Norma Legal Oficial del día 05 de octubre del año 2011 (05/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451125

Que, a folios 68 y 64 obran la inscripcion registral de los titulos de dominio por la cual MORDAZA MORDAZA LLONTOP MORDAZA de MORDAZA, ha adquirido el dominio como unica propietaria de las embarcaciones pesqueras BEATITA DE HUMAY 1 de matricula PL-10319-CM y BEATITA DE HUMAY 3 de matricula PL-4851-CM, en virtud al contrato de compraventa celebrado con su ex-copropietaria MORDAZA MORDAZA HUAMANCHUMO; Que, mediante MEMORANDO N° 960-2011PRODUCE/OGA/OEC de fecha 05 de agosto del 2011, la Oficina de Ejecucion Coactiva del Ministerio de la Produccion, senalo que la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 1 de matricula PL-10319-CM, no registra deuda y respecto a la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 3 de matricula PL-4851-CM existe multa cuya ejecucion ha sido suspendida temporalmente por haber interpuesto el obligado una demanda de revision judicial contra el Procedimiento de Ejecucion Coactiva ante la Sala Superior Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, la Oficina de Asesoria Juridica, ha interpretado el tercer parrafo del articulo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca, en el extremo del condicionamiento en caso de deuda, advirtiendo que solo procedera dicho supuesto siempre que el acto impugnado administrativa o judicialmente sea el acto administrativo sancionador, vale decir, no procede otorgar el cambio de titular del permiso de pesca, cuando se inicie un MORDAZA de revision judicial; motivo por el cual, mediante Oficio N° 1640-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi se comunico a la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP, que la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 3 de matricula PL-4851-CM, no se encuentra en los supuestos del articulo 34° que permitirian otorgar el cambio de titular dl permiso de pesca de manera condicionada, en concordancia a la opinion vertida por la Oficina General de Asesoria Juridica de este Ministerio, mediante Informe N° 043-2011-PRODUCE/OGAJ-SFM; Que, con fecha 12 de MORDAZA de 2011, segun consta en el Cargo de Recepcion obrante en fojas 81 del expediente, la senora MORDAZA MORDAZA (relacion con el notificadoempleada) identificada con D.N.I. N° 32980714 recepciona el Oficio N° 1640-2011-PRODUCE/DGEPP-Dchi; Que, de la evaluacion efectuada al expediente presentado, se determina que la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP ha cumplido con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 7 del Texto unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE, y sus modificatorias, asi como los requisitos sustantivos de la normatividad pesquera vigente; en el extremo del cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 1 de matricula PL-10319-CM; por lo que es pertinente viable aprobar el citado procedimiento; Que, asimismo teniendo en cuenta que la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP, no ha subsanado la observacion efectuada en el extremo de su solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 3 de matricula PL-4851-CM esta deviene en improcedente, toda vez que en opinion de la Oficina General de Asesoria Juridica-OGAJ, consignada en la Resolucion Vice-Ministerial N° 043-2011-PRODUCE/DVP, no procede otorgar el cambio de titular del permiso de pesca, cuando se MORDAZA iniciado un MORDAZA de revision judicial; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Tecnico N° 1088-2010-PRODUCE/DGEPP e Informe complementario N° 135-2011-PRODUCE/DGEPP, informe N° 5222011-PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Legal N° 4552011-PRODUCE/DGEPP y Memorando N° 808-2011PRODUCE/DGEPP; De conformidad al Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, y el Texto unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE, y sus modificatorias; y,

En uso de las facultades conferidas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar a favor de la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 1 de matricula PL-10319-CM, con 33.17 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado por Resolucion Ministerial N° 649-97-PE de fecha 27 de octubre de 1997. Articulo 2°.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 3 de matricula PL4851-CM, solicitado por la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP, por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 3°.- La vigencia del permiso de pesca a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 4°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcacion pesquera BEATITA DE HUMAY 1 de matricula PL-10319-CM, consignada en la Resolucion Ministerial N° 649-97-PE de fecha 27 de octubre de 1997. Articulo 5°.- Incorporar a la senora MORDAZA MORDAZA LLONTOP como titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera; BEATITA DE HUMAY 1 de matricula PL-10319-CM en el literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial N° 084-2007-PRODUCE y en el Anexo II de la Resolucion Ministerial N° 086-2007PRODUCE. Articulo 6°.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 698792-5 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 591-2011-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 14 de setiembre del 2011 Visto: Los escritos con Registro Nº 00036698-2011 , adjuntos 01, 02, 03, 04 y 05 de fechas 28 de MORDAZA, 01 y 22 de junio, 01 y 21 de MORDAZA y 19 de agosto del 2011, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE FIESTAS. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo, que no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes

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