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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (16/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 53

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de setiembre de 2011 450015 concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Asentamiento Humano Columna Pasco, Distrito de Yanacancha, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Pasco; consignándose los límites geográficos del mencionado órgano jurisdiccional. Cuarto: Que, por el número de habitantes de los asentamientos humanos y las asociaciones a los que benefi ciaría el órgano jurisdiccional, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal, familiar y laboral; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Asentamiento Humano Columna Pasco, el cual tendrá competencia además en el Asentamiento Humano Los Próceres y las Asociaciones Pro Vivienda de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión (UNDAC) y Agricultura; Distrito de Yanacancha, Provincia, Departamento y Distrito Judicial de Pasco. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del referido órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS DARIO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 691106-3 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 201-2011-CE-PJ Lima, 9 de agosto de 2011 VISTOS: El Ofi cio N° 109-2011-ONAJUP-CE/PJ, cursado por el Jefe de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz; Ofi cio N° 399-2011-P-CSJPU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, y el Informe N° 236-2011-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Jefe de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz al haber recibido la comunicación de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz de Segunda Nominación en el Centro Poblado Muni Grande, Distrito de Samán, Provincia de Azángaro, Departamento de Puno, a solicitud de las autoridades la referida circunscripción. Segundo: La solicitud se fundamenta en tener población aproximada de 1108 habitantes, conjuntamente con los Centros Poblados Muni Pampa, Muni Salinas, Jergachi e Icallo; así como en la necesidad de contar con otra autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz existente de Muni Grande no se encuentra en la capacidad de atender a toda la población de dicha localidad; asimismo, se encuentra a 66 kilómetros de distancia del Juzgado Penal, Juzgado Mixto y Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Azángaro, empleando cuatro horas por motocicleta; con el consiguiente perjuicio económico y de tiempo, por cuya razón no tienen acceso a un oportuno servicio de administración de justicia. Tercero: Que, el Informe N° 236-2011-SEP-GP-GG- PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación de un Juzgado de Paz de Segunda Nominación en el Centro Poblado Muni Grande, Distrito de Samán, Provincia de Azángaro, Departamento y Distrito Judicial de Puno; consignándose los límites geográfi cos del mencionado órgano jurisdiccional. Cuarto: Que, por el número de habitantes de los centros poblados a los que benefi ciaría el órgano jurisdiccional, entre los que se presentan confl ictos de naturaleza civil, penal y familiar; así como asuntos notariales; y encontrándose dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país, y en aras de brindar un servicio de justicia en forma rápida y efi caz, resulta procedente la petición que se formula. Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82°, numeral 24, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Juzgado de Paz de Segunda Nominación en el Centro Poblado Muni Grande, el cual tendrá competencia además en los Centros Poblados Muni Pampa, Muni Salinas, Jergachi e Icallo; Distrito de Samán, Provincia de Azángaro, Departamento y Distrito Judicial de Puno. El actual Juzgado de Paz del Centro Poblado Muni Grande, se denominará Juzgado de Paz de Primera Nominación. Artículo Segundo.- Los límites geográfi cos del referido órgano jurisdiccional son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General del Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO ROBINSON O. GONZALES CAMPOS DARIO PALACIOS DEXTRE AYAR CHAPARRO GUERRA 691106-4