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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de enero de 2012 459823 Designan Funcionarios Responsables de Entregar la Información de Acceso Público y de la Elaboración y Actualización del Portal de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 003-2012-A-MDC Cieneguilla, 13 de enero de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, la referida Ley tiene como fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el Numeral 5 del Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, cuyo cumplimiento corresponde a todas las entidades del Sector Público; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 072- 2003-PCM, se aprobó el Reglamento de la referida Ley; Que, la última parte del Artículo 3º de la Ley Nº 27806, concordante con el Artículo 3º del respectivo Reglamento, dispone la obligación de la máxima autoridad de la Entidad de designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, así como, del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 078-2011- A-MDC de fecha 26 de febrero del 2011 se designó como Funcionaria Responsable de Entregar la Información de Acceso Público de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla a la Abog. Jeannett Del Pilar Bertran Contreras, en su condición de Secretaria General, y como Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal, al Sr. Daniel Alfredo Hernandez Terreros, en su condición de Sub Gerente de Logística e Informática de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Que, asimismo, mediante Resolución de Alcaldía Nº 265-2011-A-MDC de fecha 30 de diciembre de 2011 se designó al Ing. Anibal José Roman Crespo, en el cargo de Sub Gerente de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. En uso de las atribuciones conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 078-2011-A-MDC de fecha 26 de febrero de 2011. Artículo 2º.- DESIGNAR como Funcionaria Responsable de Entregar la Información de Acceso Público de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a la Abog. JEANNETT DEL PILAR BERTRAN CONTRERAS, en su condición de Secretaria General, quien atenderá las solicitudes de información de los administrados, con las excepciones previstas en el Artículo 16 y 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003 – PCM. Artículo 3º.- DESIGNAR como Funcionario Responsable de la Elaboración y Actualización del Portal de la Municipalidad Distrital De Cieneguilla, al Ing. ANIBAL JOSE ROMAN CRESPO, en su condición de Sub Gerente de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 5º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM - Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 744665-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Aprueban fechas de vencimiento para pago de arbitrios e impuesto predial y establecen incentivos por pronto pago del Ejercicio 2012 ORDENANZA Nº 142-2012/MLV La Victoria, 20 de enero de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA VISTOS; en sesión ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 002-2012-CPRDE-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo Económico y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía antes indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades son ejercidas por los Concejos Municipales a través de la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el artículo 200º numeral 4) de la Constitución Política del Perú, que otorga el rango de ley a las Ordenanza Municipales; Que, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado – TUO – del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley; Que, en mérito a las normas legales expuestas la Municipalidad de La Victoria emitió la Ordenanza Nº 140-2011/MLV que aprobó el régimen tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012, la misma que fue ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 1604 siendo publicados ambos dispositivos en el diario ofi cial El Peruano, con fecha 31 de diciembre del 2011; Que, la citada Ordenanza señala en su artículo 6º que la periodicidad de la tasa de arbitrios es mensual y su recaudación se realizará en forma trimestral hasta el último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre; Que, al respecto debemos señalar que la Norma XII del TUO del Código Tributario antes indicado, establece que para efecto de los plazos consignados en las normas tributarias deberá considerarse que los plazos expresados en días se entenderán como días hábiles. Es en atención a esta disposición que la Gerencia de Rentas mediante Informe de vistos considera necesario publicar el calendario de vencimientos correspondiente; Que, el artículo 15º del TUO de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-