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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de mayo de 2011 443233 formulada por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 28 de abril de 2011, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JORGE LUIS PALLARDEL CASSINELLI, por la presunta comisión del Delito contra el Patrimonio - Robo Agravado, en perjuicio de Reynaldo Ludeña Ríos y Gino Giancarlo Palomino Barriga (Expediente Nº 43-2011); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que es función de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 069-2011/COE-TC, del 17 de mayo de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde decidir la extradición, pasiva o activa, al Gobierno mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Denegar la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano JORGE LUIS PALLARDEL CASSINELLI, formulada por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 645127-19 Designan Procuradora Pública Adjunta Especializada en Delitos de Corrupción RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 111-2011-JUS Lima, 29 de mayo de 2011 VISTO, el Ofi cio Nº 750-2011-JUS/CDJE-ST del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068 se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, el artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 1068 establece que es atribución del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, entre otras, proponer la designación de los Procuradores Públicos del Poder Ejecutivo; Que, por otro lado, el artículo 13º de la citada norma dispone que los Procuradores Públicos Adjuntos están facultados para ejercer la defensa jurídica del Estado, coadyuvando la defensa que ejerce el Procurador Público, contando con las mismas atribuciones y prerrogativas que éste, pudiendo designarse más de un Procurador Público Adjunto en la medida que se considere necesario; Que, mediante Ofi cio Nº 034-2011/CDJE-PPDC, el Procurador Público Especializado en Delitos de Corrupción, señor abogado Julio César Roca Fernández, pone a consideración del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, la necesidad de contar con tres Procuradores Públicos Adjuntos Especializados en Delitos de Corrupción, debido a que su Despacho viene asumiendo una elevada carga procesal, lo cual permitirá reorganizar y redistribuir los procesos a su cargo; Que, en este sentido, mediante Resolución Suprema Nº 073-2011-JUS se designó a los señores abogados Ricardo Víctor Hidalgo Márquez y Eduardo Manuel Rodríguez Márquez como Procuradores Públicos Adjuntos Especializados en Delitos de Corrupción; Que, conforme al Ofi cio de visto, el Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado informa que dicho Consejo ha propuesto designar a la señora abogada Ana Cecilia Huapaya García Monterroso, como Procuradora Pública Adjunta Especializada en Delitos de Corrupción, resultando pertinente emitir el acto correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº 25993, Ley Orgánica del Sector Justicia; el Decreto Legislativo Nº 1068 por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señora abogada Ana Cecilia Huapaya García Monterroso, como Procuradora Pública Adjunta Especializada en Delitos de Corrupción. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 645127-20 PRODUCE Designan representante del Ministerio ante la Comisión Multisectorial encargada de la revisión de los alcances del Reglamento Interno Sectorial sobre Seguridad de la Biotecnología en el desarrollo de actividades con Organismos Vivos Modificados agropecuarios o forestales y/o sus productos derivados RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 175-2011-PRODUCE Lima, 25 de mayo de 2011