Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2011 (07/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de setiembre de 2011

Articulo 21°.- USOS ESPECIALES (OU) Los aportes establecidos por la Ordenanza N° 836MML para Usos Especiales (OU), deben ser otorgados en terrenos adecuados tanto en sus dimensiones como en su relieve. En los proyectos de habilitacion MORDAZA, no se permitira el aporte en terrenos que no tengan el frente normativo minimo establecido para los predios con zonificacion Residencial de Densidad Media (RDM) de uso multifamiliar, asi como en terrenos con pendiente uniforme superior al 24%. La altura de edificacion sera evaluada en el MORDAZA de licencia de edificacion con base en el uso propuesto, el planteamiento general y el estudio volumetrico presentado por el administrado, en relacion al contexto MORDAZA colindante. El requerimiento de plazas de estacionamiento, sera determinado por el Area de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad, en funcion a los Indices de Estacionamiento del uso propuesto o similar. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

propuesta trabajada conjuntamente con los miembros integrantes de la Comision de Infraestructura y Medio Ambiente; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la Ordenanza que MORDAZA el Regimen de tenencia y Registro de Canes en el Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que consta de ocho titulos, veinticinco articulos, dos Disposiciones Transitorias y seis Disposiciones Complementarias. Articulo Segundo.- DEROGUESE todas las Ordenanzas y normas que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal el seguimiento y cumplimiento de la presente Ordenanza y a traves de la Unidad de Informatica la publicacion del integro de la presente Ordenanza en el MORDAZA Institucional: www.stamariadelmar.gob.pe Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

MORDAZA RODA SCHEUCH DE MORDAZA Alcaldesa 685884-1

MORDAZA RODA SCHEUCH DE MORDAZA Alcaldesa 685884-2

MORDAZA el Regimen de tenencia y registro de canes en el distrito
ORDENANZA Nº 156-2011-MSMM LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo del dia 25 de agosto del 2011; ha dado la siguiente; y, VISTO: En sesion de concejo la propuesta presentada por la Comision de Infraestructura y Medio Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por el articulo Unico de la Ley 28607 ­ Ley de reforma Constitucional, articulo 40º de la Ley 27783 ­Ley de bases de la Descentralizacion y el articulo II de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 4.2 del articulo 80 de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, prescribe que es competencia municipal controlar la sanidad animal, en sus respectivas jurisdicciones; Que, el articulo 10 de la Ley Nº 27596 que regula el Regimen Juridico de Canes y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2002-SA, modificado con Resolucion Ministerial N° 841-2003-SA/DM establece la competencia de las Municipalidades en lo que respecta al regimen administrativo de la tenencia de canes; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la acotada Ley, las Municipalidades Distritales y Provinciales, respecto del Cercado, dictaran las normas reglamentarias necesarias para su aplicacion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 124 de la Ley General de Salud, Nº 26842 los organos desconcentrados o descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su ambito, medidas de prevencion y control de caracter general o particular en las materias de su competencia; Que, en Sesion Ordinaria de Concejo del dia 25 de agosto del 2011 del ano en curso, la senora MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Alcaldesa de esta Municipalidad expuso la importancia de esta nueva

Regulan actividades economicas y expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de MORDAZA
ORDENANZA Nº 157-2011-MSMM LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo del dia 25 de agosto del 2011; ha dado la siguiente; y, VISTO: En sesion de concejo la propuesta presentada por la Comision de Desarrollo Social y Servicios; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por el articulo Unico de la Ley 28607 ­ Ley de reforma Constitucional, articulo 40º de la Ley 27783 ­Ley de bases de la Descentralizacion y el articulo II de la Ley Nº 27972 ­Ley Organica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, de conformidad con los articulos VI y X del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo economico local con incidencia en la micro y pequena empresa; asimismo, el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento economico , la justicia social y la sostenibilidad ambiental; Que, de el articulo 79º numeral 03, apartado 3.6 de la Ley Organica de Municipalidades prescribe que una de las funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales es normar, regular y otorgar licencias de funcionamiento; asimismo el articulo 83º de la acotada ley prescribe como una funcion especifica de la Municipalidad Distrital, el regular las normas sobre distribucion y comercializacion de bebidas, alimentos, asi como del comercio ambulatorio; Que, en Sesion Ordinaria de Concejo del dia 25 de agosto del 2011 del ano en curso, la Comision de Desarrollo Social y Servicios expuso la importancia de esta nueva propuesta trabajada conjuntamente con los miembros que integran dicha Comision;

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