Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2012 (16/08/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

472833

Articulo 9º.- Ejecutada la autorizacion de incremento de flota, los senores MORDAZA PAZO MORDAZA y su conyugue MORDAZA MORDAZA DE PAZO, deberan solicitar el respectivo permiso de pesca, dentro del plazo de (01) ano, contado a partir de la acreditacion del termino de construccion. Vencido dicho plazo, sin iniciar el procedimiento de permiso de pesca respectivo, la autorizacion de incremento de flota caducara de pleno derecho, y mediante Resolucion Directoral se declarara la caducidad de la autorizacion de incremento de flota otorgada. Articulo 10º.- La embarcacion pesquera MI MORDAZA IV de matricula CO-3530-CM, podra operar hasta que la embarcacion objeto de la presente autorizacion de incremento de flota se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca, sin perjuicio de lo MORDAZA senalado y de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, la citada embarcacion a sustituir debera ser desguazada como requisito previo a solicitar el derecho del permiso de pesca correspondiente. Articulo 11º. - Incluir la autorizacion de incremento de flota contenida en la presente Resolucion en el Anexo VI de la Resolucion Ministerial Nº 347-2011-PRODUCE. Articulo 12º.- Remitir MORDAZA la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es : www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e)

827746-5

Modifican la R.D. Nº 150-2006PRODUCE/DGEPP que otorgo licencia , de operacion a planta de congelado de productos hidrobiologicos de Pacific Freezing Company S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 241-2012-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 11 de junio del 2012 VISTO: El escrito con registro Nº 00020710-2012 y su adjunto de fechas 13 y 19 de marzo de 2012, presentados por la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C. CONSIDERANDO: Que los articulos 43º inciso d), y 46º del Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca ­ establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales y para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requieren de la autorizacion y licencia correspondientes, las que constituyen derechos que el Ministerio de Pesqueria (hoy Ministerio de la Produccion) otorga a plazo determinado y a nivel nacional; Que por Resolucion Directoral Nº 150-2006-PRODUCE/ DGEPP de fecha 10 de MORDAZA de 2006, se otorgo a la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C., modificada en el extremo de su denominacion con Oficio Nº 1560-2010PRODUCE/DGEPP-Dch, licencia para la operacion de una planta de congelado de productos hidrobiologicos, por incremento de capacidad, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA Industrial II, Mz B, Lote 04, distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 199 t/dia; Que por Resolucion Directoral Nº 445-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 20 de MORDAZA de 2011, se otorgo a la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C. autorizacion para incrementar la capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en el establecimiento industrial pesquero senalado en el considerando que antecede, de 199 t/dia a 352,08 t/dia; Que mediante los escritos del visto, la administrada solicita licencia de operacion por incremento de la

capacidad instalada de su planta de congelado de productos hidrobiologicos, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA Industrial II, Mz B, Lote 04, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura; Que la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria mediante MORDAZA de Verificacion Nº 0062012-PRODUCE/DIGAAP, del 01 de marzo de 2012, senala que PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C. ha cumplido con implementar las medidas de mitigacion aprobadas en su Estudio de Impacto Ambiental para su planta de congelado, asimismo indica que la citada empresa durante el desarrollo de su actividad esta obligada a cumplir con los compromisos ambientales asumidos y la normatividad ambiental vigente; Que el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP mediante Protocolo Tecnico para la Licencia de Operacion por Incremento de Capacidad de Planta Nº PTLI-005-11CG-SANIPES, del 21 de diciembre de 2011, declara que la planta al momento de la auditoria/inspeccion efectuada se encuentra en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento, establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE ; Que segun la inspeccion tecnica realizada el 22 de marzo de 2012 en el establecimiento industrial pesquero de la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C., se ha determinado que la capacidad instalada de la planta de congelados es de 352,08 t/dia acorde con lo proyectado; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias, por lo que resulta procedente lo solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante su Informe Tecnico Nº 212-2012-PRODUCE/DGEPP-Dch e Informe Legal Nº 739-2012-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo establecido en los articulos 43º inciso d), 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca; los articulos 49º, 53º numeral 53.1 y 54º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE y del Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas mediante el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 1502006-PRODUCE/DGEPP que otorgo licencia de operacion a la planta de congelado de productos hidrobiologicos de la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C., instalada en su establecimiento industrial pesquero ubicado en la MORDAZA Industrial II, Mz B, Lote 04 del distrito y provincia de Paita, departamento de MORDAZA, solo en el extremo de su capacidad, entendiendose que la nueva capacidad instalada es: Congelado : 352,08 t/dia. Articulo 2º.- PACIFIC FREEZING COMPANY S.A.C., debera operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos con sujecion a las normas legales reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como a las relativas a la preservacion del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene y seguridad industrial pesquera, que aseguren el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo, debera contar con un sistema de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final; asi como debera poner en operacion los equipos y/o sistemas de mitigacion verificados por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria, segun se senala en la MORDAZA de Verificacion Ambiental Nº 006-2012-PRODUCE/DIGAAP del 01 de marzo de 2012; y ademas cumplir los requerimientos y condiciones operativos establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada por Decreto Supremo Nº 040-2001-PE, sustentados en el Protocolo Tecnico para Licencia de Operacion por Incremento de Capacidad de Planta Nº PTLI-005-11-CG-SANIPES del 21 de diciembre de 2011. Articulo 3º.- El incumplimiento de lo establecido en el articulo precedente sera causal de caducidad del derecho

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.