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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 25 de noviembre de 2011 453868 13. Un Representante del Colegio de Ingenieros del Perú del Capítulo de Ingeniería Sanitaria y Ambiental. 14. Un Representante de la Iglesia Católica de la jurisdicción, designado por la Diócesis de Carabayllo. 15. Jefe del Departamento de Protección Ambiental de la Policía Ecológica o su Representante. 16. El secretario Técnico o su Representante de Defensa Civil - INDECI - Comas. 17. El Administrador o su Representante de Administración Local del Agua Chillón - Rímac - Lurín. 18. Especialistas ambientales: - Dos (2) Especialistas Ambientales de reconocida trayectoria y experiencia en gestión ambiental, que serán convocados por el Gerente de Servicios a la Ciudad. Artículo 2°.- ACREDITACIÓN DE REPRESENTANTES Las instituciones públicas y privadas deberán acreditar a sus representantes ante la Gerencia de Servicios a la Ciudad de la Municipalidad de Comas, en un plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Ordenanza. El Gerente de Servicios a la Ciudad, una vez acreditados los representantes, expedirá Resolución reconociéndolos como integrantes de la Comisión Ambiental Local (CAM- MC). Artículo 3°.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA CAM El Gerente de Servicios a la Ciudad deberá proponer la adecuación del Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Municipal (CAM-MC), para luego ser aprobado por la Gerencia Municipal mediante Resolución Gerencial conforme lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4°.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Ofi cial El Peruano, debiendo a la vez ser publicado en el Portal de Transparencia de la Municipalidad de Comas (www. municomas.gob.pe). POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los once días del mes de Octubre del dos mil once NICOLAS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 720592-1 Modifican fecha de Matrimonio Civil Masivo a realizarse en diciembre de 2011 ORDENANZA Nº 345-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Extraordinaria del Concejo de fecha 25.10.2011; la Ordenanza Nº 329-MDC que autoriza la realización de campañas de Matrimonios Masivos 2011; el Informe Nº 304-2011-SGEC-SG/MDC de fecha 17.10.2011 de la Sub Gerencia de Estado Civil; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 28607 (Reforma Constitucional) establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 329-MDC de fecha 15.03.2011 se autoriza la realización de campañas de matrimonios masivos 2011, según el cronograma siguiente: 1. Matrimonio Civil Masivo, ceremonia Sábado 14 de Mayo del 2011; 2. Matrimonio Civil Masivo, ceremonia Sábado 24 de Septiembre del 2011; 3. Matrimonio Civil Masivo, ceremonia Sábado 10 de Diciembre del 2011; Que, mediante el Informe Nº 304-2011-SGEC-SG/MDC, del 17 de octubre del 2011; la Sub Gerencia de Estado Civil establece que la Comisión encargada de la organización de las actividades por el 50 Aniversario de Comas, ha aprobado como fecha para la celebración de la verbena, evento central de la festividad, el día Sábado 10 de Diciembre del presente, fecha en la que también se estaría celebrando el matrimonio civil masivo acorde a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 329- MDC; en ese sentido, considerando la simultaneidad de estas dos importantes celebraciones y las coordinaciones realizadas con la Comisión Organizadora de las actividades por los 50 años de nuestro distrito, se ha considerado conveniente proponer al Concejo Municipal, trasladar la fecha del matrimonio civil masivo para el día Viernes 09 de diciembre del presente, por lo que se debería modifi car la mencionada Ordenanza en el Artículo Primero numeral 3), que dice: 3. Matrimonio Civil Masivo, ceremonia Sábado 10 de Diciembre del 2011; debiendo decir: 3. Matrimonio Civil Masivo, ceremonia Viernes 09 de Diciembre del 2011; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal por unanimidad, aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 329 - MDC Artículo Único.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 329-2011 en el Artículo Primero numeral 3), que dice: 3. Matrimonio Civil masivo, ceremonia Sábado 10 de Diciembre del 2011 debiendo decir: 3. Matrimonio Civil Masivo, ceremonia Viernes 09 de Diciembre del 2011. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veinticinco días del mes de Octubre del dos mil once. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 720612-1 Modifican D.A. N° 003-2011-MDC que aprobó la “Guía Metodológica y Cronograma para el Proceso Articulado de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Concertado 2011 - 2021 y Presupuesto Participativo 2012” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 009-2011-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO; El Informe Nº 124-2011-GPP/MC de fecha 28.09.2011, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, respecto de la modifi cación de la “Guía Metodológica y el Cronograma para el Proceso Articulado de Formulación y Aprobación del Plan de Desarrollo Concertado al 2021 y Presupuesto Participativo 2012”, de conformidad con los acuerdos tomados por el Equipo Técnico Municipal para la Gestión del Sistema de Gestión Descentralizada y Participativo; el Informe Nº 774-2011-GAJ/MDC de fecha 11.10.2011, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política, modifi cado mediante Ley 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; establece que las municipalidades son órganos de Gobierno Local que