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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (24/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de noviembre de 2011 453795 Nº 1823-2011-MP-FN, de fecha 16 de setiembre del 2011. Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora ROCIO GALA GALVEZ, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Vigésima Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Cuarto.- DESIGNAR a la doctora MANUELA NORA PAUCAR GONZALES, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima, en el Despacho de la Vigésima Octava Fiscalía Provincial Penal de Lima. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 720586-3 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo de dominio privado ubicado en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 203-2011-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 838-2011-GRA/OOT, el Jefe de la Ofi cina de Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional ,de Arequipa, remite el Informe Técnico Legal Nº 014- 2011-GRA-OOT, y el Expediente Nº 014-2011-GRA/ OOT correspondiente al procedimiento de Inscripción en Primera de dominio de un terreno eriazo de dominio privado de 5, 065.79 m2. ubicado en el Sector denominado El Frisco, del distrito de Deán Valdivia, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. Que, el Informe de Búsqueda Catastral Nº 32565- 2011, emitido por la Ofi cina de la Zona Registral XII Sede Arequipa, del cual se desprende que el predio en mención no aparece registrado y/o actualizado en los archivos de catastro. Que, la inspección técnica realizada por el personal de la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, de fecha 04-02-201, quienes verifi caron: “que el terreno es de 5, 065.79 m2. es eriazo se encuentra ocupado con productos agrícolas y cuyo terreno se encuentra cercado(…) no se encuentra inscrito”. Que, el Informe Nº 739-2011-GRA/OOT, a través del cual el Jefe de la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, remite Informe Técnico Legal Nº 014-2011-GRA-OOT, respecto al Expediente Nº 014-2011, relacionado al trámite de primera de inscripción de dominio a favor del Estado, de un terreno eriazo de dominio privado de 5, 065.79 m2. ubicado en el Sector denominado El Frisco, del distrito de Dean Valdivia, Provincia de Islay, Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el inciso b) del artículo 62 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a sus funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala que: “b) Realizar los actos de inmatriculación saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales y Recursos Asociados, del Sector Economía y Finanzas – Superintendencia de Bienes Nacionales al Gobierno Regional de Arequipa en materia de Administración y Adjudicación de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, de fecha 26 de mayo de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de Arequipa las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del artículo 62º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA de fecha 15 de marzo del 2008 que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, regulan los procedimientos administración y disposición de Bienes del Estado. Que, el artículo 38º del Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, establece: “La primera inscripción de dominio de predios estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, será sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias “ Que, asimismo la resolución que dispone la primera inscripción de dominio del predio del Estado, deberá publicarse por única vez en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, extracto, en un diario de mayor circulación en la Región en que se encuentre el predio. La inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectuará en el Registro de Predios a favor del Estado. De conformidad a las facultades otorgadas por la Superintendencia de Bienes Nacionales y de conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA, el presente procedimiento se encuentra regulado por las Directivas Nros. 001-2002/SBN y 003- 2004-SBN, sobre Trámites de Inscripción de primera de Dominio de predios a favor del Estado, aprobadas con Resolución Nº 011-2002/SBN y Resolución Nº 014-2004/ SBN, respectivamente. De, en virtud de lo señalado y de la documentación acompañada, es procedente que en el Gobierno Regional de Arequipa, emita la resolución correspondiente a fi n de que se inscriba en primera de dominio a favor del Estado, el terreno eriazo de dominio privado de 5, 065.79m2, ubicado en el sector denominado El Frisco, del distrito de Dean Valdivia, provincia de Islay, Departamento de Arequipa. Que, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Nº 27444, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DISPONER la Inscripción de Dominio a favor del Estado del terreno eriazo de dominio privado ubicado en el Sector denominado El Frisco, del distrito de Dean Valdivia, Provincia y Departamento de Arequipa con un área de 5, 065.79 m2, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº XII Sede Arequipa, de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución EFECTUARÁ la primera inscripción de dominio a favor del Estado Peruano, del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. Artículo 3º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y un extracto en el Diario de mayor circulación de la región. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa, a los veinticuatro (24) días del mes de octubre del dos mil once. Regístrese y comuníquese. JORGE LUIS AGUILAR GALLEGOS Gerente General Regional 719665-1