TEXTO PAGINA: 22
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2012 481620 Capacitación Permanente - PRONAFCAP, iniciado en el período 2011, y una Asignación Económica Excepcional por los montos de S/. 150,00 (CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) y S/. 250,00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), a los docentes que logren el nivel de sufi ciente o destacado, respectivamente, en el referido Programa Nacional; Que, la norma citada en el párrafo precedente dispone también que el Ministerio de Educación, mediante Decreto Supremo y con la opinión favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, transfi ere los recursos correspondientes a los gobiernos regionales y gobiernos locales, vía modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por un monto de S/. 8 200 000,00 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); para lo cual debe contar con el Informe previo y favorable de la instancia técnica respectiva del Ministerio de Educación; asimismo, señala que dichas Asignaciones Económicas Excepcionales no constituyen base de cálculo para el reajuste de las bonifi caciones que establece el Decreto Supremo N° 051-91-PCM, para la compensación de tiempo de servicios o cualquier otro tipo de bonifi caciones, asignaciones o entregas; Que, mediante Informe Nº 314-2012-MINEDU/ SPE-UP, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación, en base a lo informado por la Dirección de Educación Superior Pedagógica del citado ministerio, señala que cuenta con los recursos disponibles en el Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 112: Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por el monto de S/. 8 200 000,00 (OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), para ser destinados al fi nanciamiento de las Asignaciones Económicas Excepcionales a las que hace referencia la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812; Que, la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Memorando N° 682-2012-EF/53.01, ha validado el registro en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, de 12 197 docentes a quienes correspondería pagar la Asignación Económica Excepcional por Desplazamiento y de 9 551 docentes a quienes correspondería pagar la Asignación Económica Excepcional por Logros, a las que hace referencia la Ley Nº 29812, hasta por un total de S/. 4 826 300,00 (CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales corresponde a los Pliegos Gobiernos Regionales la suma de S/. 3 967 150,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) para fi nanciar el pago de la Asignación Económica Excepcional por Desplazamiento de 9 921 docentes y de la Asignación Económica Excepcional por Logros de 8 086 docentes; Que, con Ofi cio Nº 2264-2012-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicitó autorización para realizar una transferencia de partidas con el fi n de fi nanciar el pago de las Asignaciones Económicas Excepcionales a las que hace referencia la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, para los docentes de los Pliegos Gobiernos Regionales, y que de acuerdo a lo registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público, asciende a S/. 3 967 150,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 3 967 150,00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, para fi nanciar el pago de las Asignaciones Económicas Excepcionales a las que hace referencia la Vigésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, conforme al Anexo “Asignaciones Económicas Excepcionales por Concepto de Desplazamiento y Logros a los Docentes que alcanzaron los Niveles Sufi ciente o Destacado en el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente - PRONAFCAP” que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: EN NUEVOS SOLES SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 112 : Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente CATEGORIA PRESUPUESTAL 043 : Logros de aprendizaje de los estudiantes de II Ciclo de Educación Básica Regular PRODUCTO 3000069 : Estudiantes de II Ciclo de Educación Básica Regular reciben 900 horas lectivas al año que promueven aprendizajes signifi cativos, ofrecidas por docentes competentes ACTIVIDAD 5000170 : Capacitación a docentes de Educación Inicial (PRONAFCAP-Programa Básico) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.3 Bienes y Servicios 609 400,00 CATEGORIA PRESUPUESTAL 044 : Logros de aprendizaje de los estudiantes de Primaria de Educación Básica Regular PRODUCTO 3000073 : Estudiantes de Primaria de la Educación Básica Regular reciben 1100 horas lectivas al año que promueven aprendizajes signifi cativos, ofrecidas por docentes competentes ACTIVIDAD 5000177 : Capacitación PRONAFCAP 2011- Programa Básico Nivel de Educación Primaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.3 Bienes y Servicios 1 676 750,00 CATEGORIA PRESUPUESTAL 045 : Logros de aprendizaje de los Estudiantes de Secundaria de Educación Básica Regular PRODUCTO 3000077 : Estudiantes de Secundaria de la Educación Básica Regular reciben 1200 horas lectivas al año que promueven aprendizajes signifi cativos, ofrecidas por docentes competentes ACTIVIDAD 5000178 : Capacitación PRONAFCAP 2011- Programa Básico Nivel de Educación Secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.3 Bienes y Servicios 1 681 000,00 TOTAL EGRESOS 3 967 150,00 A LA: EN NUEVOS SOLES SECCION SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Regionales CATEGORIA PRESUPUESTAL 043: Logros de aprendizaje de los estudiantes de II Ciclo de Educación Básica Regular