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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (24/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 24 de noviembre de 2011 453799 Regional para su promulgación mediante Decreto Regional. • Formular la invitación a la ciudadanía y a las organizaciones de la sociedad civil para participar de las veedurías ciudadanas. • Disponer la apertura del Registro de Veedores en un plazo no mayor a 10 días de promulgado el Reglamento de la presente Ordenanza. • Formular un Plan de Capacitación de los ciudadanos que soliciten su registro como Veedores conforme al Reglamento de la materia. • Designar y acreditar a los veedores ciudadanos ante las diferentes autoridades e instancias que serán objeto de veedurías. Artículo Tercero.- Establézcase que las Veedurías Ciudadanas tendrán atribuciones exclusivamente de observación y seguimiento de todo lo previsto en el segundo párrafo del artículo primero de la presente Ordenanza, quedando facultadas para presentar ante la Presidencia Regional, Consejo Regional y los órganos responsables de los procesos que son materia de veeduría, todos los informes, observaciones y/o sugerencias que estimen pertinente, los mismos que en un plazo no superior de 15 (quince) días, deberán ser respondidos a la Presidencia del Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupción. Artículo Cuarto.- Si producto del informe de la veeduría ciudadana se genera la necesidad de rectifi cación o modifi cación del proceso, gestión o proyecto que se viene desarrollando, la Gerencia General Regional notifi cará a la autoridad, servidor u organismo materia de la veeduría y/o a terceros en caso de obras y adquisiciones, para que en un plazo perentorio se proceda a la corrección o adecuación, según sea el caso. La Veeduría Ciudadana recién concluirá con la fi nalización del proceso, gestión o proyecto y el acta de conformidad. Artículo Quinto.- Todas las dependencias del sector público de la Región Piura, autoridades, funcionarios y servidores en general, cualquiera sea la naturaleza de su contratación, así como terceros, personas naturales o jurídicas, cuando se trate de procesos de adquisiciones o contrataciones de obra, tienen la obligación de colaborar y brindar información fi dedigna a los veedores designados para llevar adelante una Veeduría Ciudadana a cualquier acto de gestión pública. El Gobierno Regional Piura, a través de la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha contra la Corrupción, en todos los casos, deberá garantizar y facilitar que las veedurías ciudadanas programadas y autorizadas según el Reglamento, cuenten con los medios para el cumplimiento satisfactorio de su fi nalidad. A partir del año 2012, las diferentes unidades ejecutoras del Gobierno Regional Piura deberán prever y considerar la previsión presupuestal para cubrir los costos operativos de las veedurías. Artículo Sexto.- Encárguese a la Gerencia General Regional en coordinación con la Secretaría Técnica del Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupción, la elaboración del Reglamento de la presente Ordenanza Regional en el plazo de 30 (treinta) días. Artículo Setimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los once días del mes de noviembre del año dos mil once. PORFIRIO NICOLÁS VALLADOLID FRÍAS Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil once. JAVIER ATKINS LERGGIOS Presidente 719636-1 Aceptan donación efectuada por la Cooperación Iberoamericana - Iberarchivos - Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos - ADAI a favor del Archivo Regional de Piura ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 744-2011/GRP-CR Piura, 11 de noviembre de 2011 VISTO: - La Carta s/n de fecha 27 de setiembre del 2011, de la Cooperación Iberoamericana – Iberarchivos - Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos – ADAI; - Ofi cio Nº 093-2011/GOB.REG.PIURA-ARCHIVO REGIONAL, de fecha 07 de octubre de 2011, del Archivo Regional de Piura; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, y por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 91º, 191º y 194º de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme al artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modifi cada por Ley Nº 27902, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias, o en la página web de la entidad ofi cial cuando sean montos menores a ello, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada; Que, mediante Carta s/n de fecha 27 de setiembre del 2011, la Cooperación Iberoamericana – Iberarchivos - Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos – ADAI, informa que ha sido concedida una Ayuda por valor de Cuatro Mil Ochocientos y 00/100 Euros (€ 4,800.00), a favor del Archivo Regional de Piura, para ser destinado al Proyecto: 2010/190 Digitalización de protocolos notariales. Época: República; Que, con Ofi cio Nº 093-2011/GOB.REG.PIURA- ARCHIVO REGIONAL del 07 de octubre de 2011, por el cual la Dirección del Archivo Regional de Piura comunica que el Programa de Apoyo al Desarrollo de Archivos Iberoamericanos – ADAI, en la reunión sostenida en la República de Panamá los días 24 y 25 de mayo de 2011 aprobó el Proyecto: 2010/190 Digitalización de protocolos notariales. Época: República, concediendo un total de Cuatro Mil Ochocientos y 00/100 Euros (€ 4,800.00), lo cual permitirá el ingreso al Sistema Informático de 20 mil actos notariales de los años 1870 a 1970; solicitando para ello que el Consejo Regional acepte la mencionada donación; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria Nº 25 – 2011, celebrada el día 11 de noviembre del 2011, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos