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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de diciembre de 2012 480482 e. Administrar y controlar la información de las bases de datos centralizadas, identifi cación y rastreo de cambios en la misma; y la verifi cación de su integridad. Así como evaluar su performance y los aspectos de seguridad y confi abilidad de las mismas. f. Gestionar las operaciones de los servicios de sistemas de información en producción: cierres, ejecución de procesos por lotes, programación y ejecución de procesos automáticos rutinarios en general. g. Establecer los procedimientos necesarios para garantizar la obtención de copias de respaldo de la información. h. Gestionar los Centros de Datos e implementar controles de seguridad física para garantizar su protección. i. Gestionar el procedimiento de gestión de cambios en el ámbito de su competencia. j. Formular, proponer y desarrollar programas de mantenimiento de los equipos de redes y comunicaciones, a nivel nacional. k. Brindar soporte para el óptimo funcionamiento del Portal Institucional en Internet. l. Administrar el servicio de Internet y asegurar su disponibilidad. m. Formular y proponer los términos de referencia y perfi les para la construcción y/o edifi cación de la infraestructura de tecnologías de información necesarios para la instalación de redes y comunicaciones en las dependencias del Poder Judicial, a nivel nacional. n. Supervisar la ejecución de contratos de bienes y/o servicios que estén dentro de su ámbito de competencia. o. Evaluar y realizar el seguimiento de los proyectos que sean realizados por terceros, dentro del ámbito de su competencia. p. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando asimismo, información estadística básica para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. q. Preparar y generar información almacenada en las Bases de Datos Centralizadas de la Institución, solicitadas por otras dependencias. r. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los Órganos rectores gubernamentales y disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección del Poder Judicial, Gerencia General, y Gerencia de Informática, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. s. Cumplir con otras funciones que le asigne el Gerente de Informática. Artículo 49º.- Subgerencia de Soporte de Servicios de Tecnologías de Información. La Subgerencia de Soporte de Servicios de Tecnologías de Información, es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Informática, encargada de la implementación y administración de los servicios de tecnologías de información de la institución. Artículo 50°.- Funciones de la Subgerencia de Soporte de Servicios de Tecnologías de Información. Son funciones de la Subgerencia de Soporte de Servicios de Tecnologías de Información: a. Formular y proponer los objetivos, metas, normas y disposiciones relacionadas a los servicios de soporte a la tecnología, en el ámbito de su competencia. b. Establecer, velar y supervisar el cumplimiento de los procedimientos, y políticas de calidad y de seguridad, estipulados para operar y utilizar los recursos de hardware y software, comunicaciones e información. c. Propugnar el uso efi ciente de los recursos tecnológicos instalados en el Poder Judicial a nivel nacional. d. Gestionar los incidentes y problemas a través del servicio de Mesa de Ayuda. e. Proporcionar el soporte aplicativo a usuarios a través del Centro de Servicios y coordinando con proveedores terceros implicados. f. Supervisar el cumplimiento de los niveles de servicio. g. Administrar las incidencias que generan los usuarios por uso de los sistemas informáticos. h. Formular y desarrollar planes y programas de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos informáticos, que permitan brindar un efi ciente soporte técnico informático a las dependencias del Poder Judicial, a nivel nacional. i. Realizar en forma periódica el inventario general de equipos de cómputo, redes, software y licencias del Poder Judicial. j. Evaluar y efectuar el seguimiento de los servicios encargados a terceros, dentro del ámbito de su competencia. k. Formular estudios de factibilidad técnica para la adquisición e instalación de hardware y software específi cos, en el Poder Judicial. l. Formular y proponer las especifi caciones técnicas y/o Términos de Referencia necesarios para las adquisiciones y contrataciones de bienes y servicios dentro del ámbito su competencia. m. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando asimismo, información estadística básica para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. n. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales y disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección del Poder Judicial, Gerencia General, y Gerencia de Informática, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. o. Cumplir otras funciones que le asigne el Gerente de Informática. Artículo 63°.- La Subgerencia de Estudios y Proyectos. La Subgerencia de Estudios y Proyectos, es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Planifi cación, encargada de promover, formular y/o evaluar los estudios técnicos relacionados a la creación, conversión, reubicación, supresión y otras acciones de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, así como de formular los estudios de pre-inversión que le sean encomendados, participando en el seguimiento y evaluación de la ejecución de los proyectos de inversión pública. Artículo 64°.- Son funciones de la Subgerencia de Estudios y Proyectos: a. Analizar y evaluar las solicitudes para la creación, conversión, reubicación, supresión y otras acciones de los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial, incluyendo los Juzgados de Paz, así como de sus competencias territoriales, emitiendo los informes técnicos correspondientes. b. Elaborar los Estudios de Preinversión que le sean encomendados, siguiendo los parámetros y normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Publica. c. Consolidar información y formular los informes técnicos de consistencia entre los Estudios Defi nitivos o Expedientes Técnicos detallados y los Estudios de Preinversión con declaratoria de viabilidad, requeridos por la Unidad Ejecutora para su remisión a la Ofi cina de Programación e Inversiones (OPI). d. Participar en el seguimiento de la ejecución de los proyectos de inversión pública, así como en las acciones correspondientes a la Evaluación Ex Post de los proyectos en la fase de Post - inversión. e. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando, asimismo, información estadística básica para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. f. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales y disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección del Poder Judicial, Gerencia General, y Gerencia de Planifi cación, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. g. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente de Planifi cación.”