Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2011 (16/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

450013

Estando a lo dispuesto por el articulo 1º inciso b. del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126 y modificado por Ley Nº 29782; asi como el articulo 32, literales c) y f) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, en concordancia con el articulo 5º de la Resolucion de Superintendente Nº 001-2011-EF/94.01.2; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la inscripcion del fondo de inversion denominado Fondo LarrainVial Peru Equity Fund FI en la seccion correspondiente del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 2º.- La publicidad que realice Larrain Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion para promocionar el fondo de inversion a que se refiere el articulo 1º de la presente resolucion, no debe inducir a error o confusion y debera sujetarse a las condiciones previstas en el Anexo C del Reglamento de Fondos de Inversion y sus Sociedades Administradoras. Articulo 3º.- La inscripcion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion no implica que la Superintendencia del MORDAZA de Valores recomiende la suscripcion de cuotas en el fondo de inversion u opine favorablemente sobre su rentabilidad o calidad. Articulo 4º.- Larrain Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion debera remitir al Registro Publico del MORDAZA de Valores un (01) ejemplar del Reglamento de Participacion del fondo de inversion denominado Fondo Larrain Vial Peru Equity Fund FI, asi como del modelo de contrato de suscripcion, en el plazo de quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente resolucion. Articulo 5º.- Larrain Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion debera publicar la presente resolucion en el diario oficial "El Peruano". Articulo 6º.- La presente resolucion entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Dicha publicacion debera realizarse en un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de la notificacion de la presente resolucion a Larrain Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion. Articulo 7º.- Transcribir la presente resolucion a Larrain Vial S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversion. Registrese, comuniquese y publiquese. RODNY MORDAZA VIA Director de Patrimonios Autonomos (e)
687711-1

el Informe N° 234-2011-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Changa, Distrito de Parobamba, Provincia de Pomabamba, Departamento de MORDAZA, a solicitud de las autoridades de la referida circunscripcion. Segundo: Que la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 2459 habitantes, conjuntamente con los Centros Poblados San MORDAZA de Shuypillay, Cuzca, MORDAZA Nueva, Pauca, Chachay, Taya, MORDAZA y Huasicanay; y, los Anexos Huasllag y Yaragyacu; asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra ubicado en la localidad de Parobamba a 2 kilometros de distancia y el traslado lo realizan a pie empleando seis horas; asimismo, el Juzgado Mixto y Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Pomabamba se encuentra a 35 kilometros, el traslado lo realizan a pie empleando dieciocho horas; con el consiguiente perjuicio economico y de tiempo, por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia. Tercero: Que, el Informe N° 234-2011-SEP-GPGG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Changa, Distrito de Parobamba, Provincia de Pomabamba, Departamento y Distrito Judicial de Ancash; consignandose los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional. Cuarto: Que, por el numero de habitantes de los centros poblados y anexos a los que beneficiaria el organo jurisdiccional, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal y familiar; asi como asuntos notariales; y encontrandose dentro de los objetivos principales de las politicas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones mas alejadas de los centros urbanos del MORDAZA, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE:

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, Pasco y MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 198-2011-CE-PJ

MORDAZA, 9 de agosto de 2011 VISTOS: El Oficio N° 2403-2011-P-CSJAN/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y

Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA de Changa, el cual tendra competencia ademas en los Centros Poblados San MORDAZA de Shuypillay, Cuzca, MORDAZA Nueva, Pauca, Chachay, Taya, MORDAZA y Huasicanay y los Anexos Huasllag y Yaragyacu; Distrito de Parobamba, Provincia de Pomabamba, Departamento y Distrito Judicial de Ancash. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del referido organo jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia

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