrales; asimismo, se indica que el predio en consulta se encuentra en MORDAZA de antiguo cauce del Rio Rimac; Que, mediante Oficio N° 2566-2010-ANA/ALA.CHRL, de fecha 02 de diciembre de 2010, en respuesta al Oficio N° 14488-2010/SBN-GO-JAR, emitido por la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal de esta Superintendencia, el Administrador Local de Agua Chillon ­ MORDAZA ­ Lurin de la Autoridad Nacional de Agua, senalo que "como resultado de la Inspeccion Ocular, se pudo observar que el predio en consulta esta respetando un area para el libre MORDAZA que varia desde 6 a 10 metros, en una distancia longitudinal de 200 metros en la margen izquierda del rio MORDAZA, ademas presenta muros para defensa riberena en una longitud de 250 metros, los mismos que estan ubicados cada 15 a 20 metros, tambien existe un desnivel de aproximadamente 6 metros con respecto al cauce del rio, en una longitud de 250 metros, como se menciona en el Informe Tecnico N° 149-2010-ANA.ALA. CHRL/JLTV, aspectos que se encuentran considerados en el articulo 74° de la Ley de Recursos Hidricos ­ Ley N° 29338, asi como en el articulo 115.1° del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2010-AG"; Que, en virtud de lo mencionado en el Considerando que antecede, el predio materia de la presente Resolucion se encuentra respetando los lineamientos establecidos en la Ley de Recursos Hidricos ­ Ley N° 29338, y de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0012010-AG, al no encontrarse dentro del area constituida por el cauce ni la faja marginal del Rio Rimac; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 4 385,42 m², de conformidad con el Articulo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/ SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44° del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las resoluciones en materia de su competencia; Que, mediante Resolucion N° 125-2010/SBN de fecha 23 de diciembre de 2010, se encarga a la Jefa de Adquisiciones y Recuperaciones de la SBN las funciones de la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0075-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 28 de febrero de 2011; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 4 385,42 m², ubicado

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