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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 30 de marzo de 2011 439995 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Sancionan a Inversiones Frandi E.I.R.L. con inhabilitación temporal en sus derechos para participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 488-2011-TC-S3 Sumilla: Teniendo en consideración que, el propio emisor de los documentos cuestionados, (…) ha afi rmado su adulteración, negando con esto su autenticidad, lo cual, conforme ha sido señalado en pronunciamientos anteriores, es sufi ciente para acreditar la comisión de la infracción, podemos concluir que se tratan de documentos falsos. Lima, 21 de marzo de 2011 VISTO en sesión de fecha 18 de marzo de 2011 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente ʋ 4681.2008.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa INVERSIONES FRANDI E.I.R.L., por su supuesta responsabilidad en la presentación de documentación falsa y/o inexacta presentada como parte de su propuesta técnica en el proceso por Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 30-2008/GA- MPM; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 16 de octubre de 2008, la Municipalidad Provincial de Maynas, en adelante La Entidad, convocó la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 30-2008/ GA-MPM para la “adquisición de 10,865.50 Kgs. de grated de pescado en agua y sal para la atención de los programas de alimentación complementaria de la Municipalidad Provincial de Maynas”, por un valor referencial ascendente a S/.105,938.63 (Ciento cinco mil novecientos treinta y ocho con 63/100 Nuevos Soles), incluidos los tributos de ley. 2.El 03 de noviembre de 2008, como parte de su propuesta técnica, la empresa Inversiones Frandi E.I.R.L. en adelante El Postor, presentó, entre otros documentos, los siguientes certifi cados emitidos por la empresa General Control Group: - Certifi cado de Conformidad de requisitos físico organolépticos, químicos, características y hermeticidad de las latas, empaque y rotulado Nº 04-080812.06 emitido el 12 de agosto de 2008. - Certifi cado de Monitoreo de Proceso Nº 080408.08, emitido el 12 de agosto de 2008. - Certifi cado de Esterilidad Comercial Nº 04-080408.03 emitido el 12 de agosto de 2008. - Certifi cado de Aceptabilidad Nº 04-080521.01, emitido con fecha 21 de agosto de 2008. - Certifi cado de Inspección “Capacidad Real de Planta” Nº 080514.07, emitido el 14 de septiembre de 2008. - Certifi cado de Inspección “Higiénico Sanitario para plantas de proceso de alimentos y bebidas” Nº 080514.05 del 14 de septiembre de 2008. - Certifi cado de Inspección técnico productiva de planta industrial de alimentos Nº 080514.06 emitido el 14 de septiembre de 2008. 3. En la misma fecha, luego de realizado el acto público de presentación de propuestas y puja, el Comité Especial otorgó la buena pro de la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 30-2008/GA-MPM a El Postor. 4. Con fecha 14 de noviembre de 2008, la empresa Comercial Lesly formuló denuncia en contra del Postor señalando que este habría presentado documentación falsa en su propuesta, debido a que el Certifi cado de Monitoreo de Proceso emitido por la empresa General Control Group S.A.C. había sido adulterado en la primera página en la fecha de emisión, donde se indica: 12 de agosto del 2008, cuando en la segunda página la fecha de emisión consignada es: 18 de julio de 2008 concordante con la fecha de inspección realizada el 16 de julio de 2008, ya que un certifi cado de dicha naturaleza suele ser emitido en un máximo de 7 días posteriores a la fecha de inspección. Así también señaló que en los siguientes documentos: (i) Certifi cado de Inspección “Capacidad real de Planta”, (ii) Certifi cado de Inspección Higiénico Sanitario para la planta de proceso de alimentos y bebidas y (iii) Certifi cado de Inspección Técnico Productiva de Planta Industrial de Alimentos, entre la fecha de inspección y la fecha de emisión de los mismos, existen 125 días naturales, demasiado tiempo para que una empresa certifi cadora entregue un certifi cado. 5. A través de correo electrónico del 19 de noviembre de 2008, La Entidad le solicitó a la empresa GENERAL CONTROL GROUP confi rme la veracidad de todos los certifi cados supuestamente emitidos por ellos y presentados por El Postor en su propuesta técnica. 6.Mediante correo electrónico de la misma fecha, la empresa GENERAL CONTROL GROUP da respuesta al requerimiento de información solicitado por La Entidad, enviándole como documentos adjuntos, los certifi cados emitidos por su laboratorio a favor de la empresa INVERSIONES FRANDI. Como consecuencia de dicha comunicación La Entidad resolvió que ciertos documentos presentados por el Postor habrían sido falsifi cados totalmente y otros adulterados en su contenido. 7. Con Resolución de Alcaldía Nº 743-2008-A-MPM de fecha 21 de noviembre del 2008, la Entidad resolvió declarar la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 30-2008/GA-MPM, ordenando que el proceso se retrotraiga hasta la etapa de convocatoria. 8. Mediante Ofi cio Nº 146-2008-GM-MPM, presentado ante la Ofi cina Desconcentrada de Iquitos el 24 de noviembre de 2008 e ingresada a través de la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones el 26 de noviembre del mismo año, la Entidad denunció al Postor por su supuesta responsabilidad en la presentación de documentación falsa y/o inexacta como parte de la propuesta técnica que presentó con ocasión de la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 30-2008/GA-MPM. Con motivo de dicho Ofi cio, La Entidad manifestó, entre otras cosas, que el Postor habría presentado siete certifi cados falsos, supuestamente emitidos por la empresa GENERAL CONTROL GROUP1. 9. A fi n de iniciar el correspondiente procedimiento administrativo sancionador, a través del decreto de fecha 01 de diciembre de 2008 se requirió a La Entidad para que cumpla con especifi car en una lista y adjuntar la copia de los documentos supuestamente falsos o inexactos presentados por El Postor en su propuesta técnica. 10. Con Ofi cio Nº 1529-2008-GA-MPM presentado ante la Ofi cina Desconcentrada de Iquitos el 29 de diciembre de 2008 e ingresada a través de la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones el 31 de diciembre del mismo año, La Entidad cumplió con remitir la documentación e información solicitada. 11. Mediante decreto del 05 de enero de 2009, se inició procedimiento administrativo sancionador contra la empresa INVERSIONES FRANDI E.I.R.L., por su supuesta responsabilidad en la presentación de documentación falsa o inexacta, como parte de la propuesta técnica con la que participó en la Adjudicación Directa Selectiva por Subasta Inversa Presencial Nº 30-2008/GA-MPM, infracción tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Asimismo, se le otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presente sus descargos, bajo apercibimiento de resolver con la documentación obrante en autos. 12. La Cédula de Notifi cación Nº 34688/2009.TC que comunicaba el decreto de fecha 05 de enero de 2009 que inicia el procedimiento administrativo sancionador contra El Postor, y que fue enviada al domicilio sito en: Mz. A Lote 21 Urb. Santa Lila (entre Urb. Mochicas y 03 de Octubre)- Chiclayo- Lambayeque fue devuelta por el Courier ya que la empresa se había mudado. 13. Mediante decreto de fecha 10 de septiembre de 2009, previa razón de la Secretaría del Tribunal, se dispuso la publicación del decreto de fecha 05 de enero de 2009 en el Diario Ofi cial El Peruano, a fi n que El Postor tome conocimiento de lo dispuesto. 14. El 18 de septiembre de 2009 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano el decreto de fecha 05 de enero de 2009. 1 Documentos que han sido referidos al detalle en el punto 2 de los antecedentes.