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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (28/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 28 de octubre de 2011 452421 Artículo Segundo.- ESTABLECER que los servidores nombrados deberá percibir como remuneración mensual total, el mismo monto que vienen percibiendo a la fecha de la emisión de la presente resolución, conforme al Cuadro de Asignación de Personal (CAP) y Presupuesto Analítico de Personal (PAP) vigentes, en las plazas que han sido nombrados. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, conforme lo dispone el numeral 9.3 de los lineamientos aprobado mediante Decreto Supremo Nº 111-2010-PCM. Artículo Cuarto.- DISPONER el conocimiento de la presente resolución a los servidores nombrados y a las dependencias administrativas competentes para su cumplimiento del presente acto resolutivo sin obviar los apremios de ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RUBÉN ARIZAPANA TAIPE Alcalde 709514-2 Nombres y Apellidos Cargo Plaza CODIGO Nivel de Remuneración Cargo Estructural Grupo Ocupacional T.P.S.E. Yessica Ricse Breña Secretaria II 3 31053AP2 SP-AP2 Técnico Administrativo I Técnico T.P.C Alberto Araujo Condori Técnico Administrativo I 34 31053AP1 SP-AP1 Técnico Administrativo I Técnico MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARCOS Ratifican el Acuerdo Nº 028-2011 respecto de la aprobación de la exoneración de procesos de selección para obras que se encuentran en situación de emergencia ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2011-MDSM-A San Marcos, 19 de octubre del 2011 VISTO: En la Sesión Ordinaria Nº 20-2011, de fecha 19 de Octubre del presente, en la Sesión Extraordinaria Nº 07- 2011, de fecha 27 de setiembre del 2011, el Informe Nº 882-2011-MDSM-GADUR/JLRG/G, el Informe Nº 883- 2011-MDSM-GADUR/JLRG/G, el Informe Legal Nº 211- 2011-MDSM-GAJ, el Informe Legal Nº 212-2011-MDSM- GAJ, documentos de fecha 27 de Setiembre del presente año y el Acuerdo de Concejo Nº 028-2011 de fecha 30 de Setiembre del 2011; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, la autonomía de los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo de administración, con sujeción al orden jurídico, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, “la fi nalidad de los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; Que, el Artículo 20º literal b) de la Ley de Contrataciones del Estado, respecto a la Exoneración de procesos de selección, están exoneradas de los procesos de selección las contrataciones que se realicen, ante una situación de emergencia derivada de acontecimientos catastrófi cos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; Que, Artículo 21º Segundo Párrafo de la Ley de Contrataciones del Estado, las copias de dichas Resoluciones o Acuerdos y los informes que los sustentan deben remitirse a la Contraloría General de la República y publicarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE), dentro de los diez (10) días hábiles de su aprobación, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Están exonerados de las publicaciones los casos a que se refi ere el inciso d) del artículo 20º de la presente norma. Que, en la Sesión Extraordinaria Nº 07-2011, de fecha 27 de Septiembre del 2011, el Pleno analizó el informe expuesto por el Gerente de Acondicionamiento de Desarrollo Urbano y Rural en el que se planteó la necesidad de exonerar los procesos de selección de obras que requieren su pronta ejecución puesto que se encuentran en situación de emergencia, siendo la “Construcción de la Barrera Dinámica del Barrio Huallanca y “Construcción del Muro de Contención del Barrio La Florida; Que, el Informe Nº 462-MDSM-SG de fecha 19 de Octubre del presente año, remitido por Secretaria General, en el que se solicita ratifi car el Acuerdo de Concejo Nº 28-2011 de fecha 30 de Setiembre del 2011, puesto que no se ha realizado la publicación del mismo ya que se ha realizado el reconocimiento de fi rmas por el Diario El Peruano con fecha 14 de Octubre del presente año en curso y no se ha publicado el mencionado acuerdo, documento que fue tratado en la Sesión de Concejo Nº 20-2011 de fecha 19 de Octubre del presente. Que, luego de la exposición se procedió al intercambio de opiniones y en mérito al Artículo 9 y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se tomó el siguiente acuerdo; SE ACUERDA: Artículo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 028-2011 de fecha 30 de Setiembre del 2011, respecto a la APROBACIÓN de la exoneración de los Procesos de Selección, para las obras que se encuentran en situación de emergencia, siendo las siguientes: • Construcción de la Barrera Dinámica del Barrio Huallanca. • Construcción del Muro de Contención del Barrio La Florida. Artículo Segundo.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado- SEACE dentro del plazo establecido por Ley y REMITIR copia a la Contraloría General de la República a fi n de tome conocimiento del mismo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR N. UGARTE SALAZAR Alcalde 709517-1