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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2012 464114 sujetándose al cumplimiento de las disposiciones que fueran aplicables conforme a la legislación peruana. Artículo 6º.- El armador previo al inicio de operaciones extractivas en aguas nacionales, arribará a puerto peruano, para la verifi cación de la autoridad marítima del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el primer párrafo del artículo 4º y artículo 5º precedentes. La verifi cación anteriormente señalada deberá ser realizada en un plazo máximo de 48 horas. Artículo 7º.- Disponer que una vez terminada la vigencia del permiso de pesca otorgado mediante la presente Resolución, la compañia pesquera a través de su representante legal en el país, informe mediante declaración jurada a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, la captura realizada por la embarcación pesquera por especies y expresadas en toneladas, para fi nes estadísticos del Ministerio de la Producción. Artículo 8º.- Disponer que el incumplimiento en la presente Resolución, será causal de caducidad del permiso de pesca o de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder, según sea el caso, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Nº 25977 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 9º.- Disponer que la autorización que se otorga por la presente Resolución no exime a la compañía señalada en el Artículo 1º de la presente Resolución, de los procedimientos administrativos cuya competencia corresponda al Ministerio de Defensa y demás dependencias de la Administración Pública. Artículo 10º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIX ALVAREZ VELARDE Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero 775629-9 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionario para participar en la Reunión de Autoridades Aeronáuticas Perú - Cuba RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0369/RE-2012 Lima, 11 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene como fi nalidad, entre otras, apoyar las acciones que faciliten la promoción del turismo, el comercio y la inversión, contribuyendo con otros sectores del Estado al posicionamiento del país en el mercado internacional; Que, las autoridades aeronáuticas competentes de las Repúblicas del Perú y Cuba, han decidido negociar un Memorándum de Entendimiento dentro del marco de la facilitación de los contactos de amistad entre sus pueblos y del desarrollo de las relaciones mutuas entre ambos países en el campo de la Aviación Civil, en la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 25 al 27 de abril de 2012; Teniendo en cuenta los Memoranda (DSL) N° DSL0184/ 2012, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 30 de marzo de 2012; y (OPR) N° OPR0207/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 03 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Ignacio Foción Mariátegui de Ascásubi, Director de Asuntos Aéreos y Espaciales, de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, del 25 al 27 de abril de 2012, para participar en la Reunión de Autoridades Aeronáuticas Perú – Cuba. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33689: Ejercicio de la Soberanía Marítima, Aérea y Mantenimiento, Reposición y Densifi cación de Hitos Fronterizos, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ José Ignacio Foción Mariátegui de Ascásubi 910.00 240.00 3+1 960.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 776045-1 Autorizan viaje de funcionario para participar en la XIV Reunión Anual de la Red de Archivos Diplomáticos Iberoamericanos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0375/RE-2012 Lima, 11 de abril de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Secretaría Ejecutiva de la Unidad Técnica de la Red de Archivos Diplomáticos Iberoamericanos, mediante Nota RADI Nº 00401, de 23 de marzo de 2012, ha extendido una invitación para que un funcionario de esta Cancillería asista a la XIV Reunión Anual de la Red de Archivos Diplomáticos Iberoamericanos, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, del 21 al 23 de mayo de 2012; Teniendo en cuenta los Memoranda (OGI) OGI0065/2012, de la Ofi cina General de Apoyo a la Gestión Institucional, de 02 de abril de 2012; y (OPR) N° OPR0212/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 04 de abril de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje;