Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2012 (20/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, viernes 20 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Academico y Capacitacion de la ANR, informa que el citado plan de estudio de la MORDAZA profesional que imparte el Instituto Superior de Musica Publico Acolla ­ Jauja ­ MORDAZA, ha sido elaborado basandose en los criterios establecidos por el articulo 23º de la Ley Nº 23733 y las normas establecidas por la Guia de Adecuacion de Instituciones Educativas de la misma Ley, aprobada por Resolucion Nº 599-2011-ANR de fecha 03 de junio de 2011; por lo que procede expedir la correspondiente Resolucion de aprobacion; Que por memorando N° 195-2012-SE, de fecha 20 de febrero de 2012, la Secretaria Ejecutiva, dispone la elaboracion de una resolucion; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar que el Instituto Superior de Musica Publico Acolla ­ Jauja ­ MORDAZA, ha organizado el respectivo plan de estudio de la siguiente MORDAZA profesional, de acuerdo con lo establecido en el articulo 23º de la Ley Nº 23733 y la Guia de Adecuacion de Instituciones Educativas de la ya mencionada Ley, aprobada por Resolucion Nº 599-2011-ANR, quedando en consecuencia aprobado para su ejecucion: · MORDAZA Profesional de: Artista Profesional en Musica. La MORDAZA profesional MORDAZA citada conduce al grado academico de bachiller y al titulo profesional de licenciado, para su inscripcion en el Registro Nacional de MORDAZA y Titulos de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 2º.- Establecer que los Programas de Complementacion Curricular se disenaran en base a los Programas de Adecuacion aprobados por la presente resolucion. Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

Que, mediante oficio de vistos, el Rector de la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo, presenta a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la Asamblea Nacional de Rectores, los siguientes proyectos: · Proyecto de Curriculo de Estudios de la MORDAZA profesional de Estomatologia. · Proyecto de Curriculo de Estudios de la MORDAZA profesional de Ingenieria Ambiental y Prevencion de Riesgos. Que, los articulos 23° y 24° de la Ley 23733 - Ley Universitaria, establece que los titulos profesionales de Licenciado o sus equivalentes requieren estudios de una duracion no menor de diez semestres academicos o la aprobacion de los anos o creditos correspondientes, incluidos los de cultura general que los preceden; los MORDAZA de Bachiller requiere estudios de una duracion minima de diez semestres; y los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Nº 23733 precisan que son atribuciones de la Asamblea Nacional de Rectores: Coordinar proporcionando informacion previa e indispensable, la creacion de carreras, titulos profesionales y de MORDAZA especialidad acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos, asi como concordar en el referente a los requisitos minimos exigibles para el otorgamiento de MORDAZA y titulos universitarios; Que, segun informe N° 095-2012-DGDAC, de fecha 14 de marzo de 2012, la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion de la ANR, senala que, habiendo revisado los proyectos mencionados, se encuentran bien estructurados, cumplen con los requisitos establecidos en los articulos 23°, 24° y los incisos e) y f) del articulo 92° de la Ley Nº 23733 y satisfacen los criterios de evaluacion establecidos por la Asamblea Nacional de Rectores, opinando que los proyectos de las nuevas carreras profesionales cumplen los requisitos establecidos y se encuentran expeditos para su aprobacion y funcionamiento; Que, mediante memorando N° 305-2012-SE, de fecha 21 de marzo del 2012, la Secretaria Ejecutiva dispone la elaboracion de una resolucion, declarando que la mencionada MORDAZA de Estudios, ha cumplido con las disposiciones de acuerdo a Ley; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; De conformidad con la Ley Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar que la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo, con sede en MORDAZA, ha cumplido con lo establecido en los articulos 23º, 24º y los incisos e) y f) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creacion y el funcionamiento de programas de pregrado, quedando en consecuencia aprobados para su funcionamiento: · MORDAZA Profesional de Estomatologia. · MORDAZA Profesional de Ingenieria Ambiental y Prevencion de Riesgos. Articulo 2°.- Publicar la presente Resolucion en la Pagina Web de la Asamblea Nacional de Rectores y en el diario Oficial El Peruano; y transcribir a la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, asi como, a las areas de Registro Nacional de MORDAZA y Titulos y Carnes Universitarios de la Secretaria General de la institucion, para los fines que dispone la Ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad Nacional de MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores

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Declaran que la Universidad Privada MORDAZA MORDAZA Urrelo ha cumplido lo previsto en la Ley Universitaria, respecto a la creacion y funcionamiento de programas de pregrado
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0367-2012-ANR
MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Oficio N° 156-2011-R-UPAGU, de fecha 23 de diciembre de 2011, Informe Nº 095-2012-DGDAC, de fecha 14 de marzo de 2012, el Memorandum Nº 305-2012SE, de fecha 21 de marzo de 2012, y;

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