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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de octubre de 2011 452419 transcurrido el plazo fi jado para su ejecución. Las medidas cautelares previas deberán ser sustentadas en la resolución de sanción correspondiente, la misma que será aplicada para las siguientes infracciones administrativas: Códigos: 08 - 006, 08 - 010, 08 - 011, 08 - 012, 08 - 013, 08 - 015, 08 - 016, 08 - 017, 08 - 018 y 08 - 020. En las demás infracciones se aplicarán las sanciones previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA - 2011) DISPOSICIONES FINALES Primera.- Las disposiciones reglamentarias y complementarias requeridas para la aplicación de la presente Ordenanza serán aprobadas por Decreto de Alcaldía. Segunda.- Aprobar el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas 2011 (CISA-2011) que conforma la presente Ordenanza que se resume en lo siguiente: RESUMEN DEL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS (CISA - 2011) Nº ÓRGANOS COMPETENTES Nº Infracciones y Sanciones Administrativas a) GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL: 01 - Subgerencia de Planeamiento, Control Urbano y Licencias - Subgerencia de Centro Histórico 47 02 - Subgerencia de Planeamiento y Catastro Urbano 01 b) GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL: 03 - Subgerencia de Defensoría y Salud 15 c) GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS: 04 - Subgerencia de Saneamiento Ambiental 55 05 - Subgerencia de Comercio y Mercados 141 06 - Subgerencia de Defensa Civil 26 d) GERENCIA DE TRANSPORTE: 07 - Subgerencia de Transporte y Tránsito 164 e) SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA HUAMANGA: 08 - SAT - Huamanga 27 TOTAL 476 Tercera.- Para la aplicación de las infracciones emitidas por la Subgerencia de Transporte y Tránsito; exclusivamente el Policía Nacional de la dependencia de Transito aplicará la papeleta de infracción del RAISA de la MPH en materia de transporte y transito; en este caso, la copia de la papeleta de infracción constituye el dictamen de la infracción cometida y el pago el reconocimiento de la infracción y sanción impuesta. Según, el numeral modifi cado por el Artículo I del Decreto Supremo Nº 029- 2009-MTC. Cuarta.- Quedan facultados para suscribir las Resoluciones de Sanción Administrativa que se originen como consecuencia del procedimiento sancionador regulado en la presente Ordenanza los Gerentes, de acuerdo a su competencia. Mediante Resolución de Gerencia, los Gerentes pueden otorgar facultades de suscribir Resoluciones de Sanciones Administrativas a los Funcionarios asignados a su Área, en cuyo caso las responsabilidades son solidarias. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción y en el portal electrónico de la Municipalidad Provincial de Huamanga. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. AMILCAR HUANCAHUARI TUEROS Alcalde 708920-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASCENSION Nombran servidores en calidad de personal permanente, en el régimen normado por el Decreto Legislativo Nº 276 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0121-2011/MDA Ascensión, 14 de junio del 2011 VISTO: El Informe Nº 001-2011/CPN/MDA, de fecha diez de junio del año dos mil once, del Comité Evaluador para el proceso de nombramiento del personal administrativo y sus actuados, en observancia al Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM y demás normas legales aplicables; el proveído S/N del Despacho de Gerencia Municipal de fecha diez de junio del año dos mil once; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales, distritales, y las delegadas conforme a ley, son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo su fi nalidad el representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM se aprueba los Lineamientos para Nombramiento de Personal Contratado contemplando (02) clases de procesos (Proceso abreviado y proceso por concurso) con etapas y plazos claramente defi nidos, a los cuales deben sujetarse de manera obligatoria las entidades públicas de los tres niveles (Nacional, Regional y Local); Que, el artículo 3º de la acotada norma dispone que, sólo podrán participar en el concurso para nombramiento de personal contratado por servicios personales, todos los servidores de las distintas entidades estatales que, en el marco de lo dispuesto por la Quincuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29465 modifi cada con el Decreto de Urgencia Nº 113-2009, se encuentren actualmente ocupando plaza de personal contratado, por más de tres años, realizando labores de naturaleza permanente; Que, del mismo modo se precisa en el Numeral 4.1 del Lineamiento Nº 4º del Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM precitado dispone que, se encuentra comprendido el personal que a la fecha de emisión de los presentes Lineamientos, cuente con contrato vigente de servicios personales para labores de naturaleza permanente dentro de los regímenes de carrera por más de tres años consecutivos, los mismos que deberán ser contados desde el inicio de la relación contractual hasta el 01 de enero del 2010; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 058-2011/ MDA de fecha 17 de febrero del 2011, se aprobó la conformación del Comité Evaluador para el proceso de nombramiento del personal administrativo que reúna los