Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2011 (26/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2011

autorizado, asciende a la suma de Novecientos Sesenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 960 000,00). El sorteo se efectuara de manera simultanea por cada MORDAZA, hasta completar la cantidad de ganadores que corresponda a cada una de estas. Los premios seran asignados por cada MORDAZA a diez (10) ganadores conforme al orden en que se extraigan los sobres seleccionados al azar, dandose inicio con la asignacion de los ocho (8) premios de Veinte Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 20 000,00) hasta completar la cantidad de ganadores por dicho monto, para luego finalizar con la asignacion de los dos (2) premios de Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 40 000,00). En ambos casos, personas naturales e instituciones educativas, si el ganador no ha reclamado su premio correspondiente dentro del plazo de noventa (90) dias calendario computados desde el dia siguiente que es notificado por la SUNAT como ganador del sorteo, el premio sera devuelto al Ministerio de Economia y Finanzas. El monto que corresponda a los premios no entregados no seran acumulados por ningun motivo." "Articulo Octavo.- DEL SORTEO La seleccion de sobres al azar se realizara en presencia de un representante de la SUNAT y uno del Ministerio del Interior, asi como del Notario Publico requerido, de la jurisdiccion en que se realiza el sorteo. PERSONAS NATURALES Por cada MORDAZA se seleccionaran al azar veinte (20) sobres que cumplan con los requisitos senalados en el articulo septimo. INSTITUCIONES EDUCATIVAS Por cada MORDAZA se seleccionaran al azar diez (10) sobres que cumplan con los requisitos senalados en el articulo septimo." "Articulo Undecimo.- ENTREGA DE LOS PREMIOS (...) INSTITUCIONES EDUCATIVAS: Tratandose de las instituciones educativas publicas y privadas, la SUNAT procedera a notificar a los ganadores en las direcciones senaladas en los sobres de conformidad con las normas del Codigo Procesal Civil. En el caso de las instituciones educativas privadas, se debera cumplir con la obligacion de firmar la declaracion jurada de no haber infringido el MORDAZA parrafo del inciso b) del articulo primero, la misma que se presentara dentro del plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion. Dentro del referido plazo, se presentara una MORDAZA legalizada de la resolucion emitida por la autoridad competente del Ministerio de Educacion que autoriza su funcionamiento y, de ser el caso, MORDAZA legalizada de la resolucion que reconoce al MORDAZA promotor o propietario. El incumplimiento de lo senalado en el parrafo anterior, determinara la descalificacion de la institucion educativa privada participante en el sorteo. Para el caso de las instituciones educativas publicas, dentro del plazo de cinco (5) dias habiles contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion, deberan presentar la MORDAZA legalizada de la MORDAZA legal de su creacion y/o resolucion emitida por la autoridad competente del Ministerio de Educacion que autoriza su funcionamiento; asi como de aquella referida a los cambios en su denominacion y/o razon social, de ser el caso. Excepcionalmente, si la institucion educativa publica no contara con MORDAZA de las normas MORDAZA senaladas, debera presentar una MORDAZA de la MORDAZA autoridad educativa de su localidad (Direccion Regional de Educacion o Unidad de Gestion Educativa Local) en la que se indique expresamente la MORDAZA de creacion de la referida institucion educativa, dando fe de la vigencia y funcionamiento de la misma. El incumplimiento de lo senalado en el parrafo anterior, determinara la descalificacion de la institucion educativa publica participante en el sorteo.

Luego de la notificacion a que se refiere los parrafos precedentes y presentada la documentacion correspondiente, la SUNAT informara al Ministerio de Economia y Finanzas la relacion de los ganadores que figuran en el acta referida en el articulo noveno haciendo expresa mencion de aquellos que hubieran sido descalificados, a fin que se proceda a emitir y entregar, a traves de su Oficina General de Administracion y Recursos Humanos, los cheques respectivos a la SUNAT, dentro del plazo de dos (2) dias habiles, computados a partir de la fecha en que se reciba el informe respectivo. El monto de los premios que se otorguen a favor de las instituciones educativas ganadoras, podra destinarse a la adquisicion de equipos computacionales y perifericos, adquisicion de mobiliario y/o a la realizacion de obras de infraestructura en servicios higienicos del plantel educativo. En el caso de las instituciones educativas publicas se aplicaran en funcion de las partidas de gasto clasificadas en el Anexo II del Sistema de Gestion Presupuestal para el Sector Publico. Las instituciones educativas que en mas de una oportunidad resulten ganadoras, podran disponer el monto del premio en partidas o items de gasto distintos al cual se destino el monto obtenido en el premio anterior. La Unidad de Gestion Educativa Local o la Direccion Regional de Educacion, a la cual pertenece la entidad ganadora, segun corresponda, sera la encargada de verificar el cumplimiento de lo establecido en los dos parrafos precedentes, tanto para las entidades educativas publicas como las privadas, debiendo proceder a elaborar un informe con el resultado de la verificacion realizada a las instituciones educativas ganadoras de su respectiva jurisdiccion. El Ministerio de Educacion remitira a la SUNAT dentro de los seis meses posteriores a la fecha de realizada la entrega del premio respectivo, MORDAZA informativa de los informes elaborados en las cuatro zonas del sorteo. La SUNAT, en presencia de un representante del Ministerio del Interior y del Notario Publico de la jurisdiccion respectiva entregara los premios a los representantes de las instituciones educativas ganadoras debidamente acreditados, de acuerdo al procedimiento que para tal efecto se establezca mediante Resolucion de Superintendencia". Articulo 3°.- VIGENCIA Y REFRENDO Precisase que los demas articulos del Decreto y del Anexo - Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago, se mantienen vigentes para la realizacion de los Sorteos de Comprobantes de Pago. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas 645127-6

Oficializan la "XVII Convencion Nacional de Tributacion TRIBUTA 2011", a realizarse en la MORDAZA de Oxapampa, Pasco
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 005-2011-EF/51.01 MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2011 Visto: El Oficio Nº 34-2011-D-CCPP del Colegio de Contadores Publicos de Pasco. CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, el Decano del Colegio de Contadores Publicos de Pasco solicita la

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