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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (05/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451131 Derogan el D.S. Nº 034-2011-RE que ratifica la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre Suiza y Perú relativo al Programa Apoyo a la Descentralización en el Espacio Rural (APODER)- Fase II DECRETO SUPREMO Nº 112-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y el Consejo Nacional de Descentralización (CND) relativo al Programa Apoyo a la Descentralización en el Espacio Rural (APODER) - Fase II, suscrita el 14 de enero de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú, ha sido ratifi cada por Decreto Supremo Nº 003-2011-RE de 14 de enero de 2011; Que, del mismo modo, dicha Enmienda fue nuevamente ratifi cada por Decreto Supremo Nº 034-2011-RE de 30 de marzo de 2011; y, Que, a fi n de establecer un orden sistemático dentro de los actos con los que el Estado peruano pueda consentir en obligarse a los tratados, de conformidad con lo dispuesto en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969; DECRETA: Artículo 1º.- Derógase el Decreto Supremo Nº 034-2011-RE de 30 de marzo de 2011, que ratifi ca la Enmienda al Acuerdo de Cooperación entre la Confederación Suiza, representada por la Embajada de Suiza - Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, representada por el Ministerio de Relaciones Exteriores - Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y el Consejo Nacional de Descentralización (CND) relativo al Programa Apoyo a la Descentralización en el Espacio Rural (APODER) - Fase II, suscrita el 14 de enero de 2009, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 699356-5 Nombran Cónsul Honorario del Perú en San Salvador, República de El Salvador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 362-2011-RE Lima, 4 de octubre de 2011 VISTA: La propuesta de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares de formalizar el nombramiento de un Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador; CONSIDERANDO: Que, la Resolución Suprema Nº 326-2011-RE, de fecha 19 de agosto de 2011, da por terminada las funciones del señor Luis Ortega Navarrete como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador; Que, mediante la Nota DGPO/RMF/Nº 0002084 la Dirección General de Protocolo y Órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de El Salvador comunica su conformidad para la designación del señor Mariano Gustavo Olazábal Balcázar como Cónsul Honorario del Perú en San Salvador, República de El Salvador; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en la República de El Salvador; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 105º al 109º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 05 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar al señor Mariano Gustavo Olazábal Balcázar como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, con circunscripción en la localidad. Artículo 2º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 699356-7 Delegan facultades para la suscripción del “Convenio Complementario del Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Cuba” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 363-2011-RE Lima, 4 de octubre de 2011 Visto el Memorándum (DGA) Nro. DGA0572/2011 de 29 de septiembre de 2011 de la Dirección General de América del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Convenio Complementario del Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Cuba”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona de la señora Marisol Espinoza Cruz, Primera Vicepresidenta de la República, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Convenio Complementario del Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Cuba”.