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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451123 Que, de otro lado, cabe precisar que la embarcación pesquera JUANA ROSA, de matrícula PL-1524-CM no registra deudas por concepto de derechos de pesca, según lo informado por el Área de Computo de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; Que, de la evaluación del escrito de fecha 16 de abril de 2011, presentado por el señor AUGUSTO ECHEANDIA PAIVA, quien presenta su solicitud acogiéndose al Procedimiento N° 8 del TUPA –PRODUCE, es necesario mencionar que el referido procedimiento es para cambio de titular de embarcaciones artesanales, del ámbito marítimo y continental, de menor escala en el ámbito marítimo y continental, y de mayor escala en el ámbito continental; siendo la embarcación pesquera JUANA ROSA de matrícula PL-1524-CM, una embarcación de mayor escala, del ámbito marítimo no le corresponde el Procedimiento N° 8, sino el Procedimiento N° 7 del TUPA- PRODUCE; Que, de la revisión del presente expediente, se desprende que el señor AUGUSTO ECHEANDIA PAIVA y representados (GREGORIA FIESTAS DE ECHEANDIA, JOSE MATIAS ECHEANDIA PAIVA, ROSA VICTORIA FIESTAS DE ECHEANDIA, EDUARDO ECHEANDIA PAIVA, MARTHA LARA DE ECHEANDIA, TOMAS DAVID ECHEANDIA PAIVA y CONCEPCION DE LOS SANTOS LLENQUE DE ECHEANDIA), han cumplido con presentar la totalidad de los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del TUPA del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y modifi catorias; por lo que corresponde aprobar a su favor, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera JUANA ROSA, de matrícula PL-1524-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Técnico N° 655- 2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe N° 905-2011- PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE y sus modifi catorias; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de los señores AUGUSTO ECHEANDIA PAIVA, GREGORIA FIESTAS DE ECHEANDIA, JOSE MATIAS ECHEANDIA PAIVA, ROSA VICTORIA FIESTAS DE ECHEANDIA, EDUARDO ECHEANDIA PAIVA, MARTHA LARA DE ECHEANDIA, TOMAS DAVID ECHEANDIA PAIVA y CONCEPCION DE LOS SANTOS LLENQUE DE ECHEANDIA, el cambio de titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera JUANA ROSA, de matrícula PL-1524-CM, con 40.29 m3 de capacidad de bodega, en los mismos términos y condiciones en los que fue otorgado por Resolución Directoral N° 028-98-CTAR-LL/DIREPE. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera JUANA ROSA, de matrícula PL-1524-CM otorgado a la DIEGO ECHEANDIA CASTILLO, JUANA PAIVA DE ECHEANDIA, JUAN ECHEANDIA PAIVA, ROSA PAZOS DE ECHEANDIA, TEODORO ECHEANDIA PAIVA, DOMITILA FLORES DE ECHEANDIA, EDUARDO ECHEANDIA PAIVA, MARTHA LARA DE ECHEANDIA, TOMAS ECHEANDIA PAIVA, CONCEPCION LLENQUE DE ECHEANDIA, DIEGO ECHEANDIA PAIVA y ANA MARIA TUÑOQUE DE ECHEANDIA; e incorporar al señor AUGUSTO ECHEANDIA PAIVA, GREGORIA FIESTAS DE ECHEANDIA, JOSE MATIAS ECHEANDIA PAIVA, ROSA VICTORIA FIESTAS DE ECHEANDIA, EDUARDO ECHEANDIA PAIVA, MARTHA LARA DE ECHEANDIA, TOMAS DAVID ECHEANDIA PAIVA y CONCEPCION DE LOS SANTOS LLENQUE DE ECHEANDIA como nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera JUANA ROSA, de matrícula PL-1524-CM, así como la presente Resolución, al Anexo I de la Resolución Ministerial N° 085-2007-PRODUCE. Artículo 3°.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción, cuya dirección es: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS RAÚL CASTILLO ROJAS Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 698792-2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 590-2011 -PRODUCE/DGEPP Lima, 14 de setiembre del 2011 Visto los escritos de registro N° 00091274-2010 y adjuntos N° 1, N° 2 y N° 3 de fecha 24 de noviembre de 2010, 31 de enero, 21 de febrero y 29 de marzo de 2011, presentados por FRANCISCA HUAMANCHUMO LLONTOP; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 9° del Decreto Supremo N° 003-98- PE, modifi cado por el artículo 1° del Decreto Supremo No 004-2007-PRODUCE, establece que la transferencia del permiso de pesca de embarcaciones bajo el Régimen de la Ley N° 26920, se efectuará conforme a las disposiciones contenidas en el artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca; Que, mediante Resolución Ministerial N° 649-97-PE de fecha 27 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca, entre otros, al señor NICOLAS CUSTODIO UCHOFEN, para operar las embarcaciones pesqueras BEATITA DE HUMAY 1 con matrícula PL-10319-CM y BEATITA DE HUMAY 3 con matrícula PL-4851-CM, con 33.17 y 35.92 m3 de capacidad de bodega, respectivamente, para la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta v sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de ½” pulgada (13 mm.); Que, mediante Resolución Directoral N° 396-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 06 de noviembre de 2003, se otorgó al señor NICOLAS CUSTODIO UCHOFEN y a su esposa FRANCISCA HUAMANCHUMO DE CUSTODIO, autorización de incremento de fl ota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera BEATITA DE HUMAY 1 con matrícula PL-10319- CM, para la construcción de una (01) embarcación pesquera de madera con 33.17 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamaño de mínimo de abertura de malla de ½” pulgada (13 mm) y 1 ½” pulgadas (38 mm) respectivamente; Que, mediante Resolución Directoral Nº 399-2003- PRODUCE/DNEPP de fecha 06 de noviembre de 2003, en su artículo 1°, se reconoce la capacidad de bodega en 39.10 m3 de la embarcación pesquera BEATITA DE HUMAY 3 con matrícula PL-4851-CM. Asimismo. a través del artículo 3°, se otorgó al señor NICOLAS CUSTODIO UCHOFEN y a su cónyugue FRANCISCA HUAMANCHUMO DE CUSTODIO, autorización de incremento de fl ota vía sustitución de igual capacidad de bodega de la embarcación pesquera BEATITA DE HUMAY 3 con matrícula PL-4851-CM, para la construcción de una (1) embarcación pesquera de madera con 39.10 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano indirecto, utilizando para ello redes de cerco con tamaño