Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2012 (21/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481621

3000069: Estudiantes de II Ciclo de Educacion Basica Regular reciben 900 horas lectivas al ano que promueven aprendizajes significativos, ofrecidas por docentes competentes ACTIVIDAD 5000170: Capacitacion a docentes de Educacion Inicial (PRONAFCAP-Programa Basico) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios Gasto Corriente 609 400,00 2.1 Personal y Obligaciones Sociales CATEGORIA PRESUPUESTAL 044: Logros de aprendizaje de los estudiantes de Primaria de Educacion Basica Regular

PRODUCTO

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3000073: Estudiantes de Primaria de la Educacion Basica Regular reciben 1100 horas lectivas al ano que promueven aprendizajes significativos, ofrecidas por docentes competentes ACTIVIDAD 5000177: Capacitacion PRONAFCAP 2011- Programa Basico Nivel de Educacion Primaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 676 750,00 CATEGORIA PRESUPUESTAL 045: Logros de aprendizaje de los estudiantes de Secundaria de Educacion Basica Regular PRODUCTO 3000077: Estudiantes de Secundaria de la Educacion Basica Regular reciben 1200 horas lectivas al ano que promueven aprendizajes significativos, ofrecidas por docentes competentes ACTIVIDAD 5000178: Capacitacion PRONAFCAP 2011- Programa Basico Nivel de Educacion Secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1: Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 681 000,00 TOTAL EGRESOS 3 967 150,00

programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Los Pliegos de las instancias descentralizadas habilitadas por el presente dispositivo remitiran MORDAZA de la citada resolucion al Ministerio de Educacion. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Pago de las asignaciones y la relacion de docentes beneficiarios La Oficina General de Administracion de los pliegos habilitados, y las Direcciones Regionales de Educacion, velaran por el control y estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo legal, para lo cual la Direccion de Educacion Superior Pedagogica publicara en el MORDAZA institucional del Ministerio de Educacion (www.minedu. gob.pe) la relacion nominada de docentes beneficiarios y montos correspondientes, conforme al registro validado en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico, y remitira a los pliegos habilitados y a las Direcciones Regionales de Educacion la citada relacion nominada. Articulo 4º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente dispositivo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 5º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA a nivel funcional
ANEXO

Asignaciones Economicas Excepcionales por Concepto de Desplazamiento y Logros a los Docentes que alcanzaron los Niveles Suficiente o Destacado en el Programa Nacional de Formacion y Capacitacion Permanente - PRONAFCAP Logros Destacado Suficientes Costo S/. 115,650 4,800 1,800 900 4,200 1,050 Costo S/. Total

Desplazamiento PLIEGOS GOBIERNOS REGIONALES Nº de docentes CATEGORIA PRESUPUESTAL 043: LOGROS DE APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES DE II CICLO DE EDUCACION BASICA REGULAR 440 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE AMAZONAS 441 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 442 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 443 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 444 GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE MORDAZA 1,450 39 20 8 98 8 Costo S/. 362,500 9,750 5,000 2,000 24,500 2,000

Nº de Costo Nº de docentes S/. docentes 525 1 3 1 61 131,250 250 750 250 15,250 771 32 12 6 28 7

609,400 14,800 7,550 3,150 43,950 3,050

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