Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar en la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud a los siguientes profesionales:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL F-3

Abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Equipo de la Oficina General de Gestion de Recursos MORDAZA Humanos. Senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Equipo de la Oficina General de Gestion de Recursos MORDAZA Humanos. Magister MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Equipo de la Oficina General de Gestion de Recursos MORDAZA Humanos. Licenciada en Trabajo Social MORDAZA Jefa de Equipo de la Oficina General de Gestion de Recursos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Humanos.

F-3

F-3

F-3

Articulo 2°.- Encargar en la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Salud a los siguientes profesionales:
NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVEL

Licenciada Administracion

MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA General de Gestion de Recursos Humanos.

en Jefa de Equipo de la Oficina F-3
F-3

Licenciado en Administracion Jefe de Equipo de la Oficina MORDAZA MORDAZA SOCUALAYA General de Gestion de Recursos Humanos. Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA Jefe de Equipo de la Oficina General de Gestion de Recursos MORDAZA MORDAZA Humanos

F-3

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

828571-2

Que, las funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo consideradas en el parrafo anterior son por definicion asumidas en su dimension normativa por las Direcciones Generales, y en su dimension ejecutiva por los Programas del sector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2011-TR, se crea el Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU", con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad del MORDAZA a traves de los servicios de capacitacion laboral, asistencia tecnica para emprendedores e intermediacion laboral; asimismo, conduce la continuidad de los componentes vinculados al Programa Especial de Reconversion Laboral - REVALORA PERU conforme a lo establecido en la Unica Disposicion Complementaria y Transitoria de la MORDAZA MORDAZA citada; Que, los objetivos especificos del Programa REVALORA PERU, hoy referida al Programa Nacional Para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU", comprendia los servicios de intermediacion laboral, asistencia tecnica, capacitacion y certificacion de competencias laborales, conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-TR, modificado por Decreto Supremo Nº 0072010-TR, MORDAZA de creacion del Programa Especial de Reconversion Laboral ­ PERLAB, denominado tambien Programa REVALORA PERU; Que, es importante promover la mejora de los niveles de empleabilidad a traves del servicio de Certificacion de Competencias Laborales, en razon que este servicio permite reconocer que un trabajador reune determinados requisitos para desempenarse en diferentes funciones y contextos laborales; que es el objetivo del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU"; Que, teniendo en cuenta el contexto MORDAZA referido, resulta importante precisar lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2011-TR referido a los servicios que realiza el Programa para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU"; En uso de la facultad conferida por el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo establecido en el articulo 38º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; y la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Decreto Supremo que incorpora el Servicio de Certificacion de Competencias Laborales dentro del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "Vamos Peru"
DECRETO SUPREMO N° 013-2012-TR
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el articulo 23º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado promueve condiciones para el crecimiento economico y social, especialmente a traves de politicas de fomento del empleo productivo y de educacion para el trabajo; Que, el numeral 5.1 del articulo 5º de la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo es el organismo rector en materia de trabajo y promocion del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales, incluyendo, entre otras materias, las de normalizacion y certificacion de competencias laborales;

Articulo 1º.- Incorporar el servicio de Certificacion de Competencias Laborales dentro del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU". Incorporese en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 016-2011-TR el servicio de Certificacion de Competencias Laborales dentro del Programa Nacional para la Promocion de Oportunidades Laborales "VAMOS PERU" en los siguientes terminos: (....) "d) Certificacion de Competencias Laborales: este servicio reconoce las competencias, habilidades, conocimientos, desempeno y aptitudes de una persona obtenidas a traves de su experiencia laboral, de acuerdo con un perfil ocupacional determinado a fin de lograr su desarrollo en el MORDAZA laboral" Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promocion de Empleo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los quince dias del mes de agosto del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

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