Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2012 (25/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 62

459824

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 25 de enero de 2012

EF establece que, el Impuesto Predial podra cancelarse ya sea al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendo pagar este ultimo caso la primera cuota el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dias habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, en virtud de las normas legales glosadas y de las facultades que ostenta la administracion municipal en esta materia, la Gerencia de Rentas manifiesta que resulta oportuno incentivar el cumplimiento puntual del pago de tributos por parte de los contribuyentes, efectuando descuentos por pagos anuales o trimestrales adelantados de Arbitrios e Impuesto Predial, proponiendo a su vez que se establezcan las fechas de vencimiento de los mencionados tributos para el ejercicio 2012; Que, en atencion a las normas legales glosadas y las facultades otorgadas a las municipalidades en materia tributaria, se observa que se encuentra dentro de las competencias del corporativo el otorgamiento de incentivos a los contribuyentes, a fin de coadyuvar a promover el cumplimiento puntual de las obligaciones tributarias y por ende obtener una mayor recaudacion que permita financiar los servicios publicos locales que brinda la Municipalidad; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 40º y 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ y , contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 021-2012-GAJMDLV y de la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 005-2012-GR-MDLV, el Concejo Municipal, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DE ARBITRIOS E IMPUESTO PREDIAL Y ESTABLECE INCENTIVOS POR PRONTO PAGO DEL EJERCICIO 2012 Articulo 1º.- Objeto y finalidad Aprobar las fechas de vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales e Impuesto Predial del ejercicio 2012 y establecer los incentivos por el "Pronto Pago" de dichos tributos en el presente ano. Articulo 2º.- De las fechas de vencimiento Fijense las fechas de vencimiento para el pago de Arbitrios e Impuesto Predial del ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente cronograma: 2.1. Impuesto Predial Anual : 29 de febrero del 2012

los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales, hasta el 29 de febrero del 2012. 3.2 Por pago adelantado trimestral del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales: a) 5% de descuento sobre la determinacion trimestral de Arbitrios Municipales 2012, a condicion que dicho trimestre de Arbitrios Municipales sujeto al beneficio, se cancele MORDAZA o dentro del vencimiento trimestral respectivo conjuntamente con el Impuesto Predial. Los incentivos se grafican en el siguiente esquema:
Por el Pago Adelantado Anual Hasta el 31.01.2012 Hasta el 29.02.2012 IP ARB. Por el Pago Puntual Trimestral IP + ARB. 5% ARB

IP + ARB. IP + ARB.

Concepto de 12% ARB. 10% ARB. 8% ARB 6% ARB Descuento

Articulo 4º.- Precisiones respecto a la situacion que genera el beneficio: Los incentivos establecidos en la presente Ordenanza son aplicables solo al insoluto de los Arbitrios Municipales y segun las fechas de vencimiento respectivas. En todas las modalidades de descuento por pronto pago de Arbitrios Municipales, detalladas en el articulo 3º el beneficio se aplicara por anexo cancelado. En el caso de los pensionistas que se encuentren gozando de la deduccion de 50 UIT de la base imponible del Impuesto Predial establecida en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, podran acogerse al descuento senalado en el articulo 3º numeral 1 literal a), previo pago de los derechos de emision respectivos. Asimismo, se establece como condicion que para poder acceder a los beneficios de descuento senalados en los literales a) y b) del numeral 3.1 de la presente Ordenanza, es necesario que los contribuyentes de la Municipalidad no tengan deuda alguna respecto a anos anteriores. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Gerencia de Rentas y a la Gerencia de Administracion Documentaria e Informatica, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Segunda.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar las fechas de vencimiento establecidas en el articulo 2º, en caso que la gestion operativa de la recaudacion de los tributos indicados, asi lo amerite. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 745254-1

2.2. Arbitrios e Impuesto Predial trimestral · Enero, febrero y marzo : · MORDAZA, MORDAZA y junio : · MORDAZA, agosto y septiembre : · Octubre, noviembre y diciembre : 29 de febrero del 2012 31 de MORDAZA del 2012 31 de agosto del 2012 30 de noviembre del 2012

Articulo 3º.- Regimen de Incentivos: Los contribuyentes podran acceder voluntariamente a los incentivos por Pronto Pago que regula la presente Ordenanza, aplicandose el descuento al insoluto del monto de los Arbitrios Municipales bajo las siguientes modalidades: 3.1 Por pago adelantado del Impuesto Predial Anual y Arbitrios Municipales: a) 12% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2012, a condicion que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial Anual, hasta el 31 de enero del 2012. b) 10% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2012, a condicion que se cancelen los cuatro (4) trimestres de Arbitrios Municipales y el Impuesto Predial Anual, hasta el 29 de febrero del 2012. c) 8% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2012, a condicion de que se cancele el Impuesto Predial Anual, hasta el 29 de febrero del 2012. d) 6% de descuento sobre la determinacion anual de Arbitrios Municipales 2012, a condicion de que se cancelen

Fijan tope en el incremento de Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2012
ORDENANZA Nº 143-2012/MLV La MORDAZA, 20 de enero de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTOS; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 001-2012-CPRDE-CPPPAL/MDLV, emitido por las Comisiones Permanentes de Rentas y Desarrollo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.