Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2011 (28/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

452360

NORMAS LEGALES
ANEXO CUADRO DE SANCIONES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2011

Codigo

Infraccion

MORDAZA

Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras

Sancion

Determinacion de la sancion Extraer o procesar recursos hidrobiologicos sin el correspondiente permiso de pesca o licencia de operacion, o sin tener asignado un Limite MORDAZA de Captura por Embarcacion. 10 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Extraer recursos hidrobiologicos sin el correspondiente permiso de pesca por embarcaciones pesqueras de bandera extranjera:

Inmovilizacion de la embarcacion pesquera hasta que regularice su situacion legal o, en su caso, Decomiso y Grave paralizacion de las actividades 1.1 Multa de procesamiento hasta su regularizacion. Decomiso

Inmovilizacion de la embarcacion pesquera hasta que regularice su Decomiso y Grave situacion legal 1.2 Multa Decomiso

-

10 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. En caso no pueda determinarse la cantidad del recurso extraido, la multa se calculara asi: 10 x (capacidad total de bodega en m³ x factor del recurso) en UIT. Artesanales: El equivalente a US $ 2,000.00 (Dos mil y 00/100 dolares americanos) en moneda nacional.

-

Grave Decomiso

Decomiso y 1.3 Multa

Realizar actividades pesqueras encontrandose con el derecho administrativo suspendido: 8 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Realizar actividades pesqueras sin la suscripcion del convenio de acceso al regimen de pesca o del Programa de Vigilancia y Control, de la pesca y desembarque en el ambito marino: Embarcaciones pesqueras: 8 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Suspension del permiso de pesca hasta que regularice su situacion. Tratandose de Establecimientos Industriales Pesqueros: 8 x (cantidad del recurso en t) x (factor del recurso) en UIT. Suspension de la licencia de operacion hasta que regularice su situacion. Producir harina residual utilizando recursos hidrobiologicos que no tengan la condicion de desechos o descartes, sin contar con la correspondiente licencia: Capacidad instalada x 1 UIT. Suspension de la licencia de operacion por veinticinco (25) dias efectivos de procesamiento.

1

Realizar actividades pesqueras o acuicolas sin la concesion, autorizacion, permiso o licencia correspondiente o si estos se Suspension hasta que regularice su encuentran suspendidos o sin la suscripcion Decomiso, del convenio correspondiente o sin tener Grave situacion Multa y 1.4 asignado un Limite MORDAZA de Captura por Suspension Decomiso Embarcacion (LMCE).

Suspension de la Licencia de Multa y Operacion por quince (15) dias Grave Suspension 1.5 efectivos de procesamiento.

-

Realizar actividades acuicolas, incluyendo las de investigacion acuicola o acciones de incubacion de ovas, poblamiento o repoblamiento, sin contar con la correspondiente autorizacion o concesion. Acuicultura - De subsistencia: 0.1 UIT - De menor escala : 3 UIT - De mayor escala : 6 UIT - Investigacion: 0.2 UIT - Poblamiento o repoblamiento: 0.2 UIT. Tratandose de ambientes naturales, se debera proceder a retirar las instalaciones en un plazo MORDAZA de siete (7) dias calendario de detectada la infraccion; caso contrario, se le sancionara con el doble de la multa a imponerse. Realizar actividades extractivas de recursos hidrobiologicos en zonas diferentes a las senaladas en los derechos otorgados, o en areas reservadas o prohibidas: Decomiso y Decomiso, Grave Suspension del permiso de pesca por Multa y 2.3 quince (15) dias efectivos de pesca. Suspension - 10 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Tratandose de embarcaciones que no registraron descargas, la multa se aplicara de acuerdo a lo siguiente: 10 (Capacidad de bodega en metros cubicos) x (factor del recurso), en UIT. - Suspension del permiso de pesca por 30 dias efectivos de pesca. Realizar actividades pesqueras artesanales de cerco dentro de las 5 millas de costa frente al litoral de la Region Tumbes: Suspension por veinte (20) dias efectivos de pesca Decomiso, Multa y 2.4 Suspension 10 x (cantidad del recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Tratandose de embarcaciones que no registraron descargas, la multa se aplicara de acuerdo a lo siguiente: 10 (Capacidad de bodega en metros cubicos) x (factor del recurso), en UIT. Suspension del permiso por veinte (20) dias efectivos de pesca.

No

Multa

1.7

2

Realizar actividades extractivas de recursos hidrobiologicos plenamente explotados o declarados en recuperacion, inexplotados o subexplotados, no autorizados o hacerlo en zonas diferentes a las senaladas en el permiso de pesca o en areas reservadas o prohibidas.

Grave

Extraer, descargar, procesar, comercializar, transportar y/o almacenar recursos hidrobiologicos declarados en MORDAZA, asi como la utilizacion de los mismos en la preparacion y expendio de alimentos o exceder los porcentajes establecidos de captura de ejemplares en tallas o pesos menores y los de la captura de las especies asociadas o dependientes.

Extraer o descargar recursos hidrobiologicos declarados en veda: Decomiso y Suspension del permiso Decomiso, por quince (15) dias efectivos de Multa y 6.1 pesca Suspension 10 x (cantidad de recurso en t. x factor del recurso) en UIT. Suspension del permiso de pesca por treinta (30) dias efectivos de pesca.

6

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