Norma Legal Oficial del día 07 de septiembre del año 2011 (07/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 7 de setiembre de 2011

4.2- Lote con frentes opuestos a vias publicas (Ver Esquema Grafico Nº 02) tiene caracter de Ley · Por el frente del lote con pendiente hacia abajo, la altura MORDAZA edificable se podra extender hasta las dos terceras partes de la profundidad del lote, mientras que por el frente del lote con pendiente hacia arriba, se

podra edificar pisos adicionales con un retranque de 3.00 m desde el alineamiento de fachada del piso inmediato inferior. Cabe precisar, que los numerales 4.1 y 4.2 se refieren al perfil natural del terreno, independientemente del movimiento de tierras que el proyecto requiera ejecutar.

Articulo 5°.- Altura MORDAZA Edificable en lotes con pendiente variable El proyectista tomara como referencia lo anteriormente senalado en los articulos 3º y 4º para ser aplicado al tramo, que le corresponda, de la pendiente variable, debiendo justificar su interpretacion en la memoria descriptiva y los planos del proyecto para conocimiento y evaluacion de la Comision Tecnica.

Articulo 6°.- Altura MORDAZA Edificable en lotes con frente directo al mar En los lotes sobre el acantilado con pendiente hacia abajo (talud frente al mar), el numero de pisos por debajo de la altura MORDAZA edificable sera libre, siempre y cuando cada piso adicional se retranque 3.00 m desde el alineamiento de la fachada con vista al mar del piso inmediato inferior. Para tal efecto, solo se permitira alterar

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