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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (10/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de diciembre de 2012 480480 de Inversión Pública se ejecuten de acuerdo a los parámetros con los que se dio viabilidad al Estudio de Preinversión correspondiente, para este efecto se hace necesario precisar la unidad orgánica que consolidará la información correspondiente en la Unidad Ejecutora 001. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1026-2012 de la quincuagésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 82°, incisos 26) y 29), y 87°, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car los artículos 9°, 32° 42°, 43°, 44°, 45°, 46°, 47°, 48°, 49°, 50°, 63° y 64° del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N° 278-2011-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2011, por el texto siguiente: “Artículo 9°.- Funciones de la Ofi cina de Asesoría Legal Son funciones de la Ofi cina de Asesoría Legal: a. Asesorar a la Gerencia General y a los órganos que la integran, en todo lo relacionado a la interpretación y aplicación de dispositivos legales, para el debido cumplimiento de las leyes, reglamentos y demás normas aplicables al Poder Judicial. b. Elaborar, revisar y emitir opinión sobre los convenios que celebre la Institución cuya gestión haya sido canalizada a través de la Gerencia General, organizando y manteniendo un archivo de los mismos. c. Elaborar los contratos que celebre la Institución a través de la Presidencia y Gerencia General, organizando y manteniendo un archivo de los mismos. d. Informar oportunamente a los diversos órganos que conforman la Gerencia General y a las instancias del Poder Judicial sobre las modifi caciones legales que se produzcan y las implicancias que tienen sobre el funcionamiento institucional. e. Sistematizar y concordar la normatividad administrativa de gestión con las distintas disposiciones legales vinculadas a ella. f. Proponer proyectos de dispositivos legales para el perfeccionamiento de la legislación y gestión administrativa del Poder Judicial. g. Emitir opinión legal sobre normas y dispositivos legales o proyectos de los mismos, así como sobre casos, procesos, procedimientos, expedientes administrativos y otros que le soliciten. h. Absolver las consultas de carácter jurídico-legal que le formulen los órganos de la Gerencia General emitiendo los dictámenes correspondientes y recomendando correctivos a fi n de garantizar la legalidad de los actos administrativos emanados de la Gerencia General. i. Formular los informes técnico-administrativos de gestión que le sean requeridos, en el ámbito de su competencia. j. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección y Gerencia General del Poder Judicial, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. k. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos nacionales. l. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente General. Artículo 32°.- Funciones de la Gerencia de Administración y Finanzas. Son funciones de la Gerencia de Administración y Finanzas: a. Proponer a la Gerencia General las políticas, normas, objetivos y planes para la administración de los recursos materiales, económicos y fi nancieros y de los servicios del Poder Judicial. b. Programar, organizar, dirigir, ejecutar y supervisar los procesos administrativos de Contabilidad, Tesorería y Logística del Poder Judicial a nivel nacional, de acuerdo a la normatividad vigente. c. Coordinar permanentemente con los Jefes de las Ofi cinas de Administración a nivel nacional, la programación y atención de los requerimientos de recursos materiales, económicos y fi nancieros; así como los servicios generales necesarios para su funcionamiento. d. Participar en la formulación del Plan Estratégico, Plan Operativo y de Inversiones, así como el Presupuesto Anual del Poder Judicial, en coordinación con la Gerencia de Planifi cación. e. Formular y proponer a la Gerencia General el Plan Anual de Adquisiciones del Poder Judicial. f. Verifi car y presentar los Estados Financieros y de Ejecución Presupuestal al Gerente General para suscripción y remisión a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. g. Supervisar el control patrimonial de los bienes muebles e inmuebles de propiedad del Poder Judicial, así como las rectifi caciones de áreas y linderos de los predios, y en general, todas las acciones registrales necesarias para el saneamiento del patrimonio del Poder Judicial. h. Elaborar los contratos y expedir resoluciones administrativas por delegación de facultades de la Presidencia o Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. i. Proponer la tercerización de las actividades de su competencia y la contratación de empresas especializadas, así como supervisar el cumplimiento de los respectivos servicios. j. Coordinar con las entidades públicas, privadas y/o personas naturales para el adecuado cumplimiento de sus competencias funcionales. k. Formular los informes técnico-administrativos de gestión y remitirlos a las instancias que corresponde. l. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección y Gerencia General, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. m. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente General. Artículo 42°.- Gerencia de Informática. La Gerencia de Informática, es el órgano de línea de la Gerencia General encargada de normar, diseñar, implementar y gestionar estratégicamente soluciones de Tecnología de Información y Comunicaciones (TIC) en el Poder Judicial. Artículo 43°.- Funciones de la Gerencia de Informática. Son funciones de la Gerencia de Informática: a. Liderar la defi nición y formulación del Plan Estratégico de Tecnologías de Información - PETI. b. Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas a la implementación del Plan Estratégico de Tecnologías de la Información. c. Defi nir y establecer la dirección tecnológica de la Institución. d. Proponer a la Gerencia General las políticas, normas, estándares y estrategias relacionadas al desarrollo de las Tecnologías de Información y Comunicaciones (TIC) en el Poder Judicial; ejercer el rol rector en Tecnologías de Información. e. Participar en la formulación del Plan Estratégico Institucional, Plan Operativo y de Inversiones, así como el Presupuesto Anual del Poder Judicial, en coordinación con la Gerencia de Planifi cación. f. Alinear el marco del Gobierno de Tecnologías de Información con el entorno del Gobierno Corporativo del Poder Judicial, lo que implica alinear los procesos y recursos de Tecnologías de Información con los objetivos de la organización.