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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2012 464122 Que, mediante Acuerdo N° 1037-05 adoptado en la Sesión N° 1037 de fecha 21 de setiembre del 2011, el Consejo Directivo Nacional delegó en el Presidente Ejecutivo del SENCICO, la facultad prevista en el inciso d) del artículo 29° del Estatuto antes acotado; Que, se ha estimado por conveniente dar por concluida la designación del Ingeniero Oswaldo Jiménez Salas, en el cargo de confi anza de Gerente Zonal de Iquitos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 065-2011-02.00 del 16 de junio del 2010; Que, a fi n de garantizar la continuidad del servicio, resulta pertinente encargar a la Señora Bernita del Rocío Pérez Rojas, Administradora Contable de la Gerencia Zonal de Iquitos, categoría T3, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente Zonal de Iquitos, Categoría J3, desde el 11 de abril de 2012, hasta que se designe el titular, sin perjuicio de continuar atendiendo su cargo de origen; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, el Decreto Legislativo N° 147, Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de Construcción – SENCICO y el literal c), y j) del artículo 33° del Estatuto del SENCICO, aprobado por Decreto Supremo N° 032- 2001-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo N° 004- 2006-VIVIENDA; Estando a lo expuesto, con los vistos del Jefe (e) de Recursos Humanos, de la Gerente (e) de la Ofi cina de Administración y Finanzas, del Gerente (e) de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, de la Asesora Legal (e), del Jefe de la Ofi cina de la Secretaría General (e), del Supervisor de Gerencias Zonales y del Gerente General; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la Designación del ingeniero Oswaldo Jiménez Salas en el cargo de confi anza de Gerente Zonal Iquitos del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, categoría J3, efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 065-2011-02.00 del 16 de Junio del 2011, a partir del 11 de abril del 2012 dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- Encargar a la Señora Bernita del Rocío Pérez Rojas, Administradora Contable de la Gerencia Zonal de Iquitos, categoría T3, las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Gerente Zonal de Iquitos, Categoría J3, desde el 11 de abril de 2012, hasta que se designe el titular, sin perjuicio de continuar atendiendo su cargo de origen. Artículo Tercero.- Otorgar la diferencia generada entre la Remuneración Básica de dicha trabajadora y la correspondiente al puesto en materia del encargo, al concluir dicha encargatura quedará sin efecto el derecho a percibir aquel mayor ingreso. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 072-2011-02.00 por la cual el Ingeniero Oswaldo Jiménez Salas en calidad de Gerente Zonal de Iquitos, asume las funciones y responsabilidades inherentes al cargo de Administrador de la Unidad Operativa de Moyobamba. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia General, en lo que le compete, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL IMAÑA RAMÍREZ ALZAMORA Presidente Ejecutivo del SENCICO 775377-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Declaran desafectación de su condición de dominio público de predio de propiedad del Estado ubicado en el departamento de Lima, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 009-2012/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 11 de abril de 2012 Visto el Expediente Nº 170-2010/SBN-JAD, que contiene el trámite de adjudicación en venta directa, además, dentro del cual, se tramita la desafectación de dominio público del predio de propiedad del Estado de 1 659,07 m² ubicado en la Av. Nicolás de Rivera Nº 145, urbanización El Rosario, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 07005925 del Registro de Predios de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en mérito a la Ley Nº 29151, el Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, por el cual se adscribe a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, así como el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es propietario del predio de 1 659,07 m² ubicado en la Av. Nicolás de Rivera Nº 145, urbanización El Rosario, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 07005925 del Registro de Predios de Lima y con Registro SINABIP Nº 611, correspondiente al departamento de Lima; Que, el citado predio constituye un aporte reglamentario a favor del Estado, por lo que, de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio público; Que, mediante Resolución Suprema Nº 27, de fecha 31 de mayo de 1954, se dispuso la afectación en uso a favor del Concejo Distrital de San Isidro del predio antes descrito, para la construcción de una escuela de natación y educación física; Que, la Municipalidad Distrital de San Isidro y el señor Ricardo Luís Caillaux Zazzali con fecha 26 de diciembre de 2000, celebraron un Convenio de Cooperación para el Acondicionamiento, Habilitación, Dirección Técnica y Puesta en Valor de Inmueble para fi nes deportivos, con un plazo de vigencia de 10 años, por el cual, este último se obligaba, en calidad de cooperante, a realizar los trabajos relacionados con el acondicionamiento, habilitación, dirección técnica y puesta en valor del inmueble, para poner en marcha un centro físico - deportivo y de prevención del estrés, vinculado a deportes acuáticos y terrestres y a programas de relajación y rehabilitación