Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2011 (28/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de octubre de 2011 Codigo Infraccion No presentar reportes, resultados, informes correspondientes u otros documentos cuya MORDAZA se exige, en la forma, modo y oportunidad que establezca la normativa vigente o la resolucion administrativa correspondiente. MORDAZA

NORMAS LEGALES
Medida Cautelar y Medidas Correctivas o Reparadoras Sancion Determinacion de la sancion

452363

39

No

Multa

5 UIT.

41

Recepcionar o procesar recursos hidrobiologicos, provenientes de Suspension de la licencia por embarcaciones pesqueras sin permiso de Multa y Grave quince (15) dias efectivos de pesca para el recurso o con el permiso de Suspension procesamiento. pesca suspendido o que no tengan acceso al recurso.

Para recurso hidrobiologico plenamente explotado: 50 UIT Para recurso hidrobiologico plenamente explotado: 50 UIT Suspension de treinta (30) dias efectivos de pesca. En caso de plantas de CHD/CHI que no cuentan con los citados Equipos e instrumentos: 15 UIT Suspension de la licencia hasta que cumpla con instalar los equipos e Instrumentos, que establece la MORDAZA correspondiente.

Paralizacion de actividades de Multa y Grave procesamiento hasta que instale los 45.1 Suspension equipos e instrumentos

45

En caso de tenerlos y no utilizarlos: 5 UIT Multa y 45.2 Suspension de la licencia de operacion de cinco (5) dias efectivos de Operar plantas de procesamiento de recursos Suspension procesamiento. hidrobiologicos de consumo humano directo, de consumo humano indirecto, de harina En caso de plantas de CHD/HR que no cuenten con los equipos e residual o de reaprovechamiento, sin contar instrumentos que establece la MORDAZA correspondiente: con los equipos e instrumentos que establece Paralizacion de actividades de la normativa correspondiente; o, teniendolos, Grave procesamiento hasta que instale los Multa y 45.3 - 10 UIT. Suspension no utilizarlos en el MORDAZA de produccion; u equipos e instrumentos - Suspension de la licencia hasta que cumpla con instalar omitir su instalacion cuando se encuentren los equipos e instrumentos, que establece la MORDAZA obligados a ello. correspondiente. En caso de plantas de reaprovechamiento que no cuentan con los citados equipos e instrumentos: Paralizacion de actividades de Multa y Grave procesamiento hasta que instale los 45.4 Suspension equipos e instrumentos 10 UIT Suspension de la licencia hasta que cumpla con instalar los equipos e Instrumentos, que establece la MORDAZA correspondiente.

51

Importar especies en sus diferentes estadios biologicos con fines de acuicultura, sin contar con la Certificacion de la Direccion General de Acuicultura.

En el plazo de cinco (05) dias habiles con presentar el Certificado Sanitario o Patologico correspondiente. Tratandose de especies introducidas se devolveran las mismas al MORDAZA de origen o se donaran a las instituciones de investigacion pesquera.

Multa

-

2 UIT

54

Instalar infraestructura flotante en las orillas de la playa; a excepcion de aquellas que se instalen temporalmente dentro del area de sus concesiones para fines de manipuleo de los colectores, perl-nets o linternas para su posterior limpieza en tierra, fuera de la MORDAZA de influencia del area natural protegida.

Retiro de instalaciones en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de detectada la infraccion y suspension del derecho administrativo por 15 dias calendario.

Multa

-

Subsistencia: 0.5 UIT. Menor escala: 3 UIT. Mayor escala: 6 UIT.

57

Ocupar areas no otorgadas en concesion, asi como variar o implementar sus instalaciones en areas distintas a las que se indica en la concesion otorgada. Construir infraestructura de cultivo y para investigacion de acuicultura en fondos y aguas marinas y continentales sin contar con la autorizacion o concesion otorgada mediante la correspondiente resolucion.

Retiro de instalaciones en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de Multa y detectada la infraccion y suspension Suspension del derecho administrativo por 15 dias calendario. El administrado debera proceder a retirar sus instalaciones en el plazo MORDAZA de siete (07) dias calendario Multa de detectada la infraccion, caso contrario se aplicara el doble de la multa a imponerse

-

5 UIT x Ha. Ocupada Retiro de instalaciones en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario de detectada la infraccion y suspension del derecho administrativo por 15 dias calendario.

59

2 UIT x hectarea ocupada.

61

Extraer, acopiar, comercializar o transportar con fines ornamentales especies Decomiso del total de los recursos amazonicas de escama y de cuero Decomiso y Grave hidrobiologicos con devolucion a su prohibidas en el ROP de la Amazonia, en Multa medio natural. todos sus estadios biologicos provenientes del medio natural. Desembarcar el producto de la pesca en puntos diferentes a los autorizados por las Direcciones Regionales de la Produccion con jurisdiccion en la Amazonia. Operar plantas de procesamiento de harina y aceite de pescado, plantas de harina residual o plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos, sin contar con equipos de tratamiento de efluentes y de emisiones de acuerdo a su capacidad instalada, conforme a la normativa ambiental vigente; o teniendolos no utilizarlos, asi como exceder los limites maximos permisibles (LMP) de efluentes o emisiones.

4 x (valor del recurso)

62

No

Multa

-

E/P artesanales: 0.2 UIT. E/P de menor escala: 0.5 UIT. E/P de mayor escala: 2 UIT

64

Exceder los limites maximos permisibles (LMP) de efluentes o Suspension del Establecimiento emisiones: Industrial hasta que cumpla con la Multa y 64.3 2 x (Capacidad instalada) en UIT. Limites Maximos Permisibles de Suspension Suspension de la licencia de operacion hasta que cumpla con la Limites efluentes o emisiones Maximos Permisibles de efluentes o emisiones,

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