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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (28/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de octubre de 2011 452420 requisitos establecidos en el D.S. 111-2010-PCM y demás normas conexas; Que, el Comité Evaluador ha procedido oportunamente con la evaluación curricular y la evaluación técnica para posteriormente proceder con la entrevista personal a los postulantes, conforme se advierte de cada una de las actas que obran en los acompañados del informe Nº 001- 2011/CPN/MDA de fecha 10 de Junio del 2011 suscrito por el Comité Evaluador; por lo que es menester emitirse el correspondiente acto resolutivo; Que, por otro lado, conforme establece el Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el ingreso a la carrera pública administrativa será por el nivel inicial de cada grupo ocupacional, asimismo el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Pública Administrativa establece que el ingreso a la administración pública en la condición de servidor de carrera se efectúa obligatoriamente mediante concurso. La incorporación a la carrera administrativa será por el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postuló, y; Estando a las normas antes acotadas, por las consideraciones expuestas y con las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º , el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normatividad conexa. SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR en calidad de personal permanente inmerso en la planilla única de empleados de la Municipalidad Distrital de Ascensión, en el régimen normado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su correspondiente Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM., al siguiente personal que viene laborando en la institución: Nombres y Apellidos Cargo Plaza CODIGO Nivel de Remuneración Cargo Estructural Grupo Ocupacional Celestino Espinoza Zaravia Policía Municipal I 54 31053AP1 SP-AP1 Técnico Administrativo I Técnico Leoncio Boza Laurente Técnico Administrativo I 64 31053AP1 SP-AP1 Técnico Administrativo I Técnico Artículo Segundo.- ESTABLECER que los servidores nombrados deberá percibir como remuneración mensual total, el mismo monto que vienen percibiendo a la fecha de la emisión de la presente resolución, conforme al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigentes, en las plazas que han sido nombrados. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme lo dispone el numeral 9.3 de los lineamientos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM. Artículo Cuarto.- DISPONER el conocimiento de la presente resolución a los servidores nombrados y a las dependencias administrativas competentes para su cumplimiento del presente acto resolutivo sin obviar los apremios de ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RUBÉN ARIZAPANA TAIPE Alcalde 709514-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDIA Nº 0122-2011/MDA Ascensión, 14 de junio del 2011 VISTO: El Informe Nº 001-2011/CPN/MDA, de fecha diez de junio del año dos mil once, del Comité Evaluador para el proceso de nombramiento del personal administrativo y sus actuados, en observancia al Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM y demás normas legales aplicables; el proveído S/N del Despacho de Gerencia Municipal de fecha diez de junio del año dos mil once; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales, distritales, y las delegadas conforme a ley, son Órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo su fi nalidad el representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, mediante Decreto Supremo Nº 111-2010- PCM se aprueba los Lineamientos para Nombramiento de Personal Contratado contemplando (02) clases de procesos (Proceso abreviado y proceso por concurso) con etapas y plazos claramente defi nidos, a los cuales deben sujetarse de manera obligatoria las entidades públicas de los tres niveles (Nacional, Regional y Local); Que, el artículo 2º de la acotada norma dispone que, el nombramiento del servidor contratado para realizar funciones de carácter permanente que hubiera ingresado por concurso público de méritos a la entidad pública donde aspira a ser nombrado, se realizará a través de un procedimiento abreviado sin que sea necesario someterse a un nuevo concurso público de méritos; Que, del mismo modo se precisa en el Numeral 4.1 del Lineamiento Nº 4º del Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM precitado dispone que, se encuentra comprendido el personal que a la fecha de emisión de los presentes Lineamientos, cuente con contrato vigente de servicios personales para labores de naturaleza permanente dentro de los regímenes de carrera por más de tres años consecutivos, los mismos que deberán ser contados desde el inicio de la relación contractual hasta el 01 de enero del 2010; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 058-2011/ MDA de fecha 17 de febrero del 2011, se aprobó la conformación del Comité Evaluador para el proceso de nombramiento del personal administrativo que reúna los requisitos establecidos en el D.S. 111-2010-PCM y demás normas conexas; Que, el Comité Evaluador ha procedido oportunamente con la evaluación de los documentos de los postulantes, conforme se advierte de cada una de las actas que obran en los acompañados del informe Nº 001-2011/ CPN/MDA de fecha 10 de Junio del 2011 suscrito por el Comité Evaluador; por lo que es menester emitirse el correspondiente acto resolutivo; Que, por otro lado, conforme establece el Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, el ingreso a la carrera pública administrativa será por el nivel inicial de cada grupo ocupacional, asimismo el Decreto Supremo Nº 005-90- PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Pública Administrativa establece que el ingreso a la administración pública en la condición de servidor de carrera se efectúa obligatoriamente mediante concurso. La incorporación a la carrera administrativa será por el nivel inicial del grupo ocupacional al cual postuló, y; Estando a las normas antes acotadas, por las consideraciones expuestas y con las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º , el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y demás normatividad conexa. SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR en calidad de personal permanente inmerso en la planilla única de empleados de la Municipalidad Distrital de Ascensión, en el régimen normado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su correspondiente Reglamento D.S. Nº 005-90-PCM., al siguiente personal que viene laborando en la institución: