NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 47
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 450009 Tercero.- El plazo para que los Usuarios Intermedios y Finales puedan remitir al OSITRAN sus comentarios y observaciones sobre dicho proyecto de adecuación del Reglamento de Reclamos presentado por COVIPERU es de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación, de la presente Resolución, en el Diario Ofi cial El Peruano. Cuarto.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser remitidos a OSITRAN, a nombre del Sr. Luis Alberto Taipe Silva, Jefe de Carreteras del Sur de la Gerencia de Supervisión, sito en Av. República de Panamá 3659 – San Isidro – Lima. Quinto.- Notifi car la presente Resolución a COVIPERU S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIGI D’ALFONSO CROVETTO Gerente de Supervisión OSITRAN 691081-3 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre productos naturales, productos químicos industriales, aceites esenciales y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 035-2011/CNB-INDECOPI Lima, 31 de agosto de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081- 2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comité Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/CNB- INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Productos Naturales, b) Tecnología química, c) Gestión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, d) Aditivos alimentarios y e) Industria de la pintura y el color de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Productos Naturales, 02 PNTP, el 19 de abril de 2011 y 01 PNTP, el 28 de abril de 2011 b) Tecnología química, 03 PNTP, el 19 de abril de 2011 y 02 PNTP, el 01 de junio de 2011 c) Gestión de la investigación, desarrollo tecnológico e innovación, 01 PNTP, el 13 de mayo de 2011 d) Aditivos alimentarios, 01 PNTP, el 18 de mayo de 2011 e) Industria de la pintura y el color, 01 PNTP, el 28 de junio de 2011 Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas, 02 PNTP del acápite b) y 1 PNTP del acápite e) mediante el Sistema 1 o adopción y sometidos a Discusión Pública por un periodo de 30 días calendario contados a partir del 28 de julio de 2011, y los restantes mediante el Sistema 2 u ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un periodo de 60 días calendario; contados a partir del 25 junio de 2011. Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolución 048-2008/CNB- INDECOPI, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 31 de agosto de 2011. RESUELVE Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP-NA 0088:2011 PRODUCTOS NATURALES. Hojas de yacón (Smallanthus sonchifolius). Requisitos. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 011.351:2007 NTP-NA 0087:2011 PRODUCTOS NATURALES. Yacón (Smallanthus sonchifolius). Defi niciones, clasifi cación y requisitos. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 011.350:2006 NTP-NA 0085:2011 PRODUCTOS NATURALES. Camu camu (Myrciaria dubia H.B.K. Mc Vaugh). Defi niciones, clasifi cación y requisitos. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 011.030:2007 NTP 311.110:2011 PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES. Muestreo para sólidos y líquidos simples. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 311.110:1974