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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de octubre de 2011 451130 RELACIONES EXTERIORES Ratifican la Enmienda Nº Uno al Convenio de Donación de USAID N° 527-0422 DECRETO SUPREMO N° 109-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Enmienda Nº Uno al Convenio de Donación de USAID Nº 527-0422 “Programa Umbral de la Cuenta del Desafío del Milenio para Combatir la Corrupción y Aumentar las Tasas de Inmunización”, fue suscrita el 14 de julio de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación interna del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118.11 de la Constitución Política del Perú y el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la Enmienda Nº Uno al Convenio de Donación de USAID Nº 527-0422 “Programa Umbral de la Cuenta del Desafío del Milenio para Combatir la Corrupción y Aumentar las Tasas de Inmunización”, suscrita el 14 de julio de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 699356-2 Ratifican la adhesión del Perú al “Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certificados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile” DECRETO SUPREMO Nº 110-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el “Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certifi cados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, fue hecho el 5 de diciembre de 2002, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57º y 118º de la Constitución Política del Perú y el artículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase la adhesión del Perú al “Protocolo de Integración Educativa y Reconocimiento de Certifi cados, Títulos y Estudios de Nivel Primario y Medio No Técnico entre los Estados Partes del MERCOSUR, la República de Bolivia y la República de Chile”, hecho el 5 de diciembre de 2002, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil. Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 699356-3 Ratifican el Acuerdo relativo al Apoyo al Programa Quinquenal 2006-2010 de la Defensoría del Pueblo DECRETO SUPREMO N° 111-2011-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Acuerdo entre Suiza, Representada por la Embajada de Suiza – Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y la Defensoría del Pueblo (Defensoría) relativo al Apoyo al Programa Quinquenal 2006-2010 de la Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos “La promoción de la equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos” Fase 3: 01 de marzo de 2006 – 28 de febrero 2010 No. 7F-02645.03, fue hecho el 24 de febrero de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; Que,de conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley No. 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratifi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el Acuerdo entre Suiza, Representada por la Embajada de Suiza – Agencia Suiza para el Desarrollo y la Cooperación (COSUDE) y la República del Perú, Representada por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y la Defensoría del Pueblo (Defensoría) relativo al Apoyo al Programa Quinquenal 2006-2010 de la Defensoría del Pueblo a través de la Canasta de Fondos “La promoción de la equidad e inclusión para la realización de los derechos humanos” Fase 3: 01 de marzo de 2006 – 28 de febrero 2010 No. 7F-02645.03, hecho el 24 de febrero de 2006, en la ciudad de Lima, República del Perú. Artículo 2°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 699356-4