Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2011 (28/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2011

Articulo Primero.- Autorizar a BREVETES INKA PERU S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria Nº 1 2 MORDAZA TOYOTA TOYOTA MODELO VITZ YARIS 1.3 GSL CLASE AUTOMOVIL (M1) AUTOMOVIL (M1)

I, en los locales, con la plana docente y flota vehicular autorizados en la Resolucion Directoral Nº 3058-2011MTC/15. Articulo Segundo.- Autorizar a BREVETES INKA PERU S.A.C., el incremento de su flota vehicular, incorporando los siguientes vehiculos: Nº CHASIS KSP905011390 JTDKW923XA5155517 Nº DE MOTOR 1KR0109296 2NZ5777201 ANO FAB. 2005 2010 PLACA A2D-324 B1B-546

Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion,

siendo de cargo de BREVETES INKA PERU S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 704949-1

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo del Seguro Integral de Salud a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION JEFATURAL Nº 157-2011/SIS MORDAZA, 26 de octubre de 2011 VISTO: El Memorando Nº 2314-2011-SIS-OGAR de la Oficina General de Administracion de Recursos, el Informe Nº 705-2011-SIS-OGAR/SGP de la Sub Gerencia de Personal y el Informe Nº 369-2011-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 012-2004TR, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, a traves de su programa "Red CIL Proempleo" proporcionara diariamente al Instituto de Radio y Television del Peru la informacion vinculada con la oferta de trabajo del sector publico y privado, a efectos del cumplimiento del articulo 1º de la Ley Nº 27736, la misma que sera difundida por MORDAZA 7 y Radio y Television del Peru, en el horario que disponga dicha entidad; Que, el articulo 2º del precitado dispositivo legal senala que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar, con excepcion de los clasificados como de confianza, conforme a la normatividad legal vigente; asimismo, establece que los organismos publicos y empresas del Estado designaran al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo mediante resolucion del titular de la entidad, publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 69º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010, establece que la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo es un organo de linea,

responsable de proponer, ejecutar, dirigir y evaluar la politica y la normativa en materia de intermediacion laboral publica y privada. Asimismo, regula, coordina, ejecuta y supervisa la articulacion de los servicios en materia de promocion del empleo y capacitacion laboral; que se prestan a nivel nacional, regional y local, integrados en una Red Nacional bajo su coordinacion y asistencia tecnica; asumiendo las funciones del ex Programa "Red Cil Proempleo" a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 070-2011/ SIS de fecha 1 de junio de 2011, se designo a la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Jefe de la Oficina de Administracion del Seguro Integral de Salud, como funcionaria responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, las ofertas de empleo del Seguro Integral de Salud ­ SIS, a que hace referencia el dispositivo legal senalado precedentemente; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 112-2011/ SIS de fecha 4 de agosto de 2011, se da por concluida la designacion de la CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Administracion del Seguro Integral de Salud, CAP Nº 041; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 115-2011/SIS de fecha 5 de agosto de 2011, se encargo al abogado MORDAZA Stalin MORDAZA MORDAZA en el cargo de confianza de Jefe de la Oficina General de Administracion de Recursos del Seguro Integral de Salud, CAP Nº 041, con retencion de su Plaza de origen; Que, de acuerdo al documento de visto, la Sub Gerencia de Personal senala la necesidad de dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 070-2011/SIS y propone designar al Abogado MORDAZA Stalin MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad a la Direccion General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que deje sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 070-2011/SIS y designe al Abogado MORDAZA Stalin MORDAZA MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 070-2011/SIS, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion.

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