Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (28/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de octubre de 2011 452373 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Víctor Augusto Fajardo Camero y Guido Tulio Zavalaga Ortigosa, Inspectores de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 30 de octubre al 13 de noviembre de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (para dos personas, incluido el TUUA) US$ 3,002.74 Viáticos (para dos personas) US$ 6,160.00 Artículo 3º.- Dentro de los siete (7) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los inspectores mencionados en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- Los inspectores mencionados en la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con copia a la Ofi cina General de Administración del citado Ministerio, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje y la rendición de cuentas documentada por los viáticos entregados. Artículo 5º.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 709974-8 Aceptan renuncia y encargan funciones de Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 762-2011-MTC/01 Lima, 26 de octubre de 2011 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución Ministerial N° 733-2011- MTC/01, se designó al señor José Luis Arancel Díaz, en el cargo público de confi anza de Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la misma y encargar las funciones correspondientes al citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 29158 y 29370, y el Decreto Supremo N° 021- 2007-MTC y sus modifi catorias. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor José Luis Arancel Díaz, al cargo público de confi anza de Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Encargar al señor José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de la Dirección General Transporte Acuático, las funciones de Director General de la Dirección General de Transporte Terrestre, en tanto se designa a su Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 709624-1 Autorizan a Brevetes Inka Perú S.A.C. a impartir cursos de capacitación para obtener licencia de conducir clase A categoría I así como el incremento de flota vehícular RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 3572-2011-MTC/15 Lima, 23 de setiembre de 2011 VISTO: El Parte Diario Nº 102317 de fecha 02 de septiembre de 2011, presentado por BREVETES INKA PERÚ S.A.C., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 3058-2011- MTC/15 de fecha 15 de agosto de 2011, se autorizó a BREVETES INKA PERU S.A.C., en adelante La Escuela, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales en la ciudad de Lima, a fi n de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, así como la formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B Categoría II-c; Que, mediante Parte Diario Nº 102317 de fecha 02 de septiembre de 2011, La Escuela solicita autorización para impartir cursos de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoría I y el incremento de su fl ota vehicular, proponiendo a los siguientes vehículos: A2D-324 y B1B-546; Que, la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040- 2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, además de capacitar a los conductores de las clases A categoría II y III, podrán impartir cursos de capacitación a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoría I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento y cuenten con la autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer párrafo del artículo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modifi cación de autorización de la Escuela de Conductores cuando se produce la variación de alguno de sus contenidos indicados en el artículo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado en el Informe Nº 626- 2011-MTC/15.03.EC.pvc, de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se procede a emitir el acto administrativo correspondiente; y, De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;