Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2011 (28/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

452362
Codigo Infraccion MORDAZA

NORMAS LEGALES
Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras Suspension de la licencia operacion por cinco dias. de Sancion

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2011 Determinacion de la sancion

Procesamiento industrial: Multa y 6 (exceso del recurso en toneladas x factor del recurso. 24.2 Suspension Suspension de la licencia por cinco (5) dias efectivos de procesamiento Arrojar los recursos hidrobiologicos capturados como pesca incidental: Multa 25.1 0.1 x (capacidad de bodega en m³) en UIT. Capturar peces para la utilizacion de gonadas (ovas o hueveras), mutilar sus aletas u otras partes de su organismo, impidiendo su optimo aprovechamiento: 0.2 x (capacidad de bodega en m³) en UIT.

No Arrojar los recursos hidrobiologicos capturados como pesca incidental, o aquellos que excedan los limites permisibles de pesca; asi como capturar peces para la utilizacion de gonadas (ovas o hueveras) o mutilacion de otras partes de su organismo.

25

No

Multa

25.2

No

Multa

Arrojar los recursos hidrobiologicos que excedan los limites permisibles 25.3 de pesca: 0.2 x (capacidad de bodega en m³) en UIT. Plantas de Consumo Humano Indirecto o de Reaprovechamiento que se encuentran operando al momento de la inspeccion:

Suspension de la licencia de operacion por 15 dias efectivos de procesamiento

Multa

26.1

Plantas de Consumo Humano Indirecto: 30 UIT Plantas de Reaprovechamiento: 10 UIT Suspension de la licencia de operacion por 15 dias efectivos de procesamiento.

26

Impedir u obstaculizar las labores de seguimiento, control, inspeccion, supervision y muestreo biometrico que realice el personal de la DIGSECOVI, IMARPE, IIAP, los observadores CIAT y los inspectores, supervisores o auditores ambientales acreditados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria u otras personas con facultades delegadas por la autoridad competente.

Suspension de la licencia de operacion por 15 dias efectivos de procesamiento

Multa

26.2 Si el E.I.P. no esta procesando: 15 UIT. Si el E.I.P. se encuentra operando al momento de la inspeccion y dedica 26.3 a la elaboracion de productos para CHD: 15 UIT. Suspension: 15 dias efectivos de procesamiento. 26.5 26.9 Si se trata de una embarcacion pesquera industrial y mayor escala: 25 UIT Si se trata de un centro de comercializacion o desembarcadero: 2.5 UIT

Multa Suspension del permiso de pesca por 15 dias

Multa Multa Multa Multa Multa Multa Multa

26.13 Si se trata de una embarcacion pesquera menor escala: 15 UIT 26.14 Si se trata de una embarcacion pesquera artesanal: 10 UIT 26.15 26.16 26.17 Impedir u obstaculizar labores de muestreo en E/P industrial o de mayor escala: 25 UIT. Impedir u obstaculizar labores de muestreo, en caso de embarcacion pesquera de menor escala: 15 UIT. Impedir u obstaculizar labores de muestreo en caso de embarcacion pesquera artesanal:10 UIT 1 x Capacidad de bodega x factor del recurso en UIT.

27

Operar barcos atuneros con capitanes no calificados por la CIAT. Realizar viajes de pesca de atun sin contar con balsa o un minimo de 3 lanchas rapidas o bridas de remolque o reflector de alta densidad o visores de buceo. Realizar viajes de pesca de atun sin contratar como parte de la tripulacion de la embarcacion de bandera extranjera con permiso de pesca, un minimo de 30% de personal de nacionalidad peruana. Realizar en la pesca de atun lances nocturnos (no completar el retroceso dentro de los 30 minutos despues de la puesta del sol). Efectuar lances sobre delfines despues de alcanzar el Limite de Mortalidad de Delfines (LMD) asignado, en la pesca del atun. No colocar rescatadores durante el retroceso, en la pesca del atun. Realizar viajes de pesca de atun sin contar con panos de proteccion de delfines debidamente "alineados", asi como con otros mecanismos que eviten danos a delfines de acuerdo al APICD. Danar o matar intencionalmente delfines en el curso de operaciones de pesca de atun. Embolsar o salabardear delfines vivos. No hacer esfuerzos continuos para la liberacion de delfines vivos retenidos en la red. Suministrar informacion incorrecta, o incompleta a las autoridades competentes o negarles acceso a los documentos relacionados con la actividad pesquera, cuya MORDAZA se exige.

Multa

28

No

Multa

Capacidad de bodega x factor del recurso en UIT.

29

No

Multa

5 UIT por cada tripulante de nacionalidad peruana no embarcado por faena de pesca.

30

No

Multa

Capacidad de bodega x factor del recurso en UIT.

31

No

Multa

Capacidad de bodega x factor del recurso en UIT.

32

No

Multa

Capacidad de bodega x factor del recurso en UIT.

33

No

Multa

Capacidad de bodega x factor del recurso en UIT.

34 35 36

No No No

Multa Multa Multa

20 UIT por cada delfin.

10 UIT por cada delfin. 5 UIT por cada MORDAZA

38

No

Multa

5 UIT.

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