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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de diciembre de 2012 480481 g. Implantar los procesos, organización y relaciones referidas a las Tecnologías de Información en la organización. h. Gestionar los recursos humanos y presupuestarios de Tecnologías de Información. i. Liderar la defi nición, adquisición, mantenimiento y optimización de la Infraestructura Tecnológica. j. Gestionar la identifi cación y asignación de costos e inversión de los proyectos y operaciones de Tecnologías de Información. k. Gestionar la defi nición de los modelos de datos y la gestión de los mismos. l. Liderar la gestión de la calidad, seguridad, y riesgos de Tecnologías de Información, elaborando y ejecutando los planes de seguridad de la información automatizada y de contingencia para evitar interrupciones en la operación de los procesos críticos de la institución que se soporten en Tecnologías de Información. m. Patrocinar y liderar la gestión de proyectos de Tecnologías de Información. n. Participar en la identifi cación de soluciones automatizadas. o. Gestionar el desarrollo y/o adquisición y soporte de software aplicativo. p. Gestionar la implantación y operación de las aplicaciones y servicios de Tecnologías de Información. q. Gestionar los servicios de Tecnologías de Información, velando por su mantenimiento y óptimo funcionamiento. r. Promover la capacitación en informática del personal jurisdiccional y administrativo. s. Soportar la gestión de los servicios de terceros. t. Gestionar los niveles de servicio proporcionado por terceros dentro del ámbito de su competencia. u. Gestionar la evaluación y monitoreo del desempeño de Tecnologías de Información. v. Gestionar y proponer la adquisición y mantenimiento de la infraestructura tecnológica, revisando, evaluando y/o aprobando los Términos de Referencia para las adquisiciones y contrataciones bajo su ámbito de acción. w. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales y disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección y Gerencia General del Poder Judicial, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. x. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente General Artículo 44º.- Unidades Orgánicas de la Gerencia de Informática: Para el desarrollo de sus funciones la Gerencia de Informática cuenta con las siguientes unidades orgánicas. - Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información. - Subgerencia de Producción y Administración de Plataformas. - Subgerencia de Soporte de Servicios de Tecnologías de Información. Artículo 45º.- Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información: La Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Informática, encargada del planeamiento, desarrollo y gestión de soluciones informáticas que cumplan con las necesidades operacionales, tácticas y estratégicas de la Institución. Artículo 46°.- Funciones de la Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información: Son funciones de la Subgerencia de Desarrollo de Sistemas de Información: a. Formular y proponer a la Gerencia de Informática los objetivos, metas y estrategias de implementación de los servicios de desarrollo, mantenimiento y soporte de los Sistemas de Información. b. Formular, proponer, coordinar y ejecutar los estándares, normas y procedimientos para el desarrollo e implantación de Sistemas de Información. c. Gestionar el ciclo de desarrollo de sistemas de información. d. Establecer los procesos que permiten explotar la información de las aplicaciones. e. Planifi car y ejecutar el aseguramiento de la calidad de las soluciones desarrolladas. f. Establecer y conducir los procesos que permiten garantizar la integridad de la información de las aplicaciones. g. Proporcionar el mantenimiento correctivo y la mejora evolutiva de las aplicaciones a su cargo. h. Brindar soporte especializado en la implementación y uso de distintas herramientas tecnológicas aplicables al Poder Judicial (GIS, BI, entre otros). i. Planifi car, organizar y ejecutar las acciones necesarias para la implantación y puesta en producción de los sistemas en las dependencias de la Institución y entidades externas. j. Defi nir la plataforma tecnológica en lo que se refi ere a herramientas de desarrollo de software, herramientas de productividad del proceso de desarrollo, metodologías de desarrollo, sugerir productos de bases de datos. k. Proponer y orientar el uso o solución de las Tecnologías de Información necesarias para los diversos proyectos de sistemas. l. Coordinar y proponer a la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial los programas de capacitación en temas informáticos de acuerdo a su competencia a nivel nacional. m. Evaluar y efectuar el seguimiento de los proyectos cuyo desarrollo haya sido encargada a terceros, dentro del ámbito de su competencia. n. Evaluar periódicamente conjuntamente con el resto de Subgerencias, las soluciones tecnológicas en producción y en desarrollo, con el objeto de prever con oportunidad las aplicaciones o modifi caciones acordes a las necesidades institucionales. o. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando indicadores que permitan la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. p. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales y disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección del Poder Judicial, Gerencia General, y Gerencia de Informática, así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. q. Cumplir otras funciones que le asigne el Gerente de Informática. Artículo 47º.- Subgerencia de Producción y Administración de Plataformas. La Subgerencia de Producción y Administración de Plataformas es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Informática, encargada de la planeación, diseño e implementación de la infraestructura de tecnologías de información y comunicaciones, y de garantizar la operatividad de los sistemas y bases de datos en producción a nivel nacional, velando, asimismo, por la seguridad e integridad de la información. Artículo 48°.- Funciones de Producción y Administración de Plataformas. Son funciones de la Subgerencia de Producción y Administración de Plataformas: a. Formular y proponer los objetivos, metas, normas y disposiciones relacionadas a la implementación y administración de los servicios de redes y comunicaciones, así corno de los sistemas en producción, en el ámbito de su competencia. b. Supervisar el cumplimiento de los procedimientos y políticas de calidad y de seguridad, estipulados para administrar los recursos de hardware y software, comunicaciones e información. c. Identifi car necesidades actuales y futuras de recursos tecnológicos. d. Gestionar los recursos tecnológicos de redes, comunicaciones y seguridad perimetral de la institución, a nivel de software y hardware.